Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2014 (19/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Jueves 19 de junio de 2014

525655
Ley de Concesiones Electricas, con la finalidad de efectuar un analisis debidamente fundamentado para definir las Horas de Regulacion y la Probabilidad de Excedencia Mensual para el periodo de 4 anos, comprendido desde el 01 de MORDAZA de 2014 hasta el 30 de MORDAZA de 2018; Que, en el Anexo de la Ley de Concesiones Electricas se define la Energia Firme como la MORDAZA produccion esperada de energia electrica, determinada para una Probabilidad de Excedencia de 95% para las unidades de generacion hidroelectrica y de indisponibilidad, programada y fortuita, para las unidades de generacion termica; Que, sobre la base del Estudio para la Fijacion de las Horas de Regulacion y la Probabilidad de Excedencia Mensual para Efectos de Evaluacion de la Potencia Firme Hidraulica, realizado por la Direccion General de Electricidad, se ha determinado las Horas de Regulacion y la Probabilidad de Excedencia Mensual conforme a lo dispuesto por el citado Articulo 110° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, para su aplicacion en el periodo de 4 anos comprendido desde el 01 de MORDAZA de 2014 hasta el 30 de MORDAZA de 2018; Que, la Probabilidad de Excedencia Mensual determinada mediante el mencionado estudio, corrobora el valor de 95% establecido en el citado anexo de la Ley de Concesiones Electricas, el cual conjuntamente con las Horas de Regulacion determinada en 7 horas, mediante el mismo estudio, corresponden al mejor escenario de garantia de suministro para el Sistema Electrico Interconectado Nacional; Estando a las facultades establecidas en el inciso h) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Fijanse las Horas de Regulacion y la Probabilidad de Excedencia Mensual de las centrales hidraulicas a que se refiere el inciso d) del Articulo 110° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, de acuerdo a la siguiente tabla: Horas de Regulacion y Probabilidad de Excedencia Mensual Periodo 01 de MORDAZA de 2014 ­ 30 de MORDAZA de 2018
Sistema Sistema Electrico Interconectado Nacional Horas de Regulacion Probabilidad de Excedencia Mensual 95%

25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, por excepcion, el viaje al exterior del senor MORDAZA Wilder MORDAZA MORDAZA, Director General de la Oficina General de Gestion Social del Ministerio de Energia y Minas, a la MORDAZA de Mexico, Estados Unidos Mexicanos, del 29 de junio al 03 de MORDAZA de 2014, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Energia y Minas - MEM, de acuerdo al siguiente detalle: Concepto Pasajes aereos + FEE + TUA Viaticos (US$ 315.00 x 04 dias) Total : : : US$ 2, 020.00 US$ 1, 260.00 US$ 3, 280.00

Articulo 3°.- Disponer que dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, el profesional cuyo viaje se autoriza mediante el articulo precedente, debera presentar un informe detallado al Titular de la Entidad describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el evento. Articulo 4°.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1099116-2

7 Horas

Fijan Horas de Regulacion y Probabilidad de Excedencia Mensual de centrales hidraulicas del Sistema Electrico Interconectado Nacional, para el periodo MORDAZA de 2014 - MORDAZA de 2018
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 274-2014-MEM/DM MORDAZA, 13 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el literal d) del Articulo 110º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM dispone que cada 4 anos, o a la union de dos o mas sistemas electricos, el Ministerio fijara las Horas de Regulacion y la Probabilidad de Excedencia Mensual para efectos de la evaluacion de la Potencia Firme de las centrales hidroelectricas; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 259-2013MEM/DM publicada el 8 de MORDAZA de 2013, se fijo para el periodo de un ano, de MORDAZA 2013 a MORDAZA 2014 las Horas de Regulacion en 7 horas y la Probabilidad de Excedencia Mensual en 95% para las centrales hidraulicas a que se refiere el inciso d) del Articulo 110° del Reglamento de la

Articulo 2°.- La presente Resolucion Ministerial, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1098351-1

INTERIOR
Prorrogan intervencion de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policia Nacional del Peru en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 106-2014-IN MORDAZA, 18 de junio de 2014 VISTO, el Oficio N° 915-2014-IN-DM de fecha 13 de junio de 2014;

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