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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2014 (20/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Martes 20 de mayo de 2014 523550 Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ALVARO MARTIN QUINE NAPURI Director Ejecutivo 1084805-1 Designan Asesor de la Alta Dirección del SENASA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0135-2014-MINAGRI-SENASA Lima, 16 de mayo de 2014CONSIDERANDO:Que, el artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902 – Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura creó el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA como organismo público descentralizado del Ministerio de Agricultura, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, la Undécima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1059 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria señala que los servidores del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA se encuentran sujetos al régimen laboral de la actividad privada; Que, el artículo 9º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 – Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-97-TR, señala que, por la subordinación, el trabajador presta sus servicios bajo dirección de su empleador, el cual tiene facultades para normar reglamentariamente las labores, dictar las órdenes necesarias para la ejecución de las mismas, introducir cambios o modi fi car turnos, días u horas de trabajo, así como la forma y modalidad de la prestación de las labores, dentro de criterios de razonabilidad y teniendo en cuenta las necesidades del centro de trabajo; Que, el artículo 1° del Decreto Supremo Nº 039-91- TR establece que el Reglamento Interno de Trabajo, determina las condiciones a que deben sujetarse los empleadores y trabajadores en el cumplimiento de sus prestaciones; Que, el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, y modi fi catoria, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la Institución, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía en la Entidad, teniendo entre sus funciones el emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia, de acuerdo a lo establecido en el literal k) de dicho artículo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General y por el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modi fi catoria y con el visado de las O fi cinas de Asesoría Jurídica, Plani fi cación y Desarrollo Institucional y de Administración; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al Abog. JUAN PABLO MIRANDA LEO en el cargo de Asesor de la Alta Dirección del SENASA. Artículo 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución se afectará al presupuesto del Pliego: SENASA. Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE BARRENECHEA CABRERA JefeServicio Nacional de Sanidad Agraria 1084652-1DEFENSA Autorizan viaje de Personal Militar FAP a la República de Haití, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 208-2014-DE/FAP Lima, 19 de mayo de 2014Visto el O fi cio Nº 588 CCFFAA/DAAII/OP/REG de fecha 14 de marzo de 2014 del Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el O fi cio NC-55-COE3-Nº 0819 de fecha 09 de abril de 2014 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite NC-9-SGFA-Nº 1319 de fecha 14 de abril de 2014 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO:Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con dos (02) aeronaves de alta performance Hércules L-100-20 asignadas al Grupo Aéreo Nº 8 dentro de su fl ota de aeronaves de transporte, las cuales realizan vuelos en Operación Militar, vuelos en apoyo al Desarrollo Socio Económico y vuelos en apoyo al Sistema de Defensa Civil, así como vuelos a requerimiento de las más altas autoridades del Gobierno, todas en forma permanente, tanto en el ámbito interno como en el externo; Que, en cumplimiento de su misión el Grupo Aéreo Nº 8, recibió el O fi cio Nº 588 CCFFAA/DAAII/OP/REG de fecha 14 de marzo de 2014 del Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, solicitando se actualice el presupuesto de operación de dos (02) vuelos para trasladar al personal del Contingente XXI de la Compañía de Infantería Perú a la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República de Haití, a realizarse del 21 al 22 de mayo de 2014 y del 27 al 28 de mayo de 2014; Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar FAP que conformará las tripulaciones principales y alternas de la aeronave Hércules L-100-20 matrícula FAP 397 / 382, que trasladará al personal del Contingente XXI de la Compañía de Infantería Perú a la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República de Haití, del 21 al 22 de mayo de 2014 y del 27 al 28 de mayo de 2014; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que conformará las tripulaciones principales y alternas de la aeronave Hércules L-100-20 matrícula FAP 397 / 382, que trasladará al personal del Contingente XXI de la Compañía de Infantería Perú, a la ciudad de Puerto Príncipe - República de Haití: