Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2014 (17/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1084441-6

El Peruano Sabado 17 de MORDAZA de 2014

En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, por la Resolucion Ministerial Nº 223-2011-EF/43 y por la Resolucion Ministerial Nº 287-2013-EF/10; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporacion del numeral 8.4 del articulo 8º de la Directiva Nº 002-2013-EF/63.01 Incorporase el numeral 8.4 del articulo 8º de la Directiva Nº 002-2013-EF/63.01, aprobada por Resolucion Directoral Nº 011-2013-EF/63.01, con el texto siguiente: 8.4 Ante la ocurrencia de desastres de gran magnitud y/o para mitigar los efectos daninos sobre la actividad agropecuaria en distritos de frontera, debera tenerse en las siguientes consideraciones: a. Corresponde atender a la poblacion en situacion de pobreza y extrema pobreza, establecida segun la MORDAZA clasificacion del mapa de pobreza del FONCODES u otro organismo oficial del Estado. b. Se entendera por actividad agropecuaria en distritos de frontera, a la que se realiza en los distritos limitrofes con un MORDAZA vecino, debiendo atenderse unicamente a las areas afectadas por el desastre o el desastre de gran magnitud, segun la focalizacion que realice el organo competente. c. El forraje, los alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales deben ser dispuestos en modulos (paquete de productos) y distribuidos segun el MORDAZA de animal y sus niveles de requerimiento de acuerdo a la edad y peso, debiendo ser productos empleados regularmente en la MORDAZA de atencion. d. El Ministerio de Agricultura o la Direccion Regional Agraria, segun corresponda, tendran a su cargo la identificacion de las areas afectadas, la elaboracion de la Ficha Tecnica de Actividad de Emergencia a ser presentada al INDECI y la distribucion de los productos. e. Al termino de la ejecucion de la actividad se debera presentar al INDECI, como responsable del adecuado uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30115, el registro con el nombre de los pobladores beneficiados, la poblacion pecuaria atendida, los productos entregados y otra informacion considerada importante. Articulo 2º.- Publicacion Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral, en el Diario Oficial "El Peruano", asi como en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la Seccion de Inversion Publica, en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Politica de Inversiones 1084436-1

Aprueban incorporar el numeral 8.4 del Articulo 8 de la Directiva Nº 0022013-EF/63.01, Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 004-2014-EF/63.01 MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece que la Reserva de Contingencia incluye hasta la suma de Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) para destinarla a las acciones que realicen durante el Ano Fiscal 2014, a fin de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, rehabilitar la infraestructura publica danada, asi como reducir los probables danos que pueda generar el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico declarado, determinado por el organismo publico tecnico-cientifico; Que, asimismo, la citada disposicion senala que el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante su Direccion General de Politica de Inversiones (DGPI), dicta los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30115; Que, conforme al literal b) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30115, en caso de ser necesario, se pueden financiar actividades orientadas a mitigar los danos a la actividad agropecuaria altoandina y en distritos de frontera, en las que se incluye la provision de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, conforme al literal c) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30115, el INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere dicha Disposicion Complementaria Final; Que, la Directiva Nº 002-2013-EF/63.01, establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a los que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30115, senalando en el numeral 8.3 de su articulo 8º los criterios para el apoyo nacional ante la ocurrencia de desastres gran magnitud y para mitigar los efectos daninos sobre la actividad agropecuaria altoandina; Que, los distritos de frontera a nivel nacional son afectados por diversos fenomenos meteorologicos, como por ejemplo los fenomenos climaticos que consisten en un descenso de la temperatura conocidos como "friaje" en la MORDAZA peruana, por lo que resulta necesario incorporar los criterios que deberan tomar en consideracion para el uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30115;

Aprueban "Directiva para la implementacion del acceso de los Gobiernos Regionales al financiamiento con la emision de Bonos Soberanos aprobada por Decreto Supremo Nº 0982014-EF"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 037-2014-EF/52.01 MORDAZA,16 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se aprobo, entre otros, los presupuestos de los Gobiernos Regionales, que comprenden la estimacion de los ingresos provenientes

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