Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2014 (19/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Jueves 19 de junio de 2014

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d) Los recursos hidrobiologicos extraidos en el MORDAZA de la Prospeccion Pesquera, podran ser procesados en las plantas de procesamiento que cuenten con licencia de operacion vigente y cuyos titulares hayan suscrito con el Ministerio de la Produccion, el Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de Obligaciones a que se refiere la Primera Disposicion Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084 aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE. e) El presupuesto total que demande la Prospeccion Pesquera sera cubierto por los titulares de permisos de pesca de las embarcaciones seleccionadas para su ejecucion. f) Otras obligaciones previstas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE, la Resolucion Ministerial N° 109-2014-PRODUCE y demas disposiciones legales vigentes. Articulo 5.- Las embarcaciones pesqueras seleccionadas para participar en la Prospeccion Pesquera, cuyos armadores incumplan las obligaciones previstas en la presente Resolucion Ministerial, seran excluidas inmediatamente de esta actividad asi como de posteriores actividades cientificas durante el periodo de un (1) ano. Para tal efecto, el IMARPE informara a la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto, el nombre de la embarcacion pesquera y del titular del permiso de pesca. Articulo 6.- El IMARPE presentara a la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero del Ministerio de la Produccion, el informe final con los resultados obtenidos en la ejecucion de la actividad de investigacion pesquera. Articulo 7.- El seguimiento, control y vigilancia se efectuara sobre la base de los reportes que emite el Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT), sin perjuicio de las labores que realicen los inspectores de la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de la Produccion. Articulo 8.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial sera sancionado conforme a lo establecido en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas (RISPAC), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2011-PRODUCE, y demas normativa pesquera aplicable. Articulo 9.- Las Direcciones Generales de Politicas y Desarrollo Pesquero, de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto, de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de la Produccion, asi como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas de la MORDAZA de MORDAZA del Peru del Ministerio de Defensa, dentro del ambito de sus respectivas competencias, realizaran las acciones de difusion que correspondan y velaran por el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1099112-1 RECTIFICACION RESOLUCION MINISTERIAL N° 210-2014-PRODUCE En la sumilla correspondiente a la Resolucion Ministerial N° 210-2014-PRODUCE, publicada en la edicion del dia 18 de junio de 2014, en la pagina 525561, debe corregirse la redaccion de la misma en los terminos siguientes: Establecen Limite MORDAZA Total de Captura Permisible de la MORDAZA Sur del recurso Anchoveta y Anchoveta MORDAZA para consumo humano indirecto, correspondiente a la Primera Temporada de Pesca 2014 de la MORDAZA Sur 1099111-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viajes de funcionarios a Ecuador y Suiza, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0385/RE-2014 MORDAZA, 17 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, del 26 al 27 de junio de 2014, se realizara en la MORDAZA de MORDAZA, provincia de MORDAZA Chinchipe, Republica del Ecuador, la V Reunion del Comite de Frontera Cajamarca-Zamora Chinchipe; Que, los Comites de Frontera tienen por objeto impulsar la aplicacion de los acuerdos de regimen fronterizo peruano - ecuatoriano, asi como proponer procedimientos y soluciones agiles y oportunas a los problemas del MORDAZA de personas, bienes y medios de transporte por los pasos de frontera, puertos y aeropuertos habilitados, en un MORDAZA orientado a promover la cooperacion, integracion y el desarrollo de la region fronteriza; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) Nº 2914, del Despacho Viceministerial, de 28 de MORDAZA de 2014; y los Memoranda (DDF) N° DDF0339/2014, de la Direccion de Desarrollo e Integracion Fronteriza, de 16 de MORDAZA de 2014, y (OPR) Nº OPR0183/2014, de la Oficina de Programacion y Presupuesto, de 5 de junio de 2014, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, su Reglamento y modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, de los siguientes funcionarios a la MORDAZA de MORDAZA, provincia de MORDAZA Chinchipe, Republica del Ecuador, del 26 al 27 de junio de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, asi como autorizar su salida del MORDAZA el 25 de junio de 2014 y su retorno el 28 de junio de 2014:: - Ministra Consejera en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Pomar MORDAZA de Diamant, Subdirectora de Integracion Fronteriza, de la Direccion de Desarrollo e Integracion Fronteriza, de la Direccion General de America; - Ministro Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mascaro, Director Regional de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la MORDAZA de MORDAZA, departamento de Cajamarca; - Servidor Administrativo, nivel F-2, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionario de la Direccion de Desarrollo e Integracion Fronteriza, de la Direccion General de America; y, - Senor MORDAZA MORDAZA Briceno Ampuero, profesional en Temas Fronterizos, de la Direccion de Desarrollo e Integracion Fronteriza, de la Direccion General de America. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios seran cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0000917: Implementacion de los Planes de Desarrollo Fronterizo, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario, al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

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