Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2014 (13/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Jueves 13 de marzo de 2014

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RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 073-2014-CE-PJ MORDAZA, 5 de marzo de 2014 VISTOS: Los O cios Nros. 277 y 171-2014-GG-PJ, cursados por el Gerente General del Poder Judicial; Informes Nros. 011 y 017-2014-SEP-GP-GG-PJ, elaborados por la Subgerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Plani cacion de la Gerencia General; y O cio N° 1652014-P-CSJCU-PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco. CONSIDERANDO: Primero. Que la Gerencia General del Poder Judicial remite propuesta de prorroga de funcionamiento de los Juzgados de Paz Letrados Transitorios con sede en las Comisarias de MORDAZA MORDAZA, Distrito Judicial del Callao; Huaycan y MORDAZA de la MORDAZA, Distrito Judicial de Lima; La Pascana, Distrito Judicial de MORDAZA Norte; MORDAZA MORDAZA del Triunfo, Distrito Judicial de MORDAZA Sur; asi como del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de Echarati, Provincia de La Convencion, Departamento y Distrito Judicial del Cusco. Segundo. Que mediante Resolucion Administrativa N° 301-2013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogo el funcionamiento de los mencionados organos jurisdiccionales hasta el 31 de enero del ano en curso. Tercero. Que, al respecto, del analisis de los informes estadisticos adjuntos se observa que si bien los referidos organos jurisdiccionales tienen nivel de ingreso y resolucion que se encuentra dentro del limite estandar de produccion de un Juzgado de Paz Letrado; la carga procesal que aun mantienen es apreciable, con excepcion del Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en Comisaria de Huaycan, Distrito de Ate, Lima. Cuarto. Que, en tal sentido, la Gerencia de Plani cacion de la Gerencia General del Poder Judicial mediante Informes Nros. 011 y 017-2014-SEP-GP-GG-PJ, elaborados por la Subgerencia de Estudios y Proyectos, concluye que es factible prorrogar el funcionamiento de los mencionados Juzgados de Paz Letrados. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 132-2014 de la MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar, en via de regularizacion, el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales, a partir del 1 de febrero de 2014. Hasta el 30 de MORDAZA de 2014: - Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaria de Huaycan, Distrito de Ate, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Lima. Hasta el 31 de MORDAZA de 2014: - Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaria de MORDAZA MORDAZA, Distrito, Provincia y Distrito Judicial del Callao. - Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaria de MORDAZA de la MORDAZA, Distrito de Ate, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Lima. - Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaria de La Pascana, Distrito de Comas, Provincia y Departamento de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA Norte. - Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaria de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, distrito del mismo nombre, Provincia y Departamento de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA Sur, y, - Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de Echarati, Provincia de La Convencion, Departamento y Distrito Judicial del Cusco.

Comisiones Distritales tienen como nalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a n de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos nes se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que por Resolucion Administrativa Nº 2452012-CE-PJ, del 5 de diciembre de 2012, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia; asimismo, por Resolucion Administrativa N° 062-2013-CE-PJ, de fecha 3 de MORDAZA de 2013, se aprobo los estandares de produccion de expedientes resueltos de organos jurisdiccionales que no son sedes principales de Cortes Superiores de Justicia, aplicandose dichos criterios a los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios que no son parte de la reforma del MORDAZA Codigo Procesal Penal y la Nueva Ley Procesal del Trabajo. De igual modo, se dispuso a las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA que los destaques, reubicaciones o encargo de funciones jurisdiccionales a labores administrativas no estan permitidos, salvo peticion sustentada dirigida a la Comision Nacional de Descarga Procesal, que se encargara de aprobar o desestimar el pedido. Tercero. Que este Organo de Gobierno, mediante Resolucion Administrativa N° 336-2013-CE-PJ, de fecha 27 de diciembre de 2013, dispuso la prorroga del funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales liquidadores laborales transitorios hasta el 28 de febrero de 2014. Asimismo, establecio que las Comisiones Distritales de Descarga Procesal cumplan con monitorear el funcionamiento de la produccion de los organos jurisdiccionales laborales transitorios, informando a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para efectos de determinar la continuidad, conversion y/o reubicacion de los mismos. Cuarto. Que mediante O cio N° 1129-2014-P-CSJCL/ PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao remitio el Informe N° 02-2014-CDDP-P-CSJCL/PJ, elaborado por la Comision Distrital de Descarga Procesal, que propone la modi cacion de competencia del Juzgado de Paz Letrado Transitorio Laboral del Callao a Juzgado de Paz Letrado Transitorio Mixto del mismo distrito, a n de coadyuvar en las labores de descarga procesal de los Juzgados de Paz Letrado permanentes. No obstante, evaluado el informe emitido por la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal, corresponde prorrogar su funcionamiento. Quinto. Que el articulo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, establece que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir organos jurisdiccionales y modi car sus ambitos de competencia territorial; asi como, la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e ciencia. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 130-2014 de la MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo del ano en curso el funcionamiento del Juzgado de Paz Letrado Transitorio Laboral del Callao, Distrito Judicial del mismo nombre. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, O cina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, Comision Nacional de Descarga Procesal, Presidentes del Equipo Tecnico de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y nes pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1060855-3

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