Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2014 (21/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

538062
Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, la citada profesional debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA GHEZZI MORDAZA Ministro de la Produccion 1167660-8
003 ­CULTURA 17,230.50 PLIEGO PRESUPUESTARIO MONTO (En nuevos soles) 10,906.10

El Peruano Viernes 21 de noviembre de 2014

PERSONA JURIDICA Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial Convencion para la Proteccion del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural

10,906.10

62,810.00

ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS Centro Regional para PARA LA EDUCACION, el Fomento del Libro en MORDAZA Latina y el Caribe LA CIENCIA Y LA CULTURA - UNESC - CERLALC Centro Internacional de Estudios para la Conservacion y la Restauracion de Bienes Culturales (ICCROM) Programa IBER MUSEOS Programa IBER MUSICA Programa IBER RUTAS Programa IBERESCENA Programa IBERMEDIA SECRETARIA GENERAL Programa IBERMEMORIA IBEROAMERICANA Conferencia de - SEGIB A u t o r i d a d e s Cinematograficas de Iberoamerica (CACI) Secretaria Ejecutiva de la Cinematografia Iberoamericana (SECI)

114,200.00 142,750.00 57,435.00 216,980.00 428,250.00 28,550.00

RELACIONES EXTERIORES
Modifican Anexo B: Cuotas Internacionales - Ano Fiscal 2014 de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014
DECRETO SUPREMO N° 067-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Ano Fiscal 2014" de la Ley N° 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el ano fiscal 2014; Que, conforme al numeral 1.3 del articulo 1 de la Ley N° 30114, las cuotas internacionales contenidas en el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Ano Fiscal 2014" podran ser modificadas, previa evaluacion y priorizacion por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a traves de Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, realizada la evaluacion y priorizacion correspondiente se estima necesario modificar el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Ano Fiscal 2014", Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Pliego Presupuestario 003: Ministerio de Cultura, de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, a efectos de atender el pago de cuotas de las organizaciones internacionales que no fueron previstos en su oportunidad; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y el numeral 1.3 del articulo 1 de la Ley N° 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; DECRETA: Articulo 1°.- Adicion Modifiquese el Anexo B: Cuotas Internacionales - Ano Fiscal 2014 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Pliego Presupuestario 003: Ministerio de Cultura, respecto de los siguientes organismos internacionales y su contribucion respectiva:

37,115.00

79,940.00

Asociacion de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de Iberoamerica - ABINIA

Asociacion de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de Iberoamerica - ABINA IBERBIBLIOTECA

5,743.50

International Federation International Federation of of Library Associations Library Associations and and Institutions - IFLA Institutions - IFLA

Articulo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de noviembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1167660-1

SALUD
Autorizan viaje de profesionales de la DIGEMID a Espana, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 068-2014-SA MORDAZA, 20 de noviembre del 2014 CONSIDERANDO: Que, en el Departamento de Medicamentos de Uso Humano de la Agencia Espanola de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), en la MORDAZA de MORDAZA,

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