Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2014 (19/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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124184200, al Subteniente EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 46108518 y CIP Nº 123651200 y al Suboficial de Tercera EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 71956698 y CIP Nº 330027700, para que participen en el Curso de Fuerzas Especiales, en la Escuela de Fuerzas Especiales del Ejercito Nacional de Colombia, en la MORDAZA de Barracon, Departamento de Guaviare, Republica de Colombia, del 23 de junio al 16 de diciembre de 2014, asi como autorizar su salida del MORDAZA el 22 de junio y su retorno el 17 de diciembre de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del AF- 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aereos: Lima­Barracon ­ Guaviare (Republica de Colombia) ­ MORDAZA (Clase economica) US $. 1,160.00 x 03 personas US $. 3,480.00

El Peruano Jueves 19 de junio de 2014

RESOLUCION SUPREMA Nº 275-2014-DE/EP MORDAZA, 18 de junio de 2014 VISTO: El Oficio Nº 888/DIEDOC/C-5.b, del 07 de MORDAZA de 2014, del Director de Educacion y Doctrina del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 013/AMC del 17 de enero de 2014, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en la Republica de Colombia comunico al Director de Relaciones Internacionales del Ejercito, la disponibilidad de cursos y vacantes disponibles que otorga el Ejercito Nacional de Colombia para el Ejercito del Peru, para el ano 2014; Que, con el documento del visto, el Director de Educacion y Doctrina del Ejercito comunica que, el General de Ejercito Comandante General del Ejercito aprobo la designacion de la Cadete I Ano EP Estefany MORDAZA MORDAZA de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel MORDAZA Bolognesi", para que participe en el Curso de Formacion de Oficiales en la Escuela Militar "Jose MORDAZA Cordova" en la MORDAZA de Bogota - Republica de Colombia, del 03 de MORDAZA de 2014 al 30 de junio de 2018; Que, es conveniente para los intereses de la institucion autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios de la Cadete I Ano EP Estefany MORDAZA MORDAZA de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel MORDAZA Bolognesi", para que participe en el mencionado curso; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio del Ejercito del Peru y permitira contar con personal altamente capacitado; Que, teniendo en cuenta que la duracion de la Mision de Estudios MORDAZA mas de un ejercicio presupuestal, que incluye los anos academicos 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 03 de MORDAZA al 31 de diciembre de 2014, se efectuaran con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2014, y los pagos correspondientes a los anos posteriores se realizaran con cargo al Presupuesto del Sector Publico de los anos fiscales respectivos; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional del ano fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, de conformidad con el articulo 26º de la Ley Nº 28359 ­ Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23º de la respectiva MORDAZA, mas el tiempo compensatorio senalado en el citado articulo 26º; y conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 7782008-DE/SG de 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los organos competentes, organismos publicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 2,400.00/30 x 8 dias x 02 personas (23 Jun ­ 30 Jun 2014) US $ 2,400.00 x 05 meses x 02 personas (01 Jul ­ 30 Nov 2014) US $ 2,400.00/31 x 16 dias x 02 personas (01 Dic ­ 16 Dic 2014) US $ 2,200.00/30 x 8 dias x 01 persona (23 Jun ­ 30 Jun 2014) US $ 2,200.00 x 05 meses x 01 persona (01 Jul ­ 30 Nov 2014) US $ 2,200.00/31 x 16 dias x 01 persona (01 Dic ­ 16 Dic 2014) US $ US $ US $ US $ US $ US $ 1,280.00 24,000.00 2,477.41 586.66 11,000.00 1,135.48 43,959.55

Total a pagar: US $.

Articulo 3°.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se MORDAZA por los dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 5º.- El personal militar designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- El personal militar revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, durante el periodo de tiempo que dure la mision de estudios. Articulo 7º.- El personal militar esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad y retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 8º.- La presente autorizacion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 9º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1099115-3

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