Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2014 (11/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Hidrandina S.A. contra la Resolucion OSINERGMIN N° 067-2014-OS/CD, por las razones senaladas en el numeral 2.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Para tal efecto, solamente deben ser reconocidos los costos que cumplan los siguientes requisitos: - Sirvan para atender situaciones de restriccion temporal declaradas por el Ministerio de Energia y Minas MORDAZA del 31/12/2013. - No son compensables las prorrogas o nuevas situaciones de restriccion temporal, declaradas por el Ministerio de Energia y Minas luego del 31/12/2013. - Los costos deben estar referidos a Contratos suscritos MORDAZA del 31/12/2013. - No son compensables las prorrogas a contratos preexistentes o nuevos contratos luego del 31/12/2013. - Solamente se podran compensar contratos suscritos despues del 31/12/2013, siempre que coadyuven directamente con los contratos que si fueron suscritos MORDAZA del 31/12/2013 y cuyo objetivo se encuentre referido directamente a la ejecucion y cumplimiento de los contratos que si fueron suscritos durante la vigencia del decreto de urgencia. - La evaluacion de los requisitos MORDAZA mencionados, debera ser realizada de conformidad con las reglas de revision posterior contenidas en la MORDAZA "Compensacion por Generacion Adicional", aprobada por Resolucion OSINERGMIN N° 228-2012-OS/CD. Articulo 2°.- Las modificaciones en la Resolucion OSINERGMIN N° 067-2014-OS/CD, como consecuencia de lo dispuesto en el Articulo 1° de la presente Resolucion, seran consignadas en resolucion complementaria. Articulo 3°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada junto con el Informe Legal N° 292-2014-GART de la Asesoria Legal y el Memorando N° 0455-2014-GART de la Division de Generacion y Transmision de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA MORDAZA TAMAYO Vicepresidente del Consejo Directivo Encargado de la Presidencia 1094889-3

El Peruano Miercoles 11 de junio de 2014

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban Normas Tecnicas Peruanas referidas a cuero, pieles de ovino y otros
RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 43-2014/CNB-INDECOPI MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado

mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizacion Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion 0482008/CNB-INDECOPI; Que, el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas vigente, establece en su articulo 15 que las Normas Tecnicas Peruanas seran revisadas periodicamente para lograr su actualizacion; Que, de conformidad con la reglamentacion anterior, acorde con la vigente, la Comision ha venido ejecutando el Plan de Revision y Actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas, aprobadas durante la gestion del INDECOPI, con el objeto de poner a disposicion de los usuarios normas tecnicas confiables que satisfagan sus expectativas; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion: a) Cuero, calzado y derivados y b) Gestion y aseguramiento de la calidad, c)Tubos, valvulas y accesorios de material plastico para el transporte de fluidos, d) Codificacion e intercambio electronico de datos, e) Mejores practicas logisticas, f) Conductores electricos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, continuando con el Plan de Actualizacion, la Comision recibio en el presente ano la opinion favorable de los Comites Tecnicos de Normalizacion: mencionados para mantener vigente un grupo de 28 Normas Tecnicas Peruanas; Que, recibida la opinion de dichos Comites, la Comision aprobo que las referidas Normas Tecnicas Peruanas aprobadas durante la gestion del INDECOPI, conservasen su vigencia con el texto resultante de la revision efectuada en el presente ano; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros. RESUELVE Primero.- APROBAR las siguientes Normas Tecnicas Peruanas en su version 2014:
NTP-ISO 15703:2009 (revisado el 2014) CUERO. Ensayos de solidez del color. Solidez del color al MORDAZA suave. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP-ISO 15703:2009 CUERO. Clasificacion de pieles bovino en wet blue. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 241.037:2009 CUERO. Ensayos fisicos y mecanicos. Determinacion de la temperatura de contraccion hasta 100 ºC. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP-ISO 3380:2009 PIELES DE OVINO. Descripcion de defectos. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP-ISO 4683-1:2009 CUERO. Ensayos de solidez del color. Solidez del color a la gota de agua. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP-ISO 15700:2009

NTP 241.037:2009 (revisado el 2014)

NTP-ISO 3380:2009 (revisado el 2014)

NTP-ISO 4683-1:2009 (revisado el 2014)

NTP-ISO 15700:2009 (revisado el 2014)

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