Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2014 (04/05/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

522296
RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Ernau Gushiken, Intendente de Supervision de Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros de la SBS, del 06 al 11 de MORDAZA de 2014, a la MORDAZA de Punta Cana, Republica Dominicana, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por conceptos de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos Viaticos US$ 924,71 US$ 1 720,00

El Peruano MORDAZA 4 de MORDAZA de 2014

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.)

1079059-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban el CAP y el ROF de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 344 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion y Ley Nº 28607, en su articulo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto. Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos

Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regula la descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal. Que, la Ley Nº 27658 ­ Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, establece en su articulo 2º que la modernizacion del estado tiene por objeto establecer los principios y la base para iniciar el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado en todas sus instituciones e instancias; del mismo modo el articulo 3º de la misma MORDAZA senala, que la presente Ley es de aplicacion en todas las dependencias de la Administracion Publica a nivel nacional. Por otro lado la Ley en mencion prescribe en su articulo 4º entre otras, que la finalidad del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado, tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de recursos publicos. Precisa ademas que el objetivo es alcanzar un Estado: a) Al servicio de la ciudadania, b) Con MORDAZA efectivos de participacion, c) Descentralizado y desconcentrado, d) Transparente en su gestion, e) Con servicios publicos calificados y adecuadamente remunerados y f) Fiscalmente equilibrados (...). Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son Personas Juridicas de Derecho Publico con Autonomia Politica, Economica y Administrativa, teniendo por Mision Organizar y Conducir la Gestion Publica Regional de acuerdo a sus Competencias Exclusivas, Compartidas y Delegadas en el MORDAZA de las Politicas Nacionales y Sectoriales, para contribuir al Desarrollo Integral y Sostenible de la Region, conforme lo expresan los Articulos 2º, 4º y 5º de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus Normas y Disposiciones se rigen por los Principios de Exclusividad, Territorialidad, Legalidad y Simplificacion Administrativa. Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, se aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal CAP. En el articulo 1º de dicha MORDAZA, se establece que todas las entidades del Sector Publico MORDAZA del Gobierno Nacional, Regional o local, deben seguir los lineamientos plasmados en esta MORDAZA, para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP). La misma MORDAZA en el Numeral 14.5 del articulo 14º precisa, que los MORDAZA para Asignacion de Personal del Gobierno Regional y de las Direcciones Regionales Sectoriales, se aprueban mediante Ordenanza Regional. Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF, de las entidades de la Administracion Publica", estableciendo que su finalidad es generar la aprobacion de un Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF que contenga una adecuada estructura organica de la entidad y definicion de sus funciones y las de los organos que la integran, acorde con los criterios de diseno y estructura de la Administracion Publica que establece la Ley Nº 27658 Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos publicos e identificar las responsabilidades especificas de las entidades publicas y sus unidades organicas por el ordenamiento juridico aplicable en cada caso. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 0572014-Gobierno Regional Amazonas/CR-SO, de fecha 19 de marzo de 2014, los consejeros regionales por unanimidad acordaron; APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) modificado, de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional Amazonas, por estar elaborado de acuerdo a ley y contar con las opiniones favorables de las oficinas competentes; asi como con Dictamen favorable del Consejo Regional. Que, segun lo dispuesto en el literal a) del articulo 15º concordante con el Inc. a) del articulo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada con la Ley Nº 27902 precisa, que el Consejo Regional tiene la atribucion de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, asi como aprobar decisiones de caracter Institucional, de interes publico y ciudadano a traves de Ordenanzas Regionales. Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053 establece, que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.