Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2014 (22/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano Sabado 22 de noviembre de 2014

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Articulo 3.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones Fecha: 30.08.10

de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara del 23 al 27 de noviembre de 2014 a la MORDAZA de Toronto, Canada, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 614-2014-MTC/12.04 y Nº 378-2014MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil y de la Direccion de Seguridad Aeronautica, respectivamente. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa Servicios Aereos de los Andes S.A.C., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos.

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 23 AL 27 DE NOVIEMBRE DE 2014 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 378-2014-MTC/12.04 Y Nº 614-2014-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCION Nº 3203-2014MTC/12.04 INICIO FIN VIATICOS SOLICITANTE INSPECTOR (US$) SERVICIOS AEREOS DE LOS ANDES S.A.C. MORDAZA MORDAZA DETALLE Chequeo tecnico de proficiencia en simulador de vuelo, en el equipo Twin Otter, a su personal aeronautico RECIBOS DE ACOTACION Nºs. Revision: Original

23-Nov 27-Nov

US$ 880.00

MORDAZA MORDAZA, Freddy TORONTO CANADA MORDAZA

19271-19272

1168300-1

Otorgan a Air Majoro S.A. Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular de pasajeros, carga y correo en el ambito internacional
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 514-2014-MTC/12 MORDAZA, 31 de octubre del 2014 Vista, la solicitud de AIR MAJORO S.A. sobre Permiso de Operacion para prestar el Servicio de Transporte Aereo No Regular Internacional de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, con documentos de Registro Nº 2014-040351 del 25 de junio del 2014, Nº 2014-040351-A del 08 de MORDAZA del 2014 y Nº 144051 del 14 de agosto del 2014, AIR MAJORO S.A. solicita Permiso de Operacion para prestar el Servicio de Transporte Aereo No Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos; Que, segun los terminos del Memorando Nº 11422014-MTC/12.LEG, Memorando Nº 064-2014-MTC/12. POA, Memorando Nº 074-2014-MTC/12.POA, Memorando Nº 536-2014-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 180-2014MTC/12.07.PEL e Informe Nº 354-2014-MTC/12.07, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil y que forman parte de la presente Resolucion Directoral, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2 del articulo 6º la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; y demas disposiciones legales vigentes; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender

o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a AIR MAJORO S.A., de conformidad con los instrumentos internacionales bilaterales y/o multilaterales - vigentes y el Articulo 5º del Convenio sobre Aviacion Civil Internacional firmado en Chicago el 07 de diciembre de 1944, Permiso de Operacion por el plazo de cuatro (04) anos, contados a partir del dia siguiente a la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial "El Peruano". El presente Permiso de Operacion tiene caracter administrativo. Para realizar operaciones aereas AIR MAJORO S.A. requiere el correspondiente Certificado de Explotador, asi como las Especificaciones Tecnicas de Operacion, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, tecnica y economica-financiera, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion, y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. El Permiso de Operacion esta sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial - Servicio de Transporte Aereo No Regular de pasajeros, carga y correo

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