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El Peruano Jueves 1 de mayo de 2014 522073 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO: En sesión ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza para la actualización de la Conformación de la Plataforma Distrital de Defensa Civil para la Gestión del Riesgo de Desastres en el Distrito de El Agustino, el Informe Nº 039-2014-GEMU-MDEA, del Gerente Municipal, Informe Nº 158-2014-UDC-GDEC-MDEA del Jefe de Unidad de Defensa Civil e Informe Nº 157-2014- GAJU-MDEA, de Gerente de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ley Nº 29664 se aprueba la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento D.S. Nº 048-2011-PCM, así mismo con Resolución Ministerial Nº 180-2013-PCM, se aprueba los lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de la Plataformas de Defensa Civil, con la fi nalidad de identifi car y reducir los riesgos asociados a peligrar o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de políticas, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres. Que, la aplicación de las políticas y acciones permitirá mitigar los riesgos de desastres, por tal motivo la implementación de estas deben encontrarse en concordancia con un manejo adecuado de la Gestión del Riesgo en la municipalidad, que permitan la identifi cación de las zonas de vulnerabilidad y de riesgos de desastres en el distrito de El Agustino. Que, la prevención y mitigación del riesgo de desastres, repercutirá no sólo en el desarrollo de las actividades económicas de los gobiernos locales, sino también fortalecerá los procesos de planifi cación del territorio y propiciará el uso responsable del territorio, que se traducirá en la reducción de los niveles de vulnerabilidad en materia de vivienda, urbanismo y saneamiento. Por tanto, estando a las consideraciones antes aludidas y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, con la dispensa de Trámite de Comisiones, lectura y aprobación del Acta, y con el voto UNÁNIME de los Regidores, aprueba lo siguiente: ORDENANZA PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LA CONFORMACIÓN DE LA PLATAFORMA DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES EN EL DISTRITO DE EL AGUSTINO CAPÍTULO I OBJETO Artículo 1º.- OBJETIVO DE LA ORDENANZA La presente ordenanza tiene por objeto promover y articular los esfuerzos públicos, privados y de la sociedad civil, para abordar integralmente la Gestión del Riesgo de Desastres y atender los efectos que causan los peligros, vulnerabilidades y riesgos en la población de El Agustino. Artículo 2º.- GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Se entiende por gestión del riesgo de desastres, al proceso social cuyo fi n último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores del riesgo de desastres en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN DE LA PLATAFORMA DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES DE EL AGUSTINO Artículo 3º.- CREACIÓN Y FINALIDAD DE LA PLATAFORMA Créase la Plataforma Distrital de Defensa Civil para la Gestión del Riesgo de Desastres de El Agustino, como un espacio permanente de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas que se constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitaciónque permite la acción efi ciente y efi caz del Gobierno Local Distrital y de las instituciones públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil para la reducción sostenible de las condiciones de vulnerabilidad y riesgo. Artículo 4º.- CONSTITUCION DE LA PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO El Alcalde constituye, preside y convoca a la PDCD- MDEA, conformadas por las entidades privadas, organizaciones sociales y humanitarias, entidades públicas con representación en el ámbito distrital, promoviendo su participación en estricta observancia a los derechos y obligaciones que confi ere la ley. La PDCD-MDEA, desarrolla su accionar de acuerdo a nivel de emergencia establecida en las normativas de SINAGERD. INTEGRANTES: Integran la Plataforma Distrital de Defensa Civil para la Gestión del Riesgo de Desastres de El Agustino los siguientes: 1. Presidente, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de El Agustino o quien este delegue de ser el caso. 2. Secretaria Técnica, el Jefe de la Unidad de Defensa Civil, o quien haga a sus veces. 3. Un representante de los Comedores Populares Autogestionarios de El Agustino. 4. Un representante de las iglesias. 5. Un representante de los Comités de Seguridad Ciudadana. 6. Un representante de los Servicios Educativos El Agustino (SEA) 7. Un representante de la Asociación de Países Emergentes (ASPEM) 8. Un representante del Sector Salud DISA IV LIMA ESTE-MINSA. 9. Un representante del Sector Educación, UGEL Nº 05. 10. Un representante del Sector Interior, PNP – Comisaria de El Agustino. 11. Un representante de la Compañía de Bomberos Voluntarios que se encuentran en la jurisdicción del Distrito de El Agustino. 12. Un representante de las Fuerzas Armadas del Perú (Cuartel Barbones). 13. Un representante del Centro de Emergencia Mujer Comisarias de Mujeres (PNP). 14. Un representante de las Organizaciones de la Sociedad Civil por cada Zona de Desarrollo de El Agustino (8 Zonas), en concordancia con la Ordenanza Nº 507- MDEA. Artículo 5º.- FUNCIONES Son funciones de la Plataforma Distrital de Defensa Civil para la Gestión del Riesgo de Desastres de El Agustino las siguientes: 1. Ejecuta las acciones de los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación, con el objeto de integrar capacidades y acciones de todos los actores de la sociedad en su ámbito de competencias. 2. Convocatoria a las entidades privadas y a todas las organizaciones sociales, promoviendo su participación en estricta observancia del principio de participación y de los derechos y obligaciones que la ley reconoce a todos estos actores. 3. Propone y ejecuta las acciones relativas a los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación. CAPÍTULO III DISPOSICIONES FINALES Primera.- INCORPORAR la Plataforma Distrital de Defensa Civil para la Gestión del Riesgo de Desastres al Plan de Desarrollo Local Concertado y otros documentos