Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2014 (18/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Martes 18 de marzo de 2014

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2013, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Portillo emitio los siguientes resultados: AUTORIDAD Wiliam MORDAZA Tanchiva MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Supa MORDAZA MORDAZA Wiliam MORDAZA MORDAZA Afro MORDAZA MORDAZA CARGO MORDAZA Regidor Regidor Regidor Regidor Regidor RESULTADO No revocado Revocado Revocado No revocado Revocado Revocado

su vacancia como MORDAZA de la referida comuna, al haber incurrido en la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1063005-2

En tal sentido, como consecuencia del MORDAZA de MORDAZA Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, realizado el 7 de MORDAZA de 2013, el Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Portillo resolvio que la citada comuna quedara conformada provisionalmente, de la siguiente manera: AUTORIDAD MORDAZA 1° Regidor 2° Regidor 3° Regidor 4° Regidor 5° Regidor NOMBRES Y APELLIDOS MORDAZA Supa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ribenton MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cuzcano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bermejo

Declaran vacancia de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali
RESOLUCION Nº 0184-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00144 MORDAZA - MORDAZA PORTILLO - UCAYALI MORDAZA, cuatro de marzo de dos mil catorce. VISTO el Oficio Nº 031-2014-MDCV-ALC, presentado el 29 de enero de 2014 por MORDAZA Supa Carhuaz, MORDAZA en ejercicio de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, mediante el cual comunica la declaracion de vacancia del MORDAZA inhabilitado Wiliam MORDAZA Tanchiva, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 6, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y teniendo a la vista el Expediente Nº J-2012-1485. ANTECEDENTES Por Resolucion Nº 035-A-2013-JNE, de fecha 16 de enero de 2013, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones resolvio inhabilitar a Wiliam MORDAZA Tanchiva para el ejercicio de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali, y como resultado del mismo convoco a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que asuman, provisionalmente, los cargos de MORDAZA y regidora, respectivamente, de la citada entidad MORDAZA (fojas 213 a 215, del Expediente Nº J-2012-1485). En Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 013-2013, de fecha 15 de MORDAZA de 2013 (fojas 6 a 7), el Concejo Distrital de MORDAZA decide, por tres votos a favor y dos en contra, declarar la vacancia de Wiliam MORDAZA Tanchiva por la causal establecida en el articulo 22, numeral 6, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), esto es, por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la MORDAZA, toda vez que la Sala Suprema Penal Permanente, resolvio, por mayoria, no haber nulidad en la sentencia emitida por la Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, que condeno a la citada autoridad como autor del delito de colusion en agravio del Estado Municipalidad Distrital de MORDAZA, e impuso la pena de inhabilitacion por el plazo de dos anos (fojas 20 a 29). A traves del Acta de Proclamacion de Resultados de Computo del MORDAZA de MORDAZA Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, realizado el MORDAZA 7 de MORDAZA de 2013, de fecha 20 de agosto de

Con fecha 30 de enero de 2014, MORDAZA Supa MORDAZA, MORDAZA en ejercicio de la citada entidad MORDAZA, comunica la decision adoptada por el concejo municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de declarar la vacancia de Wiliam MORDAZA Tanchiva (fojas 2 a 15). CONSIDERANDOS Consideraciones generales 1. Conforme al articulo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. El articulo 22, numeral 6, de la LOM, establece como causal de vacancia la existencia de una sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en la Resolucion Nº 817-2012-JNE, via interpretacion de los alcances de la citada causal, ha establecido que esta se configura cuando se verifica la existencia de una condena con pena privativa de la MORDAZA por delito doloso durante la vigencia del mandato de una autoridad MORDAZA, es decir, que en algun momento hayan confluido tanto la vigencia de la condena penal con la condicion del cargo de MORDAZA o regidor. La adopcion de tal criterio interpretativo obedece a la necesidad de garantizar la idoneidad de los funcionarios que integran las instituciones del Estado, y con mayor razon de aquellos que provienen de eleccion popular, de tal modo que, conforme con lo dispuesto en la LOM, no se permita la permanencia en el cargo de quienes han infringido las normas basicas de nuestro ordenamiento y han perpetrado la comision dolosa de un ilicito penal. 3. Del analisis de autos se puede advertir que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica mediante R.N. Nº 2912-2012, de fecha 19 de marzo de 2013, declaro, por mayoria, no haber nulidad en la sentencia que condeno a Wiliam MORDAZA Tanchiva como autor del delito contra la Administracion Publica, en la modalidad de colusion desleal, en agravio de la Municipalidad Distrital de MORDAZA y del Estado, por cuatro anos de pena privativa de la MORDAZA suspendida en

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