Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2014 (17/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Sabado 17 de MORDAZA de 2014

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- Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2012-EF. - Decreto Supremo Nº 102-2007-EF, que aprueba el MORDAZA Reglamento de del Sistema Nacional de Inversion Publica, y sus modificatorias. - Decreto Supremo Nº 098-2014-EF, que aprueba operacion de endeudamiento interno para apoyar el financiamiento de Proyectos de Inversion Publica a cargo de los Gobiernos Regionales. Articulo 4.- Ambito de aplicacion La presente Directiva es aplicable a los GGRR que se encuentran dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 098-2014-EF, y que soliciten al Ministerio de Economia y Finanzas la asignacion de recursos con cargo a la operacion de endeudamiento interno, bajo la modalidad de emision de bonos, en los terminos aprobados en el referido Decreto Supremo hasta por la suma total de S/. 700 000 000,00 (SETECIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), que sera efectuada, en uno o varios tramos, durante el Ano Fiscal 2014. Articulo 5.- Destino de los recursos 5.1 Los recursos que soliciten los GGRR con cargo a la operacion de endeudamiento interno, bajo la modalidad de emision de bonos, son destinados exclusivamente a financiar proyectos de inversion publica que se encuentren en la etapa de ejecucion en el MORDAZA de las normas del Sistema Nacional de Inversion Publica (en adelante SNIP), a traves de contratos por Administracion Indirecta, suscritos y en implementacion. 5.2 Los PIP deben estar comprendidos en los sectores de Agricultura, Educacion, Salud y Transporte. TITULO II PROCEDIMIENTO PARA ACCEDER A LOS RECURSOS DE LA OPERACION DE ENDEUDAMIENTO INTERNO CAPITULO I

de canon, sobrecanon, renta de aduanas, regalia minera y Fondo de Desarrollo Socioeconomico de Camisea; Que, teniendo en cuenta la proyeccion de desaceleracion del crecimiento de la economia mundial y la posibilidad del riesgo de menores ingresos fiscales para la economia peruana durante el Ano Fiscal 2014, con la finalidad de asegurar la continuidad de la ejecucion de los proyectos de inversion publica de los Gobiernos Regionales que se financien con los recursos indicados en el considerando precedente, mediante el Articulo 1 del Decreto Supremo Nº 098-2014-EF, se aprobo la emision interna de bonos soberanos hasta por la suma de S/. 700 000 000,00 (SETECIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a ser efectuada, en uno o varios tramos, durante el ano 2014, destinada a financiar proyectos de inversion publica a cargo de los Gobiernos Regionales, y que el respectivo contrato para la ejecucion bajo la modalidad de Administracion Indirecta sea suscrito como MORDAZA hasta el 30 de MORDAZA del 2014; Que, de acuerdo con el Numeral 1.6 del Articulo 1 del acotado Decreto Supremo, el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, podra emitir las disposiciones necesarias para la operatividad de lo dispuesto en el citado Articulo, referido a la emision de bonos soberanos; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF y el Decreto Supremo Nº 0982014-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la "DIRECTIVA PARA LA IMPLEMENTACION DEL ACCESO DE LOS GOBIERNOS REGIONALES AL FINANCIAMIENTO CON LA EMISION DE BONOS SOBERANOS APROBADA POR EL DECRETO SUPREMO Nº 098-2014-EF", que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico DIRECTIVA PARA LA IMPLEMENTACION DEL ACCESO DE LOS GOBIERNOS REGIONALES AL FINANCIAMIENTO CON LA EMISION DE BONOS SOBERANOS APROBADA POR EL D.S. Nº 098-2014-EF TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Ley General Para efectos de la presente Directiva, toda referencia a la Ley General, se entiende al Texto Unico Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-EF. Articulo 2.- Objetivo Establecer el procedimiento para que los Gobiernos Regionales (en adelante, GGRR) puedan acceder al financiamiento de sus Proyectos de Inversion Publica (en adelante, PIP), que se encuentran en la etapa de ejecucion y bajo la modalidad de Administracion Indirecta, en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 098-2014-EF. Articulo 3.- Base Legal La presente Directiva tiene el siguiente MORDAZA legal: - Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y normas modificatorias. - Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo. - Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico. - Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF.

DE LAS CONDICIONES PARA ACCEDER A LOS RECURSOS DE LA OPERACION DE ENDEUDAMIENTO INTERNO Articulo 6.- De los Requisitos a ser cumplidos por los GGRR Los GGRR para acceder a los recursos de la operacion de endeudamiento interno, bajo la modalidad de emision de bonos, deberan observar lo siguiente: 6.1 El PIP a ser financiado debe estar comprendido en los sectores de: Agricultura, Educacion, Salud, y Transporte. 6.2 El PIP se debe encontrar en la etapa de ejecucion en el MORDAZA de las normas del SNIP. 6.3 La ficha de registro del proyecto en el Banco de Proyectos del SNIP, debe contener el registro de la consistencia del Estudio Definitivo o Expediente Tecnico detallado del PIP Viable u otros registros en la Fase de Inversion que correspondan, conforme a lo establecido en la normatividad del SNIP. 6.4 El costo total del PIP debe ser igual o mayor de S/. 60 000 000,00 (SESENTA MILLONES DE NUEVOS SOLES), de acuerdo a la informacion registrada en el Banco de Proyectos del SNIP. 6.5 El monto ejecutado del PIP no debe superar el monto de inversion, o la MORDAZA actualizacion de este, que se encuentre registrado en el Banco de Proyectos del SNIP. 6.6 El respectivo contrato para la ejecucion del PIP, bajo la modalidad de Administracion Indirecta, sea suscrito como MORDAZA hasta el 30 de MORDAZA del 2014. Mediante resolucion ministerial de Economia y Finanzas, en forma excepcional y por una sola vez, se podra ampliar el indicado plazo. 6.7 Los GGRR solicitantes deben haber experimentado, durante el ano 2014 con respecto al ano 2013, una disminucion de sus Recursos Determinados provenientes de algunos de los siguientes conceptos: canon, sobrecanon, renta de aduanas, regalia minera y Fondo de Desarrollo Socioeconomico de Camisea.

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