Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2014 (01/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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Que, la Gerencia de Rentas hace MORDAZA el informe tecnico precedente, por lo que estima procedente la prorroga propuesta; Que, mediante Informe N° 321-2014-MSB-GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica opina porque se prorrogue la vigencia de la Ordenanza N°516-MSB, al encontrarse sustentada en los fundamentos expuestos por el area tecnica competente, asi como en la normatividad vigente; por lo que senala se proceda a expedir el Decreto de Alcaldia respectivo de acuerdo a las facultades otorgadas en la Tercera Disposicion Final de la Ordenanza N°516MSB; Estando a lo expuesto, de acuerdo a la documentacion sustentatoria del visto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972; con el visto MORDAZA de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de MORDAZA de 2014, el plazo de vigencia establecido en el articulo 8º de la Ordenanza N°516-MSB sobre Beneficio de Regularizacion Tributaria. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas y sus unidades dependientes, en cuanto les corresponda. Articulo Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion su publicacion en el MORDAZA de Transparencia Institucional y el MORDAZA del Servicios al Ciudadano y Empresas, asi como su difusion a la Gerencia de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1078423-1

El Peruano Jueves 1 de MORDAZA de 2014

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Autorizan celebracion de Matrimonios Civiles Comunitarios en el ano 2014
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 265-MDSJM San MORDAZA de Miraflores 27 de marzo del 2014 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de marzo del 2014, el Memorandum Nº 402-2014-GM-MDSJM de fecha 18 de marzo del 2014 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 256-2014-GAJ-MDSJM de fecha 18 de marzo del 2014 de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 442-2014-SG-MDSJM de fecha 18 de marzo del 2014 de Secretaria General, el Informe Nº 150 2014-SGP-GPP-MDMM de fecha 17 de marzo del 2014 de la Sub Gerencia de Presupuesto, el Informe Nº 79 -2014SG-MDMM de fecha 13 de marzo de 2014 de Secretaria General, sobre Matrimonio Civil Comunitario 2014, y; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru senala que la comunidad y el Estado protegen

especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Asimismo, precisa que protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ultimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en su articulo 40º, faculta a las municipalidades a que mediante Ordenanza puedan suprimir arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4) del Art. 195º de la Constitucion Politica del Peru y lo dispuesto en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo 135-99-EF, modificado por el articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 981; Que, asimismo, de conformidad a lo dispuesto en los numerales 8), 9) y 29) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar ordenanzas; asi como, crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a lo dispuesto en la ley; y, aprobar el regimen de administracion de sus bienes y rentas; Que, las Municipalidades dentro de su politica de tratamiento social con su comunidad brindan facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebracion del matrimonio comunitario y con ello contribuir al fortalecimiento de la unidad familiar como celula basica de la sociedad; Que, mediante el Informe Nº79-2014-SG/MDSJM, Secretaria General propone la realizacion del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2014 a realizarse el dia 31 de MORDAZA de 2014, a horas 10:00 a.m., el MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario el dia 23 de Agosto del 2014 a horas 10:00 a.m. y el Tercer Matrimonio Civil Comunitario el dia 29 de noviembre del 2014, y los requisitos que deberan presentar los contrayentes se encuentran establecidas en el articulo 248º del Codigo Civil Peruano; asimismo, que los derechos de pago de tramite de Matrimonio Civil propone los derechos administrativos a ser cobrados en dicho acto, los mismos que por ser dirigidos a personas de escasos recursos economicos, son menores a los establecidos en el MORDAZA vigente de la Municipalidad; Que, mediante Memorandum Nº 150-2014-SGP-GPPMDMM de la Sub Gerencia de Presupuesto respalda la propuesta de Secretaria General, en el sentido de promover la union e integracion de la familia a traves del matrimonio civil comunitario; Que, mediante Informe Nº 256-2014-GAJ-MDMM de fecha 18 de marzo del 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, emite pronunciamiento favorable respecto a la Ordenanza APROBAR LA REALIZACION DE TRES MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL ANO 2014, propuesta por Secretaria General, debiendo elevarse al Concejo Municipal para su aprobacion. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con el informe favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Administracion y Finanzas; el Concejo Municipal aprobo por Unanimidad con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA APROBAR LA CELEBRACION DEL PRIMER MORDAZA Y TERCER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL ANO 2014 Articulo Primero.- Autorizar la celebracion del Primer Matrimonio Civil Comunitario, a llevarse cabo el dia sabado 31 de MORDAZA del 2014 a las 10:00 horas en la Plaza de MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Miraflores, estableciendose como plazo de inscripcion al dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza y culmina el 30 de MORDAZA del 2014. Articulo Segundo.- Autorizar la celebracion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario, a llevarse cabo el dia sabado 23 de Agosto del 2014 a las 10:00 horas en la Plaza de MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Miraflores, estableciendose como plazo de inscripcion del 02 de Junio y culmina el 22 de Agosto del 2014. Articulo Tercero.- Autorizar la celebracion del Tercer Matrimonio Civil Comunitario, a llevarse cabo el dia sabado 29 de Noviembre del 2014 a las 10:00 horas en

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