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El Peruano Martes 20 de mayo de 2014 523555 CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 012-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 27736, dispone que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red CIL Promempleo (ahora Dirección General del Servicio Nacional del Empleo) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, señalando además, que los organismos públicos y empresas del Estado remitirán con 10 (diez) día hábiles de anticipación al inicio del concurso los puestos de trabajo vacantes a ofertar, debiendo designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, mediante Resolución del titular de la entidad, la cual deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano Que, el artículo 3 de la Ley N° 29849 incorpora, entre otros, el artículo 8 del Decreto Legislativo 1057 que establece que el acceso al régimen de Contratación Administrativa de Servicios se realiza obligatoriamente mediante concursos. La convocatoria se realiza a través del portal institucional de la entidad convocante, en la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el Portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios de información; Que, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, aprobado mediante Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, establece expresamente que el órgano encargado de los Contratos Administrativos de Servicios es la O fi cina de Recursos Humanos de cada entidad o la que haga sus veces; Que, en atención a la citada normatividad, a través de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 023-2014-MINEDU-VMGI-OBE-PRONABEC de fecha 20 de enero de 2014, se designó como responsables de remitir las ofertas de empleo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo al Abogado Wilder Alejandro Sifuentes Quilcate, Jefe (e) de la Unidad de Personal de la O fi cina de Administración como representante titular y al Licenciado Jesús Abraham Castillo Oré, Especialista en Recursos Humanos de la Unidad de Personal de la O fi cina de Administración, como representante alterno; Que, según documento del Visto, la O fi cina de Administración mani fi esta que habiéndose producido cambio de responsables en la Unidad de Personal de la Ofi cina de Administración debido a que la encargatura de dicha unidad orgánica otorgada al Abogado Wilder Alejandro Sifuentes Quilcate a través de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 017-2014-MINEDU-VMGI-OBE-PRONABEC, concluyo el pasado 15 de abril de 2014, retornando a sus funciones la C.P.C Ruth Margot Meléndez Vargas; Que, en tal sentido, se hace necesario realizar la acción administrativa que se contrae en la presente resolución, designando como responsable titular de remitir las ofertas de empleo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a la Jefe de la Unidad de Personal de la O fi cina de Administración, C.P.C Ruth Margot Meléndez Vargas, dando por concluida la designación del Abogado Wilder Alejandro Sifuentes Quilcate, y; Con el visto de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27736, Ley para la transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-TR; en el Decreto Legislativo 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, modi fi cado por la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 065-2011- PCM; en la Ley N° 29387 que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo y en su Manual de Operaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 108-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluido la designación efectuada mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 023-2014-MINEDU-VMGI-OBE-PRONABEC al Abogado Wilder Alejandro Sifuentes Quilcate como responsable titular de remitir las ofertas de empleo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Artículo 2°.- Designar, a partir de la fecha, como responsable titular de remitir las ofertas de empleo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la C.P.C Ruth Margot Meléndez Vargas, Jefe de la Unidad de Personal de la O fi cina de Administración. Artículo 3.- Dejar subsistente, en lo demás que contiene, la Resolución Directoral Ejecutiva N° 023-2014-MINEDU-VMGI-OBE-PRONABEC Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal institucional del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC (www.pronabec.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL CHOQUE LARRAURI Director Ejecutivo (e)Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo 1084844-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban Primera Modificación al Contrato de Concesión Definitiva Nº 384-2011, con relación a concesión definitiva para desarrollar actividad de generación de energía eléctrica (RER) en la Central Hidroeléctrica Cola I RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 221-2014-MEM/DM Lima, 8 de mayo de 2014VISTOS: El Expediente N° 18268310 organizado por Hidroeléctrica Cola S.A., sobre concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables (RER) en la futura Central Hidroeléctrica Cola I; y su solicitud de modi fi cación del Contrato de Concesión N° 384-2011; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Ministerial N° 465-2011- MEM/DM, publicada el 28 de octubre de 2011, se otorgó a favor de Hidroeléctrica Cola S.A. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica (RER) en la futura Central Hidroeléctrica Cola I, y se aprobó el Contrato de Concesión N° 384-2011, señalando en su Anexo N° 4 (Calendario de Ejecución de Obras), que las obras tendrán una duración de veinte y cuatro (24) meses, siendo el inicio el 02 de julio de 2012 y la Puesta en Operación Comercial (POC) el 30 de junio de 2014; Que, con fecha 23 de mayo de 2012, mediante el documento ingresado bajo Registro N° 2192379, Hidroeléctrica Cola S.A. solicitó la Primera Modi fi cación al Contrato de Concesión N° 384-2011, con el objeto de modi fi car el Calendario de Ejecución de Obras, para lo cual argumentó la existencia de razones de fuerza mayor, dado que la altura del Reservorio Palo Redondo del Proyecto Especial Chavimochic ha sufrido un variación de 72 m a 96 m, lo que no ha permitido el inicio de la ejecución de las obras en el plazo previsto; Que, con fecha 21 de febrero de 2014, mediante el documento con Registro N° 2369686, Hidroeléctrica Cola S.A. presentó para efectos de la Primera Modi fi cación al Contrato de Concesión N° 384-2011, el Calendario de Ejecución de Obras, en el que se indica que las obras de la Central Hidroeléctrica Cola I se iniciarán el 03 de marzo de 2015 y la fecha de la POC será el 28 de febrero de 2017; Que, conforme con la Cláusula Décimo Cuarta del Contrato de Concesión N° 384-2011, se remitió a OSINERGMIN el O fi cio N° 2340-2013/MEM-DGE, de fecha 21 de noviembre de 2013 para que informe si los argumentos expuestos por Hidroeléctrica Cola S.A. califi can como razones de fuerza mayor; Que, OSINERGMIN mediante el O fi cio N° 10071-2013- OS-GFE, de fecha 19 de diciembre de 2013 con registro