Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2014 (01/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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MORDAZA, diecisiete de setiembre de dos mil catorce. VISTO el Oficio Nº 098-2014-MPV-SG, presentado el 1 de setiembre de 2014 por Luz MORDAZA Desposorio Plaza, Jefa de la Oficina de Secretaria general de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, el cual comunica la licencia que fue concedida al regidor MORDAZA Ostino MORDAZA Gonzales. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de MORDAZA de 2014, fecha de cierre de inscripcion de candidatos. La licencia gozara de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta dias naturales MORDAZA de la fecha de elecciones. 2. Esta disposicion tambien es de aplicacion para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion Nº 0140-2014JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios publicos por ser elegidos mediante MORDAZA popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 3. Mediante el Acuerdo de Concejo Nº 049-2014MPV, de fecha 17 de MORDAZA de 2014 (fojas 03), el concejo municipal concedio licencia al regidor MORDAZA Ostino MORDAZA MORDAZA, con motivo de su participacion en las elecciones municipales 2014, por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideracion que la solicitud del regidor MORDAZA Ostino MORDAZA MORDAZA cuenta con la aprobacion del concejo municipal, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 01402014-JNE, procede convocar a Gilvan MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 27990261, candidato no proclamado de la alianza electoral Sumate - Peru Posible, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA Ostino MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, por el periodo de la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a Gilvan MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 27990261, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida a MORDAZA Ostino MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1158543-5

El Peruano Sabado 1 de noviembre de 2014

Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 2763-2014-JNE Expediente Nº J-2014-0217 MORDAZA EL MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO MORDAZA, diecinueve de setiembre de dos mil catorce. VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cauti, secretaria general de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, al haberse declarado fundada la solicitud de suspension de MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de regidor de dicha comuna, por causal prevista en el articulo 25, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES Con fecha 6 de MORDAZA de 2014, mediante Resolucion Nº 360-A-2014-JNE (fojas 119 a 120), este Supremo Tribunal Electoral aprobo el Acuerdo de Concejo Nº 0072014/MVES (fojas 3 a 5), de fecha 27 de enero de 2014, que impuso a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA, la sancion de suspension por la causal prevista en el articulo 25, inciso 4, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y, asimismo, convoco a Ruzmeri MORDAZA MORDAZA para que asuma provisionalmente el cargo de regidora, en reemplazo de la autoridad MORDAZA suspendida. Posteriormente, mediante Oficio Nº 75-2014-SG/ MVES (fojas 129 a 131), recibido el 26 de junio de 2014, la secretaria general de la citada comuna puso en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones que la regidora convocada, pese a haber sido notificada tanto en el domicilio consignado por MORDAZA misma en su declaracion jurada de MORDAZA como en su domicilio real (fojas 132 a 138), no pudo ser ubicada para que MORDAZA conocimiento de la Resolucion Nº 360-A-2014-JNE, por lo que quedo frustrada su ceremonia de juramentacion. Ante ello, mediante Oficio Nº 5364-2014-SG/JNE, recibido en sede municipal el 15 de MORDAZA de 2014 (fojas 153), se solicito a la secretaria general de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA que remita la Carta Nº 1802014-SG/MVES, con la que se notifico a Ruzmeri MORDAZA MORDAZA en su domicilio real con la Resolucion Nº 360-A2014-JNE. Dicha solicitud fue atendida mediante Oficio Nº 84-2014-SG/MVES (fojas 154). CONSIDERANDOS 1. A fin de que el concejo municipal en cuestion pueda realizar debidamente las funciones y competencias que le encomienda el articulo 195 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el articulo 9 de la LOM, y de modo que pueda cumplir con las responsabilidades que mantiene frente a la comunidad del distrito de MORDAZA el MORDAZA, resulta de impostergable necesidad reemplazar a la autoridad suspendida. Por ello, al no haber juramentado la reemplazante designada por la Resolucion Nº 360-A2014-JNE, pese a habersele cursado comunicaciones tanto en el domicilio consignado por MORDAZA misma en su declaracion jurada de MORDAZA como en su domicilio real, corresponde convocar al candidato siguiente en la lista, en conformidad con el Acta de Proclamacion de Resultados de Computo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del 24 de noviembre de 2010 (fojas 104 a 116), remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur, en el MORDAZA del MORDAZA de las elecciones municipales del ano 2010. 2. Por todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 25, y en el numeral 2 del articulo 24, de la LOM, a efectos de completar el numero de regidores del Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA, corresponde convocar a MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 44574408, candidata no proclamada del partido politico Peru Posible,

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