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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2014 (28/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 48

El Peruano Miércoles 28 de mayo de 2014 524006 el año fi scal 2014, y la autorización del viaje se realizará considerando la Directiva N° 01-2013-UNCP, Directiva de autorización y pago de pasajes y viáticos por comisión de servicios a los servidores de la UNCP, aprobado con Resolución N° 2489-R-2013; y De conformidad a las atribuciones conferidas por las normas legales vigentes y al acuerdo de Consejo Universitario del 16 de abril 2014; RESUELVE: 1º AUTORIZAR LA PARTICIPACIÓN de Dr. Jesús Eduardo Pomachagua Paucar Rector y Dr. Jorge Isaac Castro Bedriñana Vicerrector Académico en la I Cumbre Internacional de Excelencia en Calidad Educativa Iberoamericana EXIBED, a realizarse en Madrid-España, los días 27 y 28 de mayo 2014. 2º DISPONER que la autorización de pago de pasajes y viáticos se hará conforme a la Directiva N° 01-2013- UNCP para el Dr. Jesús Eduardo Pomachagua Paucar Rector y Dr. Jorge Isaac Castro Bedriñana Vicerrector Académico. 3º ENCOMENDAR a la Ofi cina de Secretaria General publique la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 4° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. 4° ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución al Vicerrectorado Académico y Vicerrectorado Administrativo a través de las Ofi cinas Generales, Ofi cinas y Unidades correspondientes. Regístrese y comuníquese. JESÚS EDUARDO POMACHAGUA PAUCAR Rector 1087674-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Inscriben a la organización política local distrital “Movimiento Independiente Político Villa Cambia” en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS RESOLUCIÓN N° 169-2014-ROP/JNE Lima, 25 de abril del 2014. VISTA: La solicitud presentada por el ciudadano Juan Carlos Mendoza Mendoza, personero legal titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) “MOVIMIENTO INDEPENDIENTE POLITICO VILLA CAMBIA”, del distrito de Villa el Salvador, provincia y región Lima; CONSIDERANDO: Que el 30 de enero del 2014, el ciudadano Juan Carlos Mendoza Mendoza, personero legal titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) “MOVIMIENTO INDEPENDIENTE POLITICO VILLA CAMBIA”; solicitó la inscripción de dicha organización política ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que cumple con todos los requisitos establecidos en el artículo 17º de la Ley N° 28094, Ley de Partidos Políticos, esto es, I) Relación de adherentes en número no menor del 3% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la organización desarrolla sus actividades, advirtiéndose en tal sentido que mediante el Ofi cio Nº 000115-2014/ GRE/SGVFAE/RENIEC, del 07 de febrero del 2014, la Sub Gerencia de Verifi cación de Firmas y Asistencia Electoral del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), informó que de un total de 10,096 fi rmas presentadas se declararon válidas 7,225 fi rmas, cantidad que supera las 6,932, necesarias para tal efecto y, II) Acta de constitución del Comité Distrital de Villa el Salvador, suscrita por más de 50 adherentes debidamente identifi cados; Que, adicionalmente, la organización política solicitante ha presentado un Acta de Fundación, el cual contiene la denominación, el domicilio legal, la designación del apoderado, representante legal, personeros legales y técnicos, el órgano directivo con las personas que ocuparán los cargos designados y la aprobación de un ideario con los principios, objetivos y visión del distrito de Villa el Salvador, provincia y región Lima; Que, con fecha 10 de abril del 2014, se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano”; la síntesis de la solicitud de inscripción a efectos que cualquier persona natural o jurídica ejerza su derecho de formular tacha contra la inscripción de la organización política solicitante, dentro del plazo de 05 días hábiles posteriores a la publicación, conforme lo señala el artículo 10° de la Ley 28094. En tal sentido mediante memorando N° 542-2014-SC/DGRS/ JNE, del 25 de abril del 2014, la Ofi cina de Servicios al Ciudadano informa que no se ha presentado tacha alguna contra la citada solicitud de inscripción, dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, a la OPLD. “MOVIMIENTO INDEPENDIENTE POLITICO VILLA CAMBIA”, del distrito de Villa el Salvador, provincia y región Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro de Organizaciones Políticas Locales, tomo 19, partida electrónica número 18 y regístrese la inscripción en el asiento número 1. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personeros legales titular y alterno a los ciudadanos: Juan Carlos Mendoza Mendoza y Armando Calvo Navarro, respectivamente. Regístrese y notifíquese. FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN Director del Registro de Organizaciones Políticas 1088281-1 MINISTERIO PUBLICO Nombran Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Lima Sur RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1965-2014-MP-FN Lima, 23 de mayo de 2014 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR al doctor ISIDORO JESÚS PRADO LEÓN, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Lima Sur, con retención de su cargo de carrera. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Presidencia de la Junta de