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El Peruano Jueves 19 de junio de 2014 525649 Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014; Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/ DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la Cadete I Año EP Estefany PITA TUNJAR, identifi cada con DNI Nº 71073011 y CIP Nº 400763500, de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”, para que participe en el Curso de Formación de Ofi ciales en la Escuela Militar “José María Córdova” en la ciudad de Bogotá - República de Colombia, del 03 de julio de 2014 al 30 de junio de 2018. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del AF- 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima–Bogotá(República de Colombia) (Clase económica) US $. 1,400.00 x 01 persona US $. 1,400.00 Gastos de Traslado - Ida US $.500.00 x 1 persona US $. 500.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 500.00/31 x 29 días x 01 persona (03 Jul – 31 Jul 2014) US $ 467.74 US $.500.00 x 05 meses x 01 persona (01 Ago -31 Dic 2014) US $. 2,500.00 Total a pagar: US $. 4,867.74 Artículo3°.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por los días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de la participante. Artículo 5º.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- El personal militar revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la misión de estudios. Artículo 7º.- El personal militar está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad y retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1099115-5 Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 274-2014-DE/MGP Lima, 18 de junio de 2014 Visto, el Ofi cio P.200-1166 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 16 de mayo de 2014; CONSIDERANDO: Que, desde el año 2007, la Marina de Guerra del Perú, ha venido participando en el Ejercicio Multinacional Partnership of the Americas - Sociedad de las Américas, que constituye un evento anfi bio con participación de la Fuerza de Infantería de Marina Sur de los Estados Unidos de América (MARFORSOUTH) y las Fuerzas de Infantería de Marina de Brasil, Canadá, Chile, Colombia, México, Paraguay y Perú; éste ejercicio es altamente favorable, permite elevar el nivel de entrenamiento, capacidades operativas y trabajo en equipo; Que, mediante Memorándum de Entendimiento, suscrito por representantes de la Fuerza de Infantería de Marina Sur de los Estados Unidos de América (MARFORSOUTH) y la Marina de Chile, se comunica la realización de la Conferencia Final de Planeamiento (FPC) del Partnership of the Americas 2014, a realizarse en la ciudad de Viña del Mar, República de Chile, del 23 al 26 de junio de 2014; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación y autorización de viaje de DOS (2) Oficiales Superiores, para que participen en la mencionada conferencia; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Ricardo Eugenio LLANOS Vidal y del Capitán de Corbeta Orlando Jesús ECHEVARRIA Hurtado, para que participen en la Conferencia Final de Planeamiento (FPC) del Partnership of the Americas 2014, a realizarse en la ciudad de Viña del Mar, República de Chile, del 23 al 26 de junio de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de