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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2014 (18/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Martes 18 de marzo de 2014 519089 • Título II Habilitaciones Urbanas, II.1 Tipos de Habilitaciones, Norma TH.010, en su Artículo 10º precisa que “…que las Municipalidades Provinciales podrán adecuar la distribución del presente cuadro en función de las demandas establecidas en su Plan de Desarrollo Urbano, manteniendo el porcentaje total correspondiente a cada tipo de habilitación urbana..(sic)”. • A la Zonifi cación asignada RDM le corresponde una Densidad R4 y según cuadro de aportes indicados en el artículo 10º de la acotada norma, en el presente caso le incumbe un área de aportes total del 13%. Que, mediante Informe Nº 599-2013-GDUYR/MPH la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural propone se apruebe un nuevo Cuadro de Porcentajes de Aportes Reglamentarios conforme a la normatividad vigente: RECREACION PUBLICA PARQUES ZONALES SERVICIOS PUBLICOS COMPLEMENTARIOS EDUCACION OTROS FINES 8 % --- 2 % 3 % Que, mediante Informe Legal Nº 1061-2013-OAJ/MPH, el Asesor legal efectúa su pronunciamiento favorable por cuanto lo solicitado es concordante con lo normado en el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 006-2011-VIVIENDA que aprueba el Reglamento Nacional de Edifi caciones. Por lo que es procedente modifi car la Ordenanza Provincial Nº 006- 2013 en el extremo correspondiente al Artículo Segundo, suprimiéndose el porcentaje concerniente al Parque Zonal que representa el 3% en exceso; Que, mediante Dictamen N°001-2014/CDUYR-O-MPH emitido por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Urbano Rural – Obras, opinan consensualmente favorable a lo solicitado, por cuanto existe sustentación técnica y legal, proponiendo se apruebe la modifi cación de la Ordenanza Nº 006-2013 en el extremo solicitado; Que, el Concejo Municipal ha evaluado la factibilidad de aprobar la solicitud formulada por Los Portales S.A, modifi cando la Ordenanza Municipal Nº 006-2013 en el extremo correspondiente al porcentaje total de los Aportes Reglamentarios; Estando al voto unánime del Pleno del Concejo y con las facultades conferidas por el Art. 9° Inc. 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, se aprueba la Ordenanza: MODIFICACION DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2013 Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el Artículo Segundo de la Ordenanza Municipal Nº 006-2013, suprimiéndose el porcentaje concerniente al Parque Zonal que representa el 3%, quedando como se detalla a continuación : Cuadro de Porcentajes de Aportes Reglamentarios: RECREACION PUBLICA PARQUES ZONALES SERVICIOS PUBLICOS COMPLEMENTARIOS EDUCACION OTROS FINES 8 % --- 2 % 3 % Artículo Segundo.- La publicación de la presente norma municipal, se efectuará de acuerdo a lo establecido en el artículo 44° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y en el Portal Electrónico de la Municipalidad Provincial de Huaura - www.munihuacho.gob.pe Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. SANTIAGO CANO LA ROSA Alcalde Provincial 1062514-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SAN MIGUEL CAJAMARCA Autorizan viaje de Alcalde para asistir a evento internacional, a realizarse en España ACUERDO DE CONCEJO N° 015-2014/CPSM Dado en el Palacio Municipal el de San Miguel el 11 de febrero del 2014. EL CONCEJO PROVINCIAL DE SAN MIGUEL; VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 11 de Febrero del 2014, la Carta de la Organización No Gubernamental Anna Lindh, invitando a participar en evento internacional; CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Director Ejecutivo de la ONG Anna Lindh, mediante carta recibida el 10 de Febrero del 2014, invita al Señor Alcalde a participar en la “II Pasantía de Intercambio Internacional de Experiencias Regionales, Municipales y Empresariales Perú – España”, la misma que se desarrollará del 24 al 29 de Marzo del 2014 en la Ciudad de Madrid, con el objetivo de intercambiar conocimientos y experiencias con las autoridades políticas del Ayuntamiento de Madrid, relacionados con las políticas y estrategias para una ciudad inteligente, y; Que, en tríptico adjunto a la Carta de Invitación se establece que el costo del evento es de Cinco Mil Cuatrocientos Dólares Americanos ($5,400.00), monto que cubrirá Pasajes Aéreos Lima – Madrid y Madrid – Lima, traslados para todas las actividades, hospedaje, viáticos y material de apoyo; Que, el Inciso 11 del Artículo 9° de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades indica que son atribuciones del Concejo autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, estando a las consideraciones antes descritas y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972; y, Con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje, en representación de la Municipalidad Provincial San Miguel, del Señor Alcalde Ing. Guillermo Espinoza Rodas, a la Ciudad de Madrid - España por los días del 24 al 29 de Marzo del 2014. Artículo Segundo.- HÁGASE CONOCER que teniendo en cuenta el Artículo 10° de la Ley del Presupuesto para el Sector Público para el Año 2014, la Entidad sólo cubrirá un monto de hasta Tres Mil Dólares Americanos ($ 3,000.00), teniendo en cuenta que el Titular abonará el saldo que corresponda para cubrir el costo del evento. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese, archívese. GUILLERMO ESPINOZA RODAS Alcalde Provincial 1062585-1