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El Peruano Viernes 21 de noviembre de 2014 538062 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, la citada profesional deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1167660-8 RELACIONES EXTERIORES Modifican Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014 de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 DECRETO SUPREMO N° 067-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014” de la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2014; Que, conforme al numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30114, las cuotas internacionales contenidas en el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014” podrán ser modifi cadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, realizada la evaluación y priorización correspondiente se estima necesario modifi car el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014”, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Pliego Presupuestario 003: Ministerio de Cultura, de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, a efectos de atender el pago de cuotas de las organizaciones internacionales que no fueron previstos en su oportunidad; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; DECRETA: Artículo 1°.- Adición Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Pliego Presupuestario 003: Ministerio de Cultura, respecto de los siguientes organismos internacionales y su contribución respectiva: PLIEGO PRESUPUES- TARIO MONTO (En nuevos soles) PERSONA JURÍDICA 003 –CULTURA 10,906.10 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA - UNESC Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial 10,906.10 Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural 62,810.00 Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe - CERLALC 17,230.50 Centro Internacional de Estudios para la Conservación y la Restauración de Bienes Culturales (ICCROM) 114,200.00 SECRETARÍA GENERAL IBEROAMERICANA - SEGIB Programa IBER MUSEOS 142,750.00 Programa IBER MUSICA 57,435.00 Programa IBER RUTAS 216,980.00 Programa IBERESCENA 428,250.00 Programa IBERMEDIA 28,550.00 Programa IBERMEMORIA 37,115.00 Conferencia de A u t o r i d a d e s Cinematográfi cas de Iberoamérica (CACI) Secretaria Ejecutiva de la Cinematografía Iberoamericana (SECI) 79,940.00 Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de Iberoamérica - ABINIA Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de Iberoamérica - ABINA IBERBIBLIOTECA 5,743.50 International Federation of Library Associations and Institutions - IFLA International Federation of Library Associations and Institutions - IFLA Artículo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1167660-1 SALUD Autorizan viaje de profesionales de la DIGEMID a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 068-2014-SA Lima, 20 de noviembre del 2014 CONSIDERANDO: Que, en el Departamento de Medicamentos de Uso Humano de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), en la ciudad de Madrid,