Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2014 (14/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Viernes 14 de noviembre de 2014

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organismos reguladores a dictar, en el ambito y materia de su competencia, los reglamentos, normas de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, conforme al articulo 19 del Reglamento General de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172001-PCM, la funcion normativa permite a la SUNASS dictar de manera exclusiva, dentro de su ambito de competencia, reglamentos, directivas y normas de caracter general aplicables a intereses, obligaciones o derechos de las empresas prestadoras o actividades bajo su ambito o de sus usuarios; Que, de acuerdo a lo senalado en el articulo 24 del Reglamento General de la SUNASS y el literal b) del articulo 3.1 de la Ley MORDAZA, la SUNASS es el organismo regulador de los servicios de saneamiento, encargado de determinar las tarifas para los servicios de saneamiento; Que, el articulo 102 del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA, senala que las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) tienen la obligacion de presentar su Plan Maestro Optimizado revisado y actualizado a mas tardar nueve meses MORDAZA de concluir el quinquenio regulatorio, el cual servira de sustento para determinar la formula tarifaria del siguiente quinquenio regulatorio; Que, pese a la existencia de la obligacion MORDAZA senalada, de la casuistica regulatoria se ha verificado una demora en la MORDAZA del referido instrumento regulatorio por parte de las EPS, lo que ha generado un retraso en la determinacion de sus formulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestion del siguiente quinquenio regulatorio; Que, adicionalmente se ha verificado la ocurrencia de otros eventos que tambien generan un desfase entre quinquenios regulatorios a pesar de haberse presentado el PMO dentro del plazo previsto, tales como: retrasos en el envio de informacion adicional requerida para la elaboracion del respectivo Estudio Tarifario y aquellos relacionados a cambios significativos en los supuestos de formulacion del PMO (por ejemplo, envio de nueva informacion por parte de la EPS y cambios en el Programa de Inversiones), entre otros; Que, en consecuencia, resulta conveniente establecer el regimen de transicion entre quinquenios regulatorios y un mecanismo excepcional para la determinacion de una Tarifa Provisional que regule la prestacion de los servicios de saneamiento durante el periodo de transicion entre quinquenios regulatorios; Que, el articulo 23 del Reglamento General de la SUNASS, establece que las decisiones normativas o regulatorias deben ser previamente publicadas para recibir opiniones del publico en general, como requisito para la aprobacion de las normas de alcance general y regulaciones; Que, de conformidad a lo anterior, la SUNASS aprobo, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 027-2014SUNASS-CD, la publicacion de la propuesta, otorgandose un plazo de quince dias calendario para recibir comentarios de los interesados; Que, evaluados los comentarios recibidos, corresponde aprobar el texto definitivo de la norma; Segun lo dispuesto por el articulo 20 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de la Gerencia de Politicas Normas, Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Regulacion Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesion Nº 21-2014; HA RESUELTO: Articulo 1º.- Incorporar al Reglamento General de Tarifas, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias, el Titulo 6 "Regimen de Transicion entre Quinquenios Regulatorios" de acuerdo al siguiente texto: "TITULO 6 REGIMEN DE TRANSICION ENTRE QUINQUENIOS REGULATORIOS Articulo 62.- Regimen aplicable entre quinquenios regulatorios Vencido el quinquenio regulatorio y en tanto la SUNASS no apruebe la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas

de MORDAZA, en merito del Plano Perimetrico - Ubicacion Nº 4577-2014/SBN-DGPE-SDAPE y Memoria Descriptiva Nº 2289-2014/SBN-DGPE-SDAPE, los mismos que sustenta la presente resolucion; Que, los literales b) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal a realizar el diagnostico y/o saneamiento tecnico-legal de la propiedad inmobiliaria estatal, asi como de la propiedad de las Entidades que lo soliciten, y emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias, Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; y, Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0816-2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 22 de octubre de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el area, linderos y medidas perimetricas del predio de 600 303,06 m², denominado "Fundo MORDAZA sector 7 y 8" ubicado en el Cerro El MORDAZA, Fundo MORDAZA sector 7 y 8 distrito de El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la partida electronica Nº 44331047 del Registro de Predios de MORDAZA, por el area real de 610 556,95 m², segun la documentacion tecnica que sustenta la presente resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion, inscribira en el Registro de Predios de MORDAZA la rectificacion de area, linderos y medidas perimetricas dispuesta en el articulo precedente. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1163714-2

ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Modifican el Reglamento General de Tarifas, aprobado mediante Res. Nº 0092007-SUNASS-CD y sus modificatorias
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 032-2014-SUNASS-CD MORDAZA, 11 de noviembre de 2014 VISTO: El Informe Nº 016-2014-SUNASS-100, presentado por las Gerencias de Politicas y Normas, Regulacion Tarifaria y de Asesoria Juridica, que contiene la propuesta de modificacion del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 0092007-SUNASS-CD y sus modificatorias, incorporando el Titulo 6 "Regimen de Transicion entre Quinquenios Regulatorios", su correspondiente exposicion de motivos y la evaluacion de los comentarios recibidos; CONSIDERANDO: Que, el literal c) del articulo 3.1 de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos (en adelante Ley Marco), aprobada por Ley Nº 27332 y modificada por la Ley Nº 27631, faculta a los

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