Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2014 (21/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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economia social de MORDAZA y que el Estado orienta el desarrollo del MORDAZA, asimismo, el articulo 59º de la MORDAZA constitucional establece que el Estado estimula la creacion de riqueza y garantiza la MORDAZA de trabajo y la MORDAZA de empresa y brinda oportunidades de superacion a los sectores que sufren cualquier desigualdad; Que, el numeral 38.1 del articulo 38º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que los Programas y Proyectos Especiales, son creados en un Ministerio o en un Organismo Publico, mediante Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, asimismo, el numeral 38.2 del articulo 38º define que los Programas son estructuras funcionales creadas, entre otros, para atender un problema o para implementar una politica publica en el ambito de competencia de la entidad a la que pertenecen; Que, el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, dispone que el Ministerio de la Produccion es la autoridad competente, entre otras, en las materias de industria, comercio interno, promocion y fomento de cooperativas, micro, pequena y mediana empresa y demas que le asigne la ley, acorde con la Ley Nº 29271, Ley que establece que el Ministerio de la Produccion es el sector competente en materia de promocion y desarrollo de cooperativas, transfiriendosele las funciones y competencias sobre micro y pequena empresa; Que, asimismo, el articulo 5º del citado Decreto Legislativo Nº 1047 establece que el Ministerio de la Produccion tiene como funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, en concordancia con lo MORDAZA descrito, los articulos 2º y 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, establecen que el Ministerio es competente en materia de industria y comercio interno; Que, el Plan Estrategico Sectorial Multianual 20122016 del Sector Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 107-2012-PRODUCE dispone dentro del Eje Productividad y Valor Agregado del Sector MYPE e Industria como Politica 1, dentro del Objetivo Estrategico 3: "Aumentar la productividad y valor agregado de las empresas bajo el ambito del Sector MYPE e Industria"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2014PRODUCE, se aprobo el Plan Nacional de Diversificacion Productiva (PNDP), con la finalidad de fortalecer las capacidades productivas del MORDAZA y poder sostener una tasa de crecimiento economico elevada que aumente la generacion de empleo de calidad, reduzca la dependencia de los precios de materias primas y promueva la transformacion productiva necesaria para transitar hacia un MORDAZA de ingresos altos; Que, si bien ha existido un despliegue de esfuerzos de desarrollo industrial por parte de varias instituciones, estos esfuerzos no han sido suficientes, mas aun cuando han estado caracterizados por la desarticulacion, las duplicidades y la ausencia de una gestion por resultados por la falta de la institucionalidad suficiente que pueda contribuir con ejecutar la estrategia de diversificacion productiva contenida en el PNDP; Que, ademas, resulta conveniente que desde el Poder Ejecutivo se promueva y contribuya con el desarrollo de la infraestructura productiva e insumos complementarios, la mejora de los servicios publicos de comercializacion y distribucion, y el impulso de estrategias de integracion a MORDAZA de valor; Que, en ese sentido, resulta necesario crear el Programa Nacional de Diversificacion Productiva con la finalidad de promover, impulsar y ejecutar acciones de diversificacion productiva contenidas en el Plan Nacional de Diversificacion Productiva, contribuyendo con el desarrollo productivo y la gestion empresarial en el Peru, y para impulsar y ejecutar la expansion de la productividad, mediante la provision de insumos basicos o complementarios, asi como de los mecanismos para mejorar la provision de insumos publicos y privados necesarios para las unidades productivas, lo que implica la promocion, facilitacion o provision de infraestructura especifica para incrementar la eficiencia de la economia, entre los que se encuentran promover y ejecutar infraestructura productiva, parques, zonas y espacios industriales, asi como mercados, entre otros;

El Peruano Viernes 21 de noviembre de 2014

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27658Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, Ley Nº 29271 ­ Ley que establece que el Ministerio de la Produccion es el Sector competente en materia de promocion y desarrollo de cooperativas, transfiriendosele las funciones y competencias sobre micro y pequena empresa, y el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Creacion del Programa Nacional de Diversificacion Productiva Crease el Programa Nacional de Diversificacion Productiva, en el ambito del Ministerio de la Produccion, con la finalidad de promover, impulsar y ejecutar acciones en el MORDAZA del Plan Nacional de Diversificacion Productiva (PNDP). Articulo 2.- Objetivo General del Programa El Programa Nacional de Diversificacion Productiva tiene como objetivo contribuir con la generacion de nuevos motores de crecimiento economico y potenciar los existentes, la mejora de la productividad, competitividad y del comercio interno, a traves de la promocion y el desarrollo de la infraestructura productiva especifica, en el ambito de sus competencias, que conlleve a la diversificacion productiva. Articulo 3.- Objetivos Especificos del Programa Los Objetivos Especificos del Programa son los siguientes: a) Impulsar, facilitar, desarrollar y ejecutar la infraestructura productiva especifica, en el ambito de sus competencias, con la finalidad de incrementar la eficiencia de la economia. b) Promover, facilitar, desarrollar y ejecutar la implementacion de parques, zonas, areas y espacios industriales, en coordinacion con los otros niveles de gobierno. c) Promover, facilitar y desarrollar la implementacion de servicios de comercializacion y distribucion, que incluye mercados, ferias, areas, zonas y espacios para el comercio interno, en coordinacion con los otros niveles de gobierno. d) Impulsar, conducir y orientar las intervenciones y mecanismos entre el sector publico y el privado, en el MORDAZA de las lineas de intervencion del Programa. e) Promover, facilitar y contribuir con la generacion de modelos y mecanismos de intervencion, de negocios y desarrollo productivo. f) Brindar asistencia tecnica especializada para el desarrollo productivo y economico, en el MORDAZA de las lineas de intervencion del programa. g) Fomentar y conducir los esfuerzos de colaboracion interinstitucional entre los sectores publico y privado en el MORDAZA de las lineas de intervencion del programa. h) Fomentar y generar el compromiso de los Gobiernos Regionales y Locales para promover y facilitar la integracion y diversificacion productiva. i) Concertar medidas de promocion del desarrollo productivo entre los sectores publico y privado, e implementarlas en el MORDAZA del Programa Nacional. j) Contribuir con fortalecer la integracion y cooperacion empresarial en los sectores productivos. Articulo 4.- Poblacion objetivo El Programa Nacional beneficiara a personas naturales y juridicas que desarrollan actividades en los sectores productivos y de servicios. Articulo 5.- Componentes del Programa El Programa Nacional tendra los siguientes componentes: a) Gestion y coordinacion interinstitucional e intergubernamental. b) Identificacion y analisis de oportunidades y espacios estrategicos de mejora. c) Ejecucion de infraestructura productiva especifica.

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