Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2014 (03/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Sabado 3 de MORDAZA de 2014

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i. En suma, a la referida reunion del Comite Ejecutivo Regional asistieron 7 de los 12 integrantes que conformaban dicho organo partidario a la fecha de su realizacion, es decir, la mayoria simple de sus miembros de acuerdo a lo exigido por el articulo 17 del estatuto de "Mar Callao". Respecto de la nulidad del Asiento N.º 13 j. Efectivamente, el estatuto de "Mar Callao" senala en su articulo 45 que corresponde al secretario general la remision del padron de afiliados actualizado al ROP. k. Sin embargo, ello no obstaculiza a que el personero legal titular pueda realizar tambien dicha entrega en su calidad de representante pleno de la organizacion politica conforme a la Ley Organica de Elecciones y el Reglamento del ROP. Del recurso de apelacion El 28 de enero de 2014, el secretario general de "Mar Callao", MORDAZA Nery MORDAZA MORDAZA, formula recurso de apelacion contra la Resolucion N.º 029-2014-ROP/JNE, que declaro improcedente su recurso de reconsideracion y, por ende, su pedido de nulidad de los Asientos registrales N.º 11, N.º 12 y N.º 13, sobre la base de similares argumentos expuestos con su escrito del 19 de diciembre de 2013 (fojas 156 a 175). CONSIDERANDOS Respecto del pedido de nulidad del asiento N.º 11 1. Con relacion al pedido de nulidad del Asiento N.º 11, por el que se modifico los articulos 37 y 42 del estatuto de "Mar Callao", el recurrente senala que el Congreso Regional fue llevado sin el quorum respectivo. 2. Sobre el particular hay que precisar que segun la informacion proporcionada por el ROP, a la fecha de las sesiones extraordinarias llevadas a cabo para la modificacion del estatuto de "Mar Callao" estaban registrados como dirigentes ante dicho registro las siguientes personas:
Integrantes del Congreso Regional (Articulo 36 del Estatuto)
N.º 1 Presidente 2 Secretaria General 3 Secretaria de Organizacion 4 Secretaria de Politicas Sectoriales 5 Secretaria de Accion Electoral 6 Secretaria de Comunicacion e Imagen 7 Secretaria de Administracion y Finanzas 8 Secretaria de Medio Ambiente 9 Secretaria de Educacion Cultura 10 Secretaria de Equidad y Genero Cargo Vacante MORDAZA Nery MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paiva Vacante MORDAZA MORDAZA Niquen MORDAZA Vacante Jessy MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nombre Suscribio Acta ---NO SI ---SI ---SI NO SI NO SI NO NO SI SI ----------------------

