Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2014 (01/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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Articulo 2°.- Autorizar al senor MORDAZA a dictar las medidas complementarias al Reglamento aprobado en el articulo anterior, que MORDAZA necesarias para el eficiente y eficaz desarrollo del MORDAZA de Presupuesto Participativo. Articulo 3°.- Encargar a la Gerencia Municipal a traves de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y las demas unidades organicas de la Municipalidad Distrital de La Punta, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 4°.- Encargar a la Oficina de Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" de la presente Ordenanza y a la Unidad de Tecnologia de la Informacion ­ UTI, la publicacion de la Ordenanza y su Reglamento en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA 1078059-1

El Peruano Jueves 1 de MORDAZA de 2014

Modifican Ordenanza que regula la constitucion, delimitacion, organizacion y funciones de las Juntas Vecinales de la Junta de Delegados Vecinales del distrito
ORDENANZA N° 005 La Punta, 28 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en Sesion Ordinaria de fecha 28 de MORDAZA de 2014, con el MORDAZA aprobatorio por mayoria de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo; VISTO: La propuesta efectuada por la Gerencia de Desarrollo Humano y comunicaciones mediante Informe Nº 0402014-MDLP/GDHC, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto constitucional con el que concuerda el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, radicando dicha autonomia en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 31º de la Carta Magna senala que es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdiccion. La Ley MORDAZA y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participacion; Que, de acuerdo al numeral 17.1 del articulo 17º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la Gestion Publica; Que, el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades, que tienen como sus elementos esenciales el territorio, la poblacion y la organizacion. Ademas, en su articulo 116º contempla en materia de juntas vecinales que los concejos municipales, a propuesta del MORDAZA, de los regidores o a peticion

de los vecinos constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria publica a elecciones. Asimismo, corresponde al concejo municipal aprobar el reglamento que regula la constitucion, delimitacion, organizacion y funciones de las juntas vecinales, donde se determinan y precisan las normas generales a que deberan someterse; Que, mediante Ordenanza Nº 001-2012, publicada el 24 de febrero de 2012, se aprobo el Reglamento que regula la constitucion, delimitacion, organizacion y funciones de las Juntas Vecinales y de la Junta de Delegados Vecinales del distrito. Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 088, 089, 090, 091 y 092 del 17 de MORDAZA de 2012, se reconocieron las Juntas Vecinales de las Zonas A, B, C, D y E para el periodo 2012-2014, respectivamente; Que, segun el Informe de visto, la Gerencia de Desarrollo Humano y Comunicaciones indica que, de acuerdo al articulo 29º del mencionado Reglamento, corresponde convocar a un MORDAZA MORDAZA electoral a fin de elegir a los consejos directivos de las Juntas Vecinales en el presente ejercicio fiscal. No obstante, con Decreto Supremo Nº 009-2014-PCM, se ha convocado a Elecciones Municipales para elegir Alcaldes y Regidores para el periodo 2015-2018, considerando conveniente que los consejos directivos MORDAZA elegidos, en adelante, durante el primer y tercer ano de gestion municipal, por lo que propone modificar el mencionado Reglamento; Que, siendo que la presente tiene por finalidad el beneficio directo de los habitantes del Distrito y desarrollo del mismo, es decir, es de interes publico, en aplicacion del numeral 3.2 del articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se encuentra exceptuada de la publicacion del proyecto de la misma; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 055-2014MDLP/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, APROBO la siguiente: MODIFICACION DE LA ORDENANZA QUE REGULA LA CONSTITUCION, DELIMITACION, ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES Y DE LA JUNTA DE DELEGADOS VECINALES DEL DISTRITO DE LA PUNTA Articulo 1º.- Modificar el primer parrafo del articulo 6º y la MORDAZA Disposicion Transitoria Final del Reglamento que regula la constitucion, delimitacion, organizacion y funciones de las Juntas Vecinales y de la Junta de Delegados Vecinales del distrito de La Punta quedando como sigue: "Articulo 6º.- Convocatoria a Elecciones El MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia, en el mes de Marzo del Primer y Tercer ano de gestion convoca a elecciones de representantes de las Juntas Vecinales, y designa un Comite Electoral, con una anticipacion no menor de (30) treinta dias calendarios MORDAZA del vencimiento del mandato del Concejo Directivo en funciones de la Junta Vecinal. (...)." "Disposiciones Transitorias y Finales (...) Quinta.- A fin de dar cumplimiento a lo establecido por el articulo 6º del mencionado Reglamento, ampliese el periodo de vigencia de los Concejos Directivos de las Juntas Vecinales hasta su renovacion en el ejercicio fiscal del ano 2015." Articulo 2º.- Incluir una Sexta Disposicion Transitoria Final con el siguiente texto: ""Disposiciones Transitorias y Finales (...) Sexta.- Derogar todas las disposiciones vigentes que se opongan a la presente Ordenanza." Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Secretaria General y Archivo la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente ordenanza y a la unidad de Tecnologia de la Informacion (UTI), la publicacion de

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