Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2014 (18/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo ­ Zonal Nasca, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al existir indicios razonables de presunta comision de faltas administrativas de su parte previstas en los incisos a) y k) del articulo 28º del D.L Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; De conformidad con lo opinado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios en el Informe Inicial Nº 001-2014-CEPAD-GORE-ICA, y, estando a lo previsto por los articulos 163º al 171º del D.S. Nº 005-90PCM, con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783, Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y en cumplimiento al Decreto Regional Nº 001-2004-GORE-ICA; SE RESUELVE: Articulo Primero.INSTAURAR, MORDAZA Administrativo Disciplinario al SR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, servidor nombrado de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo-Zonal Nasca, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- NOTIFICAR, la presente resolucion al interesado, para que dentro del termino de cinco (5) dias utiles contados a partir del dia siguiente de su notificacion personal y/o a traves de la publicacion de la presente Resolucion, presente su descargo y las pruebas que considere pertinente a su derecho a la defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Ica. Articulo Tercero.- REMITIR, todos los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Ica para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Registrese y comuniquese. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Directora General 1061408-1

El Peruano Martes 18 de marzo de 2014

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Establecen como politica regional el incremento gradual y porcentual de oportunidades a la Mujer en todos los ambitos del desempeno profesional y ocupacional
ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2014-GR.LAMB/CR. Chiclayo, 6 de marzo de 2014 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional en su sesion de fecha 26 de febrero del 2014, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, en los lineamientos del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion 2012-2016, la corrupcion es considerada un mal endemico que afecta gravemente la legitimidad de las instituciones, distorsiona el sistema economico y constituye un factor de desintegracion social; consecuencias estas que han generado la preocupacion MORDAZA de los Estados de formular, adoptar e implementar medidas encaminadas a prevenir y combatir dicho fenomeno.

Que, el Gobierno Regional acorde con la preocupacion del Gobierno Nacional considera que es gravitante valorar la etica publica y destacar la importancia de la transparencia y rendicion de cuentas en la gestion publica, fortaleciendo el sistema democratico y la participacion ciudadana y de la sociedad civil organizada. Que, los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion del desarrollo integral y sostenible de la region. Sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa. Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como una de las finalidades esenciales de los gobiernos regionales, el "garantizar el ejercicio pleno de los derechos y de la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo". Que, en ese contexto, es de MORDAZA importancia la participacion de hombres y mujeres en este MORDAZA de democratizacion y de lucha contra la corrupcion, teniendo como base el respeto a la dignidad de la persona, establecidos en el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Estado. Asimismo, el inciso 2., del Articulo 2º de nuestra Carta Magna garantiza que toda persona tiene derecho a "la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquier otra indole"; MORDAZA clave para precisar de manera taxativa la no discriminacion hacia hombres, mujeres y todas las personas en el goce y ejercicio pleno de sus derechos fundamentales. El Articulo 116 de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, dispone que las listas de candidatos al Congreso en cada distrito electoral deben incluir un numero no menos de 30% de mujeres o de varones. El Articulo 12º de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, dispone que las listas de candidatos al Consejo Regional deben estar conformadas por un minimo de 30% de hombres o mujeres. A su vez, el inciso c) del Articulo 10º de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, establece que la lista de candidatos a regidores debe estar conformada por no menos de un treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres. Que, siendo asi, la propuesta de equidad en la participacion se sustenta en el ideal democratico, segun el cual la incorporacion activa de la mujer a la politica y otras instancias de decision publica profundizaria la democracia, ofreceria caminos para la generacion de un MORDAZA de desarrollo sustentable y aportaria a la transparencia y representacion generica en el sistema. Ello se produciria tanto por la incorporacion de un sector representado en la esfera publica, como por los aportes especificos de las mujeres a la politica desde su condicion social de genero. Que, de acuerdo al Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion y las politicas de Estado, es necesario afirmar la necesidad de construir un Estado eficiente y transparente, basado en principios eticos y valores sociales como la vigilancia ciudadana y la rendicion de cuentas para garantizar la institucionalidad de nuestro pais. Cabe enfatizar que el Acuerdo Nacional remarca treinta y uno (31) politicas de Estado, entre las cuales se encuentran: Fortalecimiento del regimen democratico y del Estado de Derecho; democratizacion de la MORDAZA politica y fortalecimiento del sistema de partidos; institucionalizacion del dialogo y la concertacion; erradicacion de la violencia y fortalecimiento del civismo y de la seguridad ciudadana; descentralizacion politica, economica y administrativa para propiciar el desarrollo integral, armonico y sostenido del Peru; reduccion de la pobreza; promocion de la igualdad de oportunidades sin discriminacion; acceso universal a los servicios de salud y a la seguridad social; acceso al empleo pleno, MORDAZA y productivo; promocion de la seguridad alimentaria, fortalecimiento de la familia,

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