Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2014 (08/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Sabado 8 de noviembre de 2014

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VISTO: El escrito de fecha 22 de octubre de 2014, presentado por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Supernumerario del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla ­ MORDAZA Noroeste; y, CONSIDERANDO: Primero.- Mediante escrito presentado el 22 de octubre de 2014, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Supernumerario del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla ­ MORDAZA Noroeste, solicita se le conceda licencia con goce de haber por el dia 27 de octubre de 2014, fecha en la cual debera acudir a su entrevista personal programada por el Consejo Nacional de la Magistratura, dentro del MORDAZA de la Convocatoria Nº 0042014-SN/CNM, segun se desprende de la documentacion anexada, que es de conocimiento publico. Segundo.- El articulo 35º, inciso 10) de la Ley de MORDAZA Judicial, aprobada por Ley Nº 29277, dispone el derecho de los jueces a solicitar permisos y licencias conforme a ley; siendo la licencia, la autorizacion para dejar de asistir al centro de trabajo uno o mas dias, otorgada a pedido de parte y condicionada a la conformidad institucional. La licencia se concede con goce de remuneraciones, sin goce de remuneraciones o a cuenta del periodo vacacional, formalizandose mediante resolucion emanada por organo competente, conforme lo establece el articulo 6º del Reglamento de Licencias para Magistrados del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 0182004-CE-PJ del 05 de febrero de 2004. Tercero.- En ese orden de ideas, el articulo 241º, inciso 2), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, establece que la licencia con goce de haber se concede al magistrado "Por motivo justificado, hasta por treinta dias, no pudiendo otorgarse mas de dos licencias en un ano y siempre que MORDAZA no excedan los treinta dias indicados"; en consecuencia, la licencia solicitada por el magistrado para asistir a su entrevista personal convocada por el Consejo Nacional de la Magistratura resulta justificada, correspondiendo por tanto se le conceda licencia por motivo justificado por el dia 27 de octubre del presente ano, por encontrarse arreglada a ley, conforme se acredita con la documentacion anexada a su solicitud. Cuarto.- Asimismo, corresponde disponer la encargatura del despacho del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla, en adicion a sus funciones, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla ­ MORDAZA Noroeste, por el dia 27 de octubre de 2014. En tal virtud, y estando a las atribuciones de las que esta investida esta Presidencia (e), de conformidad con el articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE HABER por motivo justificado, a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Supernumerario del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla ­ MORDAZA Noroeste, por el dia 27 de octubre de 2014. Articulo Segundo.- ENCARGAR el despacho del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla, en adicion a sus funciones, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Supernumerario del Juzgado Paz Letrado Transitorio de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla ­ MORDAZA Noroeste, por el dia 27 de octubre de 2014. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Personal y Escalafon Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Personal y Oficina de Administracion, asi como, de los interesados, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta (e) 1160621-16

Disponen remitir al Juzgado de MORDAZA y Seguridad Vial Transitorio de Ventanilla, de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - MORDAZA Noroeste, los procesos ingresados desde el 30 de setiembre de 2014 y expedientes (denuncias nuevas) que fueron ingresados aleatoriamente a otros organos jurisdiccionales
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA - MORDAZA NOROESTE RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 032-2014-P-CSJVLNO/PJ Ventanilla, 27 de octubre de 2014 VISTO: El Informe N° 005-2014-MBJV-PJ-GSPS de fecha 27 de octubre de 2014, cursado por la servidora MORDAZA S. Paiva MORDAZA, Administradora (e) del Modulo Basico de Justicia de Ventanilla. CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolucion Administrativa Nº 255-2014-CE-PJ de fecha 23 de MORDAZA de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 08 de agosto 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la conversion y reubicacion a partir del 1º de Setiembre hasta el 31 de Noviembre de 2014, del Tercer Juzgado Penal Transitorio - Reos Libres del Callao, como Juzgado de MORDAZA y Seguridad Vial Transitorio de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia del Callao. Segundo.- Por Resolucion Administrativa N° 1282014-CE-PJ del 23 de MORDAZA de 2014, complementada por las Resoluciones Administrativas N° 219, 288 y 317-2014CE-PJ de fechas 27 de MORDAZA, 27 de agosto y 17 de agosto de 2014 respectivamente, se creo el Distrito Judicial de Ventanilla - MORDAZA Noroeste, con sede en el Distrito de Ventanilla, y cuyo ambito de competencia comprende los distritos de Ancon, MORDAZA MORDAZA, Ventanilla y Mi Peru. Asimismo, mediante Resolucion Administrativa N° 2792014-CE-PJ del 12 de agosto de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de setiembre de 2014, se dispuso el funcionamiento del citado Distrito Judicial, a partir del 30 de setiembre de 2014. Tercero.- Mediante el informe del visto, laAdministradora (e) del Modulo Basico de Justicia de Ventanilla, pone en conocimiento que el Juzgado de MORDAZA y Seguridad Vial Transitorio de Ventanilla fue trasladado fisicamente al citado modulo el 08 de setiembre de 2014, detallando problemas de orden tecnico que habrian originado que dicho juzgado recien fuera instalado el 15 de setiembre de este ano. De otro lado, informa que, por problemas en el sistema informatico, en el mes de setiembre de 2014 se ingresaron aleatoriamente cuatro expedientes (denuncias nuevas) al Primer y MORDAZA Juzgado Penal de Ventanilla, que deben ser redistribuidos al Juzgado de MORDAZA y Seguridad Vial Transitorio de Ventanilla; ademas de la existencia de treinta y cinco denuncias nuevas que se encuentran en custodia del Centro de Distribucion General ­CDG­, precisando que, al no tenerse respuesta en cuanto a la aclaratoria solicitada por la Corte Superior de Justicia del Callao, mediante Oficio N° 6103-2014-PCSJCL/PJ de fecha 28 de agosto de 2014, el referido Juzgado no ha recepcionado denuncia alguna. Cuarto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo, dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables, y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para adoptar las medidas administrativas correspondientes, en aras de mejorar y optimizar la conduccion de la administracion de la Corte de Justicia a su cargo. Quinto.- Siendo asi, y sin perjuicio de reiterarse la consulta efectuada en su oportunidad por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, mediante Oficio N° 6103-2104-P-CSJCL/PJ de fecha 29 de agosto de 2014, corresponde disponer que los procesos nuevos

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