Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2014 (05/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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MORDAZA IV; MORDAZA de Legalidad ­ Reserva de la Ley del TUO del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013 EF; Que, conforme lo establece la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal cumple con la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las cuales tienen como rango de ley de conformidad con lo dispuesto en el articulo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, de acuerdo a los incisos a) y b) del articulo 15º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004 EF, dispone que la fecha de vencimiento de pago anual y de la primera cuota del Impuesto Predial es el ultimo dia habil del mes de febrero del ejercicio de pago; Que, el articulo 29º del TUO del Codigo Tributario ­ Decreto Supremo Nº 133-2013 EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria, podra ser prorrogada con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, siendo politica de la Administracion Tributaria de la Municipalidad el otorgar facilidades a los vecinos del Distrito para que paguen de manera oportuna sus tributos, se hace necesario prorrogar el vencimiento de pago, para que cumplan con la cancelacion oportuna al contado o fraccionada de sus obligaciones tributarias vigentes (Impuesto Predial 2014); Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 394-CDLO ESTABLECE PRORROGA DEL PLAZO DE VENCIMIENTO DEL PAGO ANUAL ASI COMO DE PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL 2014 Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 DE MARZO DEL 2014 el vencimiento del pago anual asi como de la primera cuota del Impuesto Predial 2014, y la obligacion de la MORDAZA de declaracion jurada de auto avaluo del presente ejercicio fiscal. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FISCALIZACION el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SUB GERENCIA DE DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE SOFTWARE su debida implementacion en el Sistema de Informacion Municipal Integrado - SIMI, a SECRETARIA GENERAL su publicacion y a la GERENCIA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusion y comunicacion. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1056173-1

El Peruano Miercoles 5 de marzo de 2014

el pago del Impuesto Predial podra cancelarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, conforme al articulo 13º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias, las municipalidades estan facultadas para establecer un monto minimo a pagar por concepto de Impuesto Predial equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 01 de enero del ano que corresponde el impuesto; Que, el ultimo parrafo del articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, mediante la Ordenanza Nº 144-2013/MDP, se aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines para el ano 2014, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 2688 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, es necesario establecer el monto minimo y vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de la jurisdiccion del Distrito de Pucusana, para el Ejercicio 2014; Que, estando en lo precisado por los articulos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal con MORDAZA UNANIME, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO MINIMO Y VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2014 Articulo 1º.- Ampliase el plazo para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2014: de acuerdo al siguiente cronograma: 1. Pago al contado : 2. Pago Fraccionado Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota : : : : 28 de Febrero 31 de MORDAZA 29 de Agosto 29 de Noviembre 28 de Febrero

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Establecen monto minimo y vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2014
ORDENANZA Nº 151-2014/MDP Pucusana, 11 de febrero del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA: POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 11 de febrero del 2014; el Proyecto de Ordenanza, presentado por la Oficina de Administracion Tributaria; sobre establecer el monto minimo y vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2014. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto con el Articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo 156-2004-EF,

Estas cuotas seran reajustadas por la variacion acumulada del indice de precios al por mayor que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, por el periodo comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago. Articulo 2º.- Establecer como monto minimo del Impuesto Predial para el ano 2014 por cada contribuyente el 0.6% de la UIT, vigente al 1 de enero del 2014; de conformidad con el articulo 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Oficina de Administracion Tributaria, Oficina de Administracion, Secretaria General de Acuerdo a sus competencias y atribuciones. Segunda.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar las fechas de vencimiento establecidas en el articulo 1º. En caso que asi lo amerite. Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1057003-1

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