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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2014 (03/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Lunes 3 de marzo de 2014 518020 que deben cumplir las organizaciones de nivel regional y provincial que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto el Gobierno Regional; y fi nalmente el régimen de sesiones, las mismas que serán convocadas por el Presidente Regional para opinar sobre cualquier asunto o consulta que requiera el Gobierno Regional, siendo su naturaleza la concertación y la consulta; Que, mediante Ofi cio Nº 014-2014-GRA/OPDI la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial informa que estando a puertas de cumplirse el periodo de vigencia de los miembros de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional periodo 2012-2014 (fueron elegidos el 10 de marzo del año 2012, adjunto copia del Acta Electoral), es que remiten la propuesta de Reglamento para el Registro, Inscripción y Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional – CCR periodo 2014 – 2016 del Gobierno Regional de Arequipa, así como el Cronograma de Actividades del proceso, para su revisión y posterior aprobación; Que, en ese sentido, siendo que está por vencerse el periodo de vigencia de los miembros de la Sociedad Civil ante el CCR periodo 2012-2014, y con el fi n de garantizar el Presupuesto Participativo Anual, el Plan de Desarrollo Concertado y otros que le encargue o solicite el Consejo Regional, deviene en importante aprobar la propuesta de Reglamento, que regula los mecanismos y procedimientos a través de los cuales las organizaciones civiles designen a sus representantes ante el CCR; Que, por estas consideraciones, y al amparo de lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica de Gobierno Regionales, modifi cada por Ley Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y Nº 29053 y lo Dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, La Ordenanza Regional Nº 010 – Arequipa y la Ordenanza Regional Nº 154 – Arequipa; Se ha aprobado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL REGISTRO, INSCRIPCIÓN Y ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL 2014 – 2016 Y EL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROCESO Artículo 1º.- Del Reglamento APROBAR el Reglamento para el Registro, Inscripción y Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional (CCR) del Gobierno Regional de Arequipa, periodo 2014 – 2016, el mismo que consta de (V) Títulos, (36) artículos y (04) disposiciones fi nales; que como anexos forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Del Cronograma APROBAR el Cronograma para la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional, periodo 2014 – 2016, que como anexo forma parte integrante de la presente. Artículo 3º.- Vigencia Normativa La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Ofi cial “El Peruano” como en el Diario de Avisos Judiciales “La República”; en ese sentido, se encarga a la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Ofi cial, inmediatamente, ésta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. La tramitación de la publicación será a cargo de la Secretaría del Consejo Regional, mientras que el costo que ésta irrogue será cubierto por el Órgano Ejecutivo Regional. Disposición Derogatoria Única.- Deróguese toda disposición normativa regional que se oponga al presente reglamento Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los trece días del mes de febrero del 2014. YAMILA OSORIO DELGADO Presidenta del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veinticuatro días del mes de febrero del dos mil catorce. JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 1055924-3 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Declaran procedente solicitud de recepción total de obras de habilitacion urbana de predios ubicados en la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 414-2013- MPC/GGDU Callao, 5 de diciembre de 2013 EL GERENTE GENERAL DE DESARROLLO URBANO VISTO, el Expediente de Registro N° 2012-11-A-11972 de fecha 20.02.2012, sus anexos y acumulados, mediante el cual la ASOCIACION PROVIVIENDA CESAR VALLEJO, señalando domicilio en Calle Gustavo Pons Musso Nº 159 Urb. Jorge Chávez II Etapa - Callao, representado por el Presidente de la Asociación, ANTONIO PEÑA SAAVEDRA, identifi cado con DNI N° 25484275, según poder inscrito en la Partida Electrónica N° 70000159 del registro de Personas Jurídicas de Lima y Callao, solicita la Recepción de Obras de Habilitación Urbana; y; CONSIDERANDO: Que, mediante expediente N° 2012-11-A-11972, la ASOCIACION PROVIVIENDA CESAR VALLEJO, solicita la Recepción de Obras de Habilitación Urbana del predio ubicado en la Av. Tomás Valle y Pacasmayo - Urbanización el Ex Fundo Bocanegra Alto, denominada II Etapa de la Urbanización Jorge Chávez – Callao, adjuntando la documentación técnica correspondiente refrendada por el profesional responsable Arquitecto CAP N° 2178 Mario Benjamín Vera Angulo; Que, mediante Resolución Directoral N° 384-79-/VC- 6462, el Ministerio de Vivienda y Construcción resolvió aprobar los proyectos referentes a trazado y lotización, pavimentación de calzadas y aceras y de instalaciones de los servicios de agua potable y desagüe correspondiente