e. No se habria cumplido con el quorum exigido para la sesion del Comite Ejecutivo Regional que adopto el nombramiento de los 3 dirigentes. Respecto de la nulidad del Asiento N.º 13 f. Solicita la nulidad del referido asiento, en tanto, corresponde al secretario general de "Mar Callao" la remision del padron de afiliados actualizado y no asi al personero legal titular. Resolucion del ROP Mediante Resolucion N.º 029-2014-ROP/JNE, del 17 de enero de 2014, el ROP declaro improcedente el pedido de reconsideracion y, por ende, la solicitud de nulidad de los Asientos registrales N.º 11, N.º 12 y N.º 13, formulada por MORDAZA Nery MORDAZA MORDAZA (fojas 143 a 147): Lo anterior sobre la base de los siguientes fundamentos: Respecto de la nulidad del Asiento N.º 11 a. Respecto de la validez de la convocatoria al Comite Ejecutivo Regional, que a su vez decidio convocar al Congreso Regional que adopto la modificacion estatutaria cuya inscripcion se cuestiona, senala que esta resulta irrelevante, en la medida que, los acuerdos de modificacion del estatuto adoptados por el Congreso Regional cuentan con la conformidad de la mayoria de sus integrantes. Por lo tanto, en la hipotesis de que los integrantes del congreso que no llegaron a participar, hubiesen votado, ello no iba a impedir la adopcion de tales acuerdos. b. Respecto del quorum para el desarrollo del Congreso Regional, el ROP puntualiza que este se determino en base de los Asientos N.º 3, 4 y 6, del Tomo 2, del Libro de Movimientos Regionales, en los cuales se advierten los nombres de los ciudadanos que ocupan los cargos directivos del movimiento regional, asi como los cargos vacantes a la fecha de la realizacion de las sesiones en las cuales se acordo la modificacion del Estatuto. c. Asi, toda vez que los secretarios distritales (generales y organizacion) de los 4 comites distritales del Callao con que cuenta el movimiento regional, no fueron inscritos ante el ROP, estos no fueron tomados en cuenta para la determinacion del quorum del Congreso Regional. d. De igual forma, para la determinacion del quorum tambien se considero que se encontraba vacante el cargo de secretario o secretaria de la Comision de Honor, asi como la del presidente de "Mar Callao", por renuncia. e. En suma, de los 12 integrantes del Congreso Regional que se encontraban habiles, 7 de ellos suscribieron las actas de modificacion estatutaria, esto es, la mayoria de sus integrantes. Respecto de la nulidad del Asiento N.º 12 f. Con relacion a la convocatoria a la sesion del Comite Ejecutivo Regional en la cual se designo al presidente, el secretario de Politicas Sectoriales y el secretario de Comunicacion e Imagen, debe tenerse por valida, en la medida que, si bien esta no se realizo por el recurrente, si se publico en el diario de avisos judiciales "El Callao", motivo por el cual el recurrente no puede alegar su desconocimiento, mas aun si la MORDAZA estatutaria establece que es el Comite Ejecutivo Regional (como ente colegiado) quien efectua la convocatoria y no el presidente de la organizacion politica. g. Sin perjuicio de lo anterior, el acuerdo aprobado por el Comite Ejecutivo Regional se adopto con la conformidad de la mayoria de sus integrantes; por lo que, en la negada hipotesis de que los integrantes que no suscribieron el acta, hubiesen participado y votado en contra de los acuerdos aprobados, ello no hubiese impedido la adopcion de los acuerdos que ahora se cuestionan. h. Respecto del quorum del Comite Ejecutivo Regional, puntualiza que este se determino tambien en base de los Asientos N.º 3, 4 y 6, del Tomo 2, del Libro de Movimientos Regionales, en los cuales se puede advertir los ciudadanos que ocupan los cargos directivos de la organizacion politica, asi como los cargos vacantes a la fecha de la realizacion de las sesiones en las cuales se acordo el nombramiento del presidente, secretario de Politicas Sectoriales y el secretario de Comunicacion e Imagen.

MORDAZA MORDAZA Sanguinetti MORDAZA MORDAZA de Alor MORDAZA Yalu Ayay MORDAZA

11 Secretaria de Plan de Gobierno, Estudios y Yvan MORDAZA MORDAZA Formacion 12 Secretaria de Politica Municipal MORDAZA Eudocio Camocho MORDAZA

13 Secretaria de Asuntos Sociales y Participacion MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Ciudadana MORDAZA 14 Secretaria de Juventud MORDAZA Montalva MORDAZA MORDAZA MORDAZA de

15 Secretaria de Actas y Archivos, Etica Moral y MORDAZA MORDAZA Disciplina MORDAZA 16 Secretaria de la Comision de Honor 17 Comite de Bellavista: Secretario General 19 Comite de Callao: Secretario General 20 Comite de Callao: Secretario Organizacion

No registrado/ No elegido No registrado/ No elegido No registrado/ No elegido No registrado/ No elegido

18 Comite de Bellavista: Secretario Organizacion No registrado/ No elegido

21 Comite de MORDAZA de la Legua: Secretario No registrado/ No elegido General 22 Comite de MORDAZA de la Legua: Secretario No registrado/ No elegido Organizacion

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