Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2014 (02/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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acreditar la presencia de los dos primeros elementos senalados en el considerando cuarto. Analisis de los elementos de la causal de nepotismo en el caso concreto La existencia de la relacion de parentesco 9. En su solicitud de vacancia, la recurrente afirmo que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el trabajador municipal MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA son hermanos, es decir, parientes en MORDAZA grado de consanguinidad, relacion de parentesco comprendida dentro de los alcances del nepotismo. Y, a efectos de demostrar el entroncamiento familiar, presento las fichas Reniec de los MORDAZA mencionados, las cuales corren a fojas 6 y 7 del expediente acompanado. 10. Como se ha senalado en la Resolucion N. ° 00182014-JNE, del 7 de enero de 2014, la prueba idonea para acreditar la relacion de parentesco entre la autoridad MORDAZA cuestionada y el servidor o trabajador municipal son las partidas o actas de nacimiento y/o de matrimonio, tanto de los implicados como de sus parientes, de modo que se establezca de manera fehacientemente el parentesco por consanguinidad, afinidad o el vinculo matrimonial. 11. En sus descargos presentados ante el concejo municipal, el 2 de octubre de 2013, el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA senalo que la solicitante de la vacancia no habia cumplido con presentar las partidas de nacimiento que acrediten el vinculo de consanguinidad invocado, transgrediendo lo dispuesto en el articulo 23 de la LOM, que establece que el pedido de vacancia debe estar sustentado con la prueba que corresponda, y el articulo 162.2 de la LPAG, referente, segun dijo, a la obligacion de los administrados de aportar las pruebas de los hechos afirmados. Ello, sin embargo, no es exacto. 12. En efecto, contrariamente a lo sostenido por la autoridad MORDAZA cuestionada, los procedimientos de vacancia y suspension tramitados en sede municipal estan gobernados por los principios de impulso de oficio y verdad material, contemplados en el Articulo IV, numerales 1.3 y 1.11. del Titulo Preliminar de la LPAG, respectivamente. En virtud de ello, las autoridades estan en la obligacion de dirigir e impulsar de oficio el procedimiento, a fin de verificar plenamente los hechos que sirven de sustento a sus decisiones, para lo cual deben disponer la realizacion de todas las diligencias probatorias que MORDAZA necesarias para determinar la veracidad o falsedad de los hechos que se imputan. De ahi que el articulo 162.1 de la LPAG prevea que la carga de la prueba se rige por el MORDAZA de impulso de oficio, precisamente, para cautelar el cumplimiento del MORDAZA de verdad material, constrinendo al organo competente a resolver con sujecion a hechos materialmente verdaderos, independientemente de que ellos hayan sido alegados y probados por el administrado. 13. En el caso concreto, si bien con la solicitud de vacancia no se presentaron las actas de nacimiento que acreditaran la relacion de parentesco denunciada, las mismas fueron incorporadas al procedimiento a traves del Oficio Nº 344-2013-MPN-OCI, de fecha 12 de agosto de 2013, mediante el cual el jefe del OCI de la Municipalidad Provincial de Nasca alcanzo a este organismo electoral el informe resultante de la Actividad de control Nº 02-0407-2013-013, relativo al incumplimiento de la normativa de ejercer la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el sector publico, entre cuyos anexos obran las copias de las actas de nacimiento del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 15 y 14 del expediente acompanado, respectivamente). Y posteriormente, con el recurso de apelacion, la solicitante de la vacancia acompano las copias certificadas de las actas MORDAZA mencionadas, que corren en fojas 202 y 203. 14. Adicionalmente, del Oficio Nº 312-2013-MPNOCI (fojas 16 del expediente acompanado), se aprecia que el jefe del OCI de la Municipalidad Provincial de Nasca alcanzo al MORDAZA el informe resultante de la Actividad de control Nº 02-0407-2013-013 "para la tramitacion de la vacancia, conforme lo establecen las disposiciones legales vigentes, con conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones". Segun consta del propio documento, el oficio fue recibido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, jefe de la oficina de Secretaria

