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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 77

El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014 538819 Que, la SMV tiene por fi nalidad velar por la protección de los inversionistas, la efi ciencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de los precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción; Que, en el marco de la fi nalidad de promoción del mercado de valores, con el propósito de alcanzar un mayor dinamismo en el mercado de ofertas públicas primarias y sobre la base de lo dispuesto en el artículo 10 de la Resolución SMV Nº 024-2013-SMV/01, se ha considerado pertinente extender el sistema e-Prospectus a la inscripción de bonos subordinados, para lo cual resulta necesario aprobar los formatos e-prospectus (prospectos informativos y actos de emisión electrónicos) correspondientes; y, Estando a lo dispuesto en el artículo 10º de la Resolución SMV Nº 024-2013-SMV/01, así como en el numeral 35 del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011- EF y sus modifi catorias; RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los formatos e-prospectus Bonos Subordinados que comprenden la solicitud de inscripción, el prospecto marco y sus correspondientes prospectos complementarios, el contrato marco de emisión y sus correspondientes contratos complementarios, que podrán ser utilizados a través del Sistema MVNet, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Los e-prospectus Bonos Subordinados forman parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores. (www.smv.gob.pe) Artículo 4º.- Los e-prospectus Bonos Subordinados serán publicados en el Portal del Mercado de Valores. (www.smv.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1170537-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de trabajadores a Colombia y México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 354-2014/SUNAT Lima, 25 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante correo electrónico de fecha 1 de octubre de 2014, la Ofi cina Técnica de Cooperación en Perú de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria para participar en el Seminario de Investigación Patrimonial para la Recuperación de la Deuda Tributaria, que se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, los días 1 al 5 de diciembre de 2014; Que el objetivo del referido evento es transmitir buenas prácticas en el ámbito de la recuperación de la deuda tributaria de patrimonios ocultos a través de entidades fi duciarias, paraísos fi scales u otros métodos, así como mejorar la información disponible sobre el origen y destino de los fondos y patrimonios de las personas; Que la participación de la SUNAT en el citado seminario, se enmarca dentro del objetivo estratégico institucional de mejorar la efectividad del control del incumplimiento tributario, a partir de la evaluación y uso de fuentes de información en relación al patrimonio de los deudores tributarios, para mejorar la recuperación de la deuda tributaria; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme a los Informes Ns.° 020- 2014-SUNAT/6A0000 y 009-2014-SUNAT/100010 de fechas 12 y 18 de noviembre de 2014 respectivamente, resulta necesario autorizar la participación en el referido evento de los trabajadores Juan Carlos Lovera Bueno, Profesional I de la División de Gestión de Procesos de la Gerencia de Gestión, Seguimiento y Control de la Intendencia de Programación y Gestión de Operaciones, y Fernando Arturo Cataño Florian, Profesional Especializado I del Programa de Mejora del Cumplimiento; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores Juan Carlos Lovera Bueno y Fernando Arturo Cataño Florian del 30 de noviembre al 06 de diciembre de 2014; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), mientras que los viáticos serán asumidos por la AECID; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores Juan Carlos Lovera Bueno, Profesional I de la División de Gestión de Procesos de la Gerencia de Gestión, Seguimiento y Control de la Intendencia de Programación y Gestión de Operaciones y Fernando Arturo Cataño Florian, Profesional Especializado I del Programa de Mejora del Cumplimiento, del 30 de noviembre al 06 de diciembre de 2014, para participar en el Seminario de Investigación Patrimonial para la Recuperación de la Deuda Tributaria, que se llevará a cabo del 1 al 5 de diciembre de 2014 en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Juan Carlos Lovera Bueno Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso US $ 913,86 de Aeropuerto - TUUA)