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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (08/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

El Peruano Domingo 8 de junio de 2014 524904 el Concejo Municipal, para conforme a sus facultades, apruebe la ordenanza propuesta; Que, con Memorándums Nros. 132, 139 y 286-2014- GM-MSS de fechas 25.02.2014, 26.02.2014 y 29.04.2014 respectivamente, la Gerencia Municipal señala encontrar conforme el proyecto de Ordenanza presentado; Que, en sesión conjunta de las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Asuntos Jurídicos de fecha 15.05.2014, se consideró lo siguiente: i. La Urbanización Club Golf Los Incas del Distrito de Santiago de Surco, presenta défi cit del servicio de abastecimiento de agua, conforme se advierte de lo expuesto por la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado en la Carta Nº 589-2011.GG del 30.03.2011 de SEDAPAL, Carta Nº 0596-2012-GG de fecha 02.04.2012 de SEDAPAL, Carta Nº 1211-2012.GG de fecha 21.07.2011 de SEDAPAL y Carta Nº 1290-2012-GG de fecha 01.08.2012 de SEDAPAL; así como de la información brindada en las reuniones sostenidas por los directivos de SEDAPAL con funcionarios de esta Institución Edil, en los meses de Septiembre y Octubre del 2013, donde se ratifi có lo expresado en las mencionadas Cartas, respecto a que aún subiste la problemática de defi ciencia del servicio de agua potable y alcantarillado en las zonas señaladas, y que el “Proyecto de Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema Los Álamos de Monterrico - Sectores 296-297 del distrito de Santiago de Surco” (código SNIP 163302), se encontraba aún en proceso. Así mismo, a fi n de proseguir con las coordinaciones necesarias, la Gerencia de Desarrollo Urbano a través del Ofi cio Nº 076- 2014-GDU-MSS de fecha 13.05.2014, solicitó a SEDAPAL comunique el estado situacional de los estudios y la ejecución de las obras de ampliación y mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado, defi nidos para los Sectores 296 y 297 del distrito de Santiago de Surco; ii. La suspensión de la recepción de solicitudes de aprobación de anteproyecto en consulta, de proyectos de Licencias de Edifi cación en las modalidades B, C y D, y de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, en la Urbanización Club Golf Los Incas del Distrito de Santiago de Surco, que se propone a través de la Ordenanza submateria, incluirá su inaplicabilidad para viviendas bifamiliares, y regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y hasta el 31 de Diciembre del 2014; iii. De acuerdo a la Ordenanza Nº 341-MML de fecha 06 de Diciembre del 2001, que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano, considera el cruce de las avenidas Javier Prado con la Av. Club Golf Los Incas (Ovalo Monitor), como una intersección a diferente nivel y/o sujetas a Estudios Especiales, el cual se encuentra dentro del ámbito de intervención de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Así mismo, la citada Ordenanza indica en su Artículo Sétimo que la “Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, mantenimiento, rehabilitación, remodelación, señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las Vías Expresas, Arteriales y Colectoras del Sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las vías del Cercado de Lima”. En consecuencia, es la Municipalidad Metropolitana de Lima, el órgano Municipal competente de realizar las obras de infraestructura vial en el Ovalo Monitor; iv. Asimismo, de conformidad con lo señalado por el Gerente de Tránsito y Seguridad Vial, se consideró necesario que la Municipalidad Metropolitana de Lima, de inicio a la brevedad posible, a los proyectos de vialidad que son parte de su cartera, a fi n de aliviar la congestión vehicular que se da en las zonas comprometidas, y dar así una solución integral a dicha problemática (Informe Nº 023-2014-GTSV-MSS de fecha 15.05.2014 de la Gerencia de Tránsito y Seguridad Vial); Que del mismo modo, acorde a lo tratado en sesión conjunta de las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Asuntos Jurídicos de fecha 20.05.2014, la Gerencia de Desarrollo Urbano a través del Informe Nº 144-2014- GDU-MSS de fecha 20.05.2014, haciendo suyo el Informe Nº 147-2014-SGLECU-GDU-MSS de fecha 20.05.2014 de la Subgerencia de Licencias de Edifi cación y Control Urbano, señala que, ante las constantes quejas de los vecinos respecto al alto tráfi co generado por las nuevas edifi caciones y por el agravante problema respecto a los suministros de agua y desagüe, y después de las coordinaciones con las demás áreas municipales, es menester indicar que es necesaria la emisión de la Ordenanza que suspenda la recepción de solicitudes de aprobación de Anteproyectos en Consulta y Licencia de Edifi cación en las Modalidades B, C y D en los sectores I, II, III y Sector IV (ZRE-C), precisando que dentro de la suspensión, se recepcionarán expedientes y se emitirán Licencias de obra nueva, ampliaciones, remodelaciones y demoliciones para Viviendas Unifamiliares, y también remodelaciones y ampliaciones que constituyan obras menores; Estando al Dictamen Nº 01-2014-CDU-CAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Urbano y Asuntos Jurídicos, los Informes Nros. 136, 146, 323-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades establecidas en los Artículos 9º numeral 8) y 29), 39º, 40º y 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, los regidores presentes adoptaron por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE LA RECEPCION DE SOLICITUDES DE APROBACION DE ANTEPROYECTO EN CONSULTA, DE PROYECTOS DE LICENCIAS DE EDIFICACION EN LAS MODALIDADES B, C Y D, Y DE CERTIFICADOS DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS, EN LA URBANIZACION CLUB GOLF LOS INCAS DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- SUSPENDER la recepción de solicitudes de aprobación de Anteproyectos en Consulta, Proyectos de Licencias de Edifi cación en las modalidades B, C y D, así como de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, en la Urbanización Club Golf Los Incas, distrito de Santiago de Surco, conforme al Anexo 1 - Plano Nº 023-2014, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. La suspensión establecida en el párrafo precedente será desde la entrada en vigencia de la presente norma y hasta el 31 de diciembre del 2014; no siendo de aplicación esta Ordenanza para Viviendas Unifamiliares, Bifamiliares, ni para las remodelaciones y ampliaciones que constituyan obras menores, no afectando la presente disposición a los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER que la Administración Municipal a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, considere en la elaboración del Plan Urbano Distrital, las medidas necesarias a fi n de preservar la residencialidad de la zona, restringiendo la construcción de edifi caciones que incidan en el aumento de la densidad poblacional. Artículo Tercero.- DISPONER que la Administración Municipal, a través de la Gerencia de Tránsito y Seguridad Vial, haga de conocimiento a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la situación vial en la Urbanización Club Golf Los Incas y proponga la ejecución de los proyectos viales, a fi n de solucionar el congestionamiento vehicular en la zona, conforme a lo señalado en los Memorando Nº 34- 2014-GTSV-MSS de fecha 27.01.2014, Memorando Nº 186-2014-GTSV-MSS de fecha 22.04.2014 e Informe Nº 023-2014-GTSV-MSS de fecha 15.05.2014 de la Gerencia de Tránsito y Seguridad Vial. Artículo Cuarto.- COMUNICAR la presente Ordenanza al Servicio de Agua Potable y Alcantarillado – SEDAPAL, para los fi nes del caso. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el portal del Estado Peruano, en el portal Institucional www.munisurco.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde