Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2014 (02/11/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA 2 de noviembre de 2014

536643

MORDAZA, once de setiembre dos mil catorce. VISTOS los Oficios Nº 413-2014-ST-CR/GOB.REG. TACNA, Nº 444-2014-ST-CR/GOB.REG.TACNA y Nº 4692014-ST-CR/GOB.REG.TACNA, presentados el 21 de agosto, 4 y 11 de setiembre de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretario tecnico del consejo regional, los cuales comunican la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, consejero regional del Gobierno Regional de Tacna. CONSIDERANDOS 1. El numeral 17 y el literal a del numeral 24, del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru, establecen que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la MORDAZA politica de la Nacion, asi como el de gestionar lo que no esta prohibido por ley. 2. La Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, no ha regulado expresamente el caso de los consejeros regionales actualmente en funciones que pretendan postular en las elecciones regionales 2014, por lo que nos les resulta aplicable la exigencia de solicitar licencia alguna, tal como lo precisa el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en el articulo octavo de la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014. Consecuentemente, se debe precisar que si bien no requieren solicitar licencia, no es impedimento para su tramitacion conforme a ley. 3. Mediante el Acuerdo de Consejo Regional Nº 0532014-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 13 de agosto de 2014 (fojas 02 y 03), el Consejo Regional de Tacna, concedio la licencia que presento el consejero regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideracion que la solicitud de licencia cuenta con la aprobacion del consejo regional, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion N.º 0140-2014-JNE, asi como de la aplicacion supletoria del ultimo parrafo del articulo 31 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, resulta procedente convocar a MORDAZA MORDAZA Molinero MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 00496351, accesitario del consejero regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme al acta de proclamacion de resultados emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tacna, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010, para que asuma temporalmente el cargo de consejero regional. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, consejero regional del Gobierno Regional de Tacna, mientras este vigente la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA Molinero MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 00496351, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero regional del Gobierno Regional del Tacna, mientras este vigente la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1158541-6

Convocan a ciudadanos para que asuman los cargos de MORDAZA y regidores de la Municipalidad Distrital de Corani, provincia de Carabaya, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 2857-A-2014-JNE Expediente Nº J-2014-03028 CORANI - CARABAYA - MORDAZA MORDAZA, veintiseis de setiembre de dos mil catorce. VISTO el Oficio Nº 0185-2014-MDC/A, presentado el 25 de setiembre de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Corani, provincia de Carabaya, departamento de MORDAZA, el cual comunica la licencia concedida al MORDAZA y al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huaquisto. CONSIDERANDOS 1. El numeral 17 y el literal a del numeral 24, del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru, establecen que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la MORDAZA politica de la Nacion, asi como el de gestionar lo que no esta prohibido por ley. 2. El ultimo parrafo del articulo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, establece que los alcaldes y regidores que postulen a la reeleccion no requieren solicitar licencia, disposicion de aplicacion para el caso de los alcaldes y regidores que participen, en la reeleccion en el cargo, en las elecciones municipales de 2014. Consecuentemente, se debe precisar que si bien no requieren solicitar licencia alguna, no es impedimento para su tramitacion conforme a ley. 3. Mediante el Acuerdo de Concejo Nº 070-2014-MDC/ PC, de fecha 8 de setiembre de 2014 (fojas 02 y 03), el concejo municipal concedio licencias al MORDAZA MORDAZA MORDAZA Muniz MORDAZA y al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con motivo de su participacion en la reeleccion en el cargo que ejercen, en las elecciones municipales 2014, por el periodo comprendido entre el 9 de setiembre y el 9 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideracion que las solicitudes de licencia cuentan con la aprobacion del concejo municipal, en cumplimiento de lo previsto en el numeral 1, del articulo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), resulta procedente convocar al primer regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 01689253, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida a su titular. 5. Asimismo, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del articulo 24 de la LOM, corresponde convocar a MORDAZA Jhuliza MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 52758843, candidata no proclamada del movimiento regional Proyecto Politico Aqui y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 80044305, candidato no proclamado del movimiento regional Moral y Desarrollo, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Azangaro, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Corani, provincia de Carabaya, departamento de MORDAZA, y la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la referida comuna, por el periodo de las licencias concedidas. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 01689253, para que asuma provisionalmente el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Corani, provincia de Carabaya, departamento de MORDAZA, mientras

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.