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El Peruano Domingo 4 de mayo de 2014 522295 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Chavín el cierre de agencia, ubicada en el departamento de Áncash RESOLUCIÓN SBS Nº 2265-2014 Lima, 22 de abril de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Chavín, para que se le autorice el cierre de su agencia ubicada en el Jr. Cayetano Requena N° 378, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Áncash, y; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de dicha agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Chavín, el cierre de su agencia ubicada en el Jr. Cayetano Requena N° 378, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Áncash. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1078791-1 Autorizan a la Financiera Proempresa S.A. la apertura de agencia, ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2266-2014 Lima, 22 de abril del 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Proempresa S.A. para que se le autorice la apertura de una (01) Agencia ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la apertura de la citada Agencia; y, Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “D”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas aprobadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Se autoriza a la Financiera Proempresa S.A. la apertura de una (01) Agencia ubicada en Av. Las Torres Mz. “A”, Lote 10, Asociación “El Paraíso del Puente de Huachipa”, Sección 021, Zona 04, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1078851-1 Autorizan viaje de funcionario a República Dominicana, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 2467-2014 Lima, 30 de abril de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.) VISTA: La invitación cursada por la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en la Asamblea General de la AIOS, en el Primer Encuentro de Supervisores de AIOS “Supervisión de las Inversiones con Recursos de los Fondos de Pensiones en Países de América Latina Miembros de AIOS” y en el Seminario Internacional “Inversión y Rentabilidad de los Fondos de Pensiones”, que se llevarán a cabo del 07 al 09 de mayo de 2014, en la ciudad de Punta Cana, República Dominicana; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro de la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS), su participación en las actividades convocadas por la citada Asociación le brindará la oportunidad de tomar conocimiento y contribuir con la adopción de acuerdos entre los países miembros destinados a mejorar la regulación y la supervisión de los sistemas de pensiones en la región; Que, en atención a la invitación cursada y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en benefi cio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor César Erik Ernaú Gushiken, Intendente de Supervisión de Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, para que participe en los citados eventos, en calidad de panelista; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en los eventos indicados, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Resolución SBS N° 2373-2014, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 N° SBS- DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056- 2013-PCM;