El Peruano MORDAZA 2 de noviembre de 2014

General de la Municipalidad Provincial de Nasca, el 22 de MORDAZA de 2013, a las 17:19 horas. Y aun mas, en sus descargos, la propia autoridad MORDAZA invoco a su favor el informe resultante de la Actividad de control Nº 020407-2013-013, a efectos de desvirtuar el beneficio economico que habria obtenido MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con su designacion como encargado de la gerencia de servicios a la poblacion y medio ambiente. 15. Por consiguiente, habiendose incorporado las actas de nacimiento al procedimiento de vacancia, y siendo uno de los elementos a dilucidar la existencia o no de la relacion de parentesco denunciada, este organo jurisdiccional en materia electoral esta en la obligacion de valorarlas para determinar la veracidad de los hechos en discusion. 16. De la revision de las actas de nacimiento que obran en autos se llega a la conclusion, que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA son hermanos, pues ambos son hijos de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Velarde. 17. En consecuencia, el primer elemento de la causal de vacancia por nepotismo esta acreditado. La existencia de una relacion laboral o contractual entre la entidad municipal y la persona contratada 18. Con respecto al MORDAZA elemento, esta demostrada la existencia de una relacion laboral entre la Municipalidad Provincial de Nasca y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velarde. En efecto, de los anexos del informe resultante de la Actividad de control Nº 02-0407-2013-013 se aprecia la ficha personal de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la que se registra que ingreso a trabajar a la Municipalidad Provincial de Nasca el 31 de agosto de 1988, en la condicion laboral de permanente, grupo ocupacional STC, y con grado de instruccion MORDAZA de secundaria (fojas 29 del expediente acompanado). Obran tambien las boletas de pago del mencionado trabajador, correspondientes a los meses de agosto y diciembre del ano 2010, con el cargo de jefe de Transportes (fojas 32 y 34), de enero, febrero y MORDAZA de 2011, con el cargo de subgerente de Servicios Sociales y Comunales (fojas 347 a 349 del expediente acompanado), de MORDAZA y diciembre de 2011, y enero, MORDAZA y diciembre de 2012, con el cargo de encargado de la gerencia de servicios poblacionales y medio ambiente (fojas 420 a 424 del expediente acompanado). 19. Asi tambien, se tienen las boletas de pago de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentadas con los descargos del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que corren de fojas 51 a 59. 20. Por consiguiente, se tiene tambien por cumplido el MORDAZA elemento de la causal de nepotismo. La designacion en cargos de confianza 21. La solicitante de la vacancia alega que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, valiendose de su cargo, designo a su hermano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como encargado de la gerencia de Servicios a la Poblacion y Medio Ambiente de la Municipalidad Provincial de Nasca. 22. Mediante Ordenanza Nº 012-2011-MPN, del 3 de febrero de 2011 (fojas 351 y 352 del expediente acompanado), la Municipalidad Provincial de Nasca aprobo su MORDAZA ROF, estableciendo en la estructura organica de la entidad a la unidad organica denominada gerencia de Servicios a la Poblacion y Medio Ambiente, la cual se encuentra a cargo de un funcionario de confianza con la categoria de gerente, quien depende jerarquicamente del gerente municipal, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 92 del citado instrumento de gestion institucional (fojas 353 a 411 del expediente acompanado). 23. A traves de la Resolucion de Alcaldia Nº 03842011-MPN/A, del 21 de junio de 2011 (fojas 10), el MORDAZA designo a su hermano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como encargado de la gerencia de Servicios a la Poblacion y Medio Ambiente de la Municipalidad Provincial de Nasca, cargo que desempeno desde el 21 de junio de 2011 al 28 de diciembre de 2012, de acuerdo con la Resolucion de Alcaldia Nº 490-2012-AMPN, del 28 de diciembre de 2012 (fojas 11). 24. En sus descargos, el MORDAZA ha senalado que las gestiones anteriores confiaron al servidor MORDAZA MORDAZA

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