Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2014 (03/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Lunes 3 de marzo de 2014

518001
Protegidas, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoria Juridica y de la Secretaria General; En uso de las facultades conferidas en el inciso b) del articulo 11° del Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva que regula la comercializacion de los derechos generados por proyectos de conservacion de los ecosistemas naturales presentes dentro de Areas Naturales Protegidas de administracion nacional, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en la pagina web institucional: www.sernanp. gob.pe Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe DIRECTIVA GENERAL N° 001-2014-SERNANP DIRECTIVA SOBRE LA COMERCIALIZACION DE LOS DERECHOS GENERADOS POR PROYECTOS DE CONSERVACION DE LOS ECOSISTEMAS NATURALES PRESENTES DENTRO DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS DE ADMINISTRACION NACIONAL Elaborado por: Jefatura, DDE, DGANP y OAJ MORDAZA I.- Objetivo y Finalidad La presente directiva tiene por objeto regular los procedimientos para la autorizacion, desarrollo e implementacion de proyectos que contribuyen a la conservacion de los ecosistemas naturales presentes dentro de areas naturales protegidas que generan servicios ecosistemicos, asi como de la comercializacion de los derechos que pudieran generarse de la implementacion de los proyectos mencionados en el MORDAZA de los Contratos de Administracion. Los contenidos de la presente Directiva responden a lo establecido en los articulos 1º, 2º y 17° de la Ley de Areas Naturales Protegidas y el articulo 2° de su Reglamento , con enfasis en el literal r), asi como de su capitulo IV, Subcapitulo I en materia de Contratos de Administracion. La finalidad de la presente Directiva es promover la inversion en la conservacion de los ecosistemas naturales presentes dentro de las Areas Naturales Protegidas de administracion nacional que generan servicios ecosistemicos susceptibles de ser retribuidos. La presente Directiva es una guia de accion que garantiza la implementacion de los proyectos establecidos en virtud de la misma, la cual debera irse adecuando en la medida que se desarrolle el MORDAZA regulatorio especifico. II.- Base Legal - Constitucion Politica del Peru. - Ley Organica del Aprovechamiento de los Recursos Naturales, Ley Nº 26821. - Ley de Areas Naturales Protegidas, Ley N° 26834. - Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611. - Decreto Legislativo Nº 1013, que crea el Ministerio del Ambiente y su modificatoria el Decreto Legislativo Nº 1039. - Decreto Legislativo Nº 1079, que establece medidas que garanticen el patrimonio de las Areas Naturales Protegidas. - Decreto Ley Nº 26154, que crea el Fondo Nacional para Areas Naturales Protegidas por el Estado. - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. - Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, que aprueba el Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas. - Decreto Supremo Nº 024-2003-AG, que aprueba el Reglamento del Decreto Ley Nº 26154.

SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
Aprueban Directiva sobre la comercializacion de los derechos generados por proyectos de conservacion de los ecosistemas naturales presentes dentro de areas naturales protegidas de administracion nacional
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 26-2014-SERNANP MORDAZA, 30 de enero de 2014 VISTO: El Informe Tecnico N° 003-2014-SERNANP-DDEOAJ de fecha 29 de enero de 2014, de la Direccion de Desarrollo Estrategico y la Oficina de Asesoria Juridica del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP; CONSIDERANDO: Que, las Areas Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorias y zonificaciones, para conservar la diversidad biologica y demas valores asociados de interes cultural, paisajistico y cientifico, asi como por su contribucion al desarrollo sostenible del MORDAZA, conforme lo establecido en el articulo 1° de la Ley N° 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas; Que, uno de los objetivos de las Areas Naturales Protegidas es asegurar la continuidad de los servicios ambientales que prestan, de acuerdo a lo previsto en el literal r) del articulo 2° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG; Que, por otro lado, en virtud al numeral 2 de la MORDAZA Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo N° 1013, se crea al Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, como ente rector del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE y se constituye en su autoridad tecnico-normativa; Que, asimismo la autoridad competente para administrar el patrimonio forestal, MORDAZA y fauna MORDAZA de las areas naturales protegidas y sus servicios ambientales es el Ministerio del Ambiente a traves del SERNANP, de acuerdo a lo normado en el articulo 2° del Decreto Legislativo N° 1079; Que, el Plan Director de las Areas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo N° 016-2009-MINAM, senala que las Areas Naturales Protegidas ofrecen muchas oportunidades para demostrar la importancia de la conservacion de la diversidad biologica y los servicios ambientales para el desarrollo sostenible, tanto por sus valores naturales como por las practicas asociadas a su gestion y el buen gobierno; Que, el Estado reconoce y promueve la participacion privada en la gestion de las Areas Naturales Protegidas, para ello entre otros, puede suscribir u otorgar Contratos de Administracion del area, segun lo previsto en el literal a) del articulo 17° de la Ley de Areas Naturales Protegidas; Que, en concordancia con ello, se encuentra regulado en el Capitulo IV, Subcapitulo I del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, el Contrato de Administracion como una de las modalidades de manejo y administracion de las Areas Naturales Protegidas; Que, en tal sentido, en el documento del visto se propone una Directiva para regular la comercializacion de los derechos generados por proyectos de conservacion de los ecosistemas naturales presentes dentro de Areas Naturales Protegidas de administracion nacional; Con la visacion de la Direccion de Desarrollo Estrategico, la Direccion de Gestion de las Areas Naturales

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