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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (08/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Sábado 8 de noviembre de 2014 537110 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Freddy Ralf Guzmán Milla, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 09 al 14 de noviembre de 2014 a la ciudad de Dallas, Estados Unidos de América, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 607-2014- MTC/12.04 y Nº 371-2014-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil y de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, respectivamente. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Aero Transporte S.A., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 09 AL 14 DE NOVIEMBRE DE 2014 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 371-2014-MTC/12.04 Y Nº 607-2014-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 3101-2014- MTC/12.04 09-Nov 14-Nov US$ 880.00 AERO TRANSPORTE S.A. Guzmán Milla, Freddy Ralf Dallas E.U.A. Chequeo técnico de Verifi cación de Competencia en simulador de vuelo, en el equipo PA-42, a su personal aeronáutico 12266-12575- 13324 1161551-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la EPS SELVA CENTRAL S.A., EPS MOYOBAMBA S.R.LTDA., EMAPA CAÑETE S.A. y de EMAPA HUARAL S.A., en el marco del Programa de Medidas de Rápido Impacto I - PMRI I RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 392-2014-VIVIENDA Lima, 7 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2006- VIVIENDA, se aprobó el “Plan Nacional de Saneamiento 2006-2015 – Agua es Vida”, del cual forma parte el Programa de Medidas de Rápido Impacto – PMRI, cuyo objetivo es apoyar a las pequeñas y medianas empresas con proyectos que a corto plazo tengan impacto favorable en la generación de caja, de tal modo que puedan superar su situación de crisis fi nanciera y solventar sus propios requerimientos de inversión; Que, por Decreto Supremo Nº 185-2006-EF, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW) hasta por la suma de € 12 035 502,58 (DOCE MILLONES TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS DOS Y 58/100 EUROS), así como, el Aporte Financiero No Reembolsable hasta por la suma de € 1 700 000,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS MIL Y 00/100 EUROS), para fi nanciar el Programa de Medidas de Rápido Impacto I – PMRI I, en adelante el Programa; Que, con fecha 15 de diciembre del 2006 se suscribió el Contrato de Préstamo y Aporte Financiero entre la República del Perú representada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a los efectos de la ejecución del Contrato y por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para la ejecución del Programa y el KfW, con el objeto de fi nanciar las medidas del Programa, que comprenden el fi nanciamiento de suministro y obras para el mejoramiento y ampliación en los sistemas de agua potable y alcantarillado de las Empresas Prestadoras de Servicios (EPS) participantes en el Programa; así como, los servicios de consultoría, diseño y supervisión; precisándose que el Programa se ejecutará a través de la Unidad Coordinadora del Programa (UCP), creada en el ámbito del MVCS; Que, conforme al literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 del Contrato de Préstamo y Aporte Financiero antes indicado, el prestatario a través del MVCS preparará y ejecutará el Programa y cuidará que las EPS operen y mantengan los proyectos de inversión observando los principios fi nancieros y técnicos; así como, la concepción del Programa acordado con el KfW; asimismo, el literal b) del numeral 7.2 del artículo 7 del citado Contrato establece que el prestatario garantizará la fi nanciación total del Programa y comprobará ante el KfW, cuando éste lo solicite, la cobertura de los gastos no fi nanciados con el Préstamo ni con el Aporte Financiero; por otra parte, el numeral 7.5 del citado artículo señala, entre otros, que la contrapartida nacional se transferirá directamente a las EPS por parte del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante Ofi cio Nº 173-2014/VIVIENDA/ VMCS, la Viceministra de Construcción y Saneamiento del MVCS, comunicó al MEF la no continuación de los desembolsos del préstamo en el marco del PMRI I; así como, la reducción del mismo en cada una de las EPS; a su vez indicó que las medidas que no fueron ejecutadas como parte del PMRI I en cada una de las EPS y que no alcanzaron a fi nanciarse con recursos del préstamo, serán fi nanciadas con recursos ordinarios del MVCS; Que, por el Convenio N° 939-2014-VIVIENDA/VMCS/ PNSU, Convenio Específi co de Transferencia Financiera entre el MVCS y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Selva Central S.A. – EPS SELVA CENTRAL S.A., se estableció que VIVIENDA transferirá recursos hasta por la suma de S/. 1 406 003,25, con cargo a la