Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2014 (28/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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aprobo la autorizacion a la entidad "Certificacion de Competencias Profesionales y Laborales SAC", como Entidad Certificadora de las competencias mencionadas precedentemente; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220 Ley Universitaria y la Resolucion Ministerial N° 396-2014MINEDU; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Oficializar el Acuerdo N° 070-2014-CDAH de sesion del 19 de noviembre 2014 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se aprobo la autorizacion a la entidad "Certificacion de Competencias Profesionales y Laborales SAC", como Entidad Certificadora de Competencias en el area de salud de los egresados de Institutos y Escuelas de Educacion Superior de: Enfermeria Tecnica, Tecnica en farmacia, Tecnica en Laboratorio Clinico, Protesis Dental y Tecnica en Fisioterapia y Rehabilitacion. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Web del SINEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1170076-2

El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014

del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobacion de la reorganizacion del SINEACE; Que, de acuerdo al literal e) del articulo 7° de la resolucion MORDAZA mencionada, el Consejo Directivo Ad Hoc, tiene como funcion, aprobar normas y procedimientos para la evaluacion y certificacion de competencias; Que, mediante los documentos de vistos, la Direccion de Evaluacion y Certificacion de Educacion Basica y Tecnico Productiva, propone la aprobacion de los documentos denominados: "Normas de Competencia del Productor de Frijol", "Normas de Competencia del Productor de Esparragos" y "Normas de Competencia del Productor de Banano Organico", los mismos que cumplen con la validacion de expertos en el tema. Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, en sesion de fecha 19 de noviembre 2014, llego a los siguientes acuerdos: · Acuerdo N° 071-2014-CDAH, mediante el cual aprobo el documento tecnico denominado "Normas Competencia del Productor de Frijol" · Acuerdo N° 072-2014-CDAH, mediante el cual aprobo el documento tecnico denominado "Normas Competencia del Productor de Esparragos" · Acuerdo N° 073-2014-CDAH, mediante el cual aprobo el documento tecnico denominado "Normas Competencia del Productor de Banano Organico" se de se de se de

Oficializan Acuerdos mediante los cuales se aprobaron las "Normas de Competencia del Productor de Frijol", "Normas de Competencia del Productor de Esparragos" y "Normas de Competencia del Productor de Banano Organico"
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 042-2014-COSUSINEACE/CDAH-P MORDAZA, 24 de noviembre de 2014 VISTOS: Los Oficios N° 029-2014 SINEACE/ST-DEC-EBTP, N° 030-2014 SINEACE ST-DEC-EBTP y N° 031-2014 SINEACE/ST-DEC-EBTP, emitidos por la Direccion de Evaluacion y Certificacion de Educacion Basica y Tecnico Productiva del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Decima MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria del 09 de MORDAZA del 2014 se declara en reorganizacion el Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE y deroga el Capitulo II del Titulo I, a excepcion del numeral 8.3 del articulo 8, y los Titulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la MORDAZA invocada precedentemente, el Ministerio de Educacion mediante Resolucion Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituyo el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educacion y la presidenta

De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220 Ley Universitaria y la Resolucion Ministerial N° 396-2014MINEDU; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Oficializar los Acuerdos N° 071-2014CDAH, N° 072-2014-CDAH y N°073-2014-CDAH de sesion del 19 de noviembre 2014, mediante los cuales el Consejo Directivo Ad Hoc aprobo los documentos denominados: "Normas de Competencia del Productor de Frijol", "Normas de Competencia del Productor de Esparragos" y "Normas de Competencia del Productor de Banano Organico" respectivamente, que en anexo forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Web del SINEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc COSUSINEACE 1170076-3

Oficializan Acuerdos que aprobaron la certificacion de evaluadