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El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014 538810 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario ofi cial El Peruano, en sus portales institucionales o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Que, la fi nalidad de dicha publicación es permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el artículo 25° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo; Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, y en la medida que, en el marco de lo dispuesto en el Código de Defensa y Protección del Consumidor, Ley N° 29571, se requieren disposiciones que establezcan los requisitos y el procedimiento para la celebración de Convenios de Cooperación Interinstitucional entre las Asociaciones de Consumidores y Osinergmin; los cuales permitirán las realización conjunta de actividades en benefi cio de los consumidores y usuarios de las sectores bajo el ámbito de competencia de Osinergmin; y en los casos en que la normativa lo permita, la disposición de fondos provenientes de las multas administrativas a favor de dichas asociaciones; Que para tal fi n, corresponde publicar el proyecto de directiva que establezca los requisitos y el procedimiento para la suscripción de los convenios, a fi n de recibir comentarios de los interesados; De conformidad con el artículo 3, numeral 3.1 inciso c) de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; el artículo 22° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054- 2001-PCM; y el artículo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Con los vistos de la Gerencia Legal y la Gerencia General y estando a lo aprobado por el Consejo Directivo en la Sesión N° 33-2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano, y disponer que conjuntamente con el proyecto “Directiva para la Celebración de Convenios de Cooperación Interinstitucional con Asociaciones de Consumidores” y su exposición de motivos, se publiquen el mismo día en el portal institucional de Osinergmin. Artículo 2°.- Disponer que los comentarios de los interesados serán recibidos por escrito en la mesa de partes de Osinergmin o vía correo electrónico a comentarios.convenios@osinergmin.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a su publicación, siendo la persona designada para recibirlos el señor Daniel del Carpio Arellano. Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia Legal el análisis de los comentarios que hagan llegar los interesados, así como la presentación de la propuesta fi nal al Consejo Directivo de Osinergmin. JESUS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 1170423-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA Oficializan Acuerdo mediante el cual se aprobó a favor de profesionales la certificación y renovación de la certificación como Evaluadores de Competencias en las carreras de Obstetricia y Educación RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 040-2014-COSUSINEACE/CDAH-P Lima, 24 de noviembre de 2014 VISTOS: Los Ofi cios N° 172-2014-SINEACE/ST-DEC-ESU y N° 189-2014-SINEACE/ST-DEC, de la Dirección de Evaluación y Certifi cación de Educación Superior Universitaria del SINEACE; y, REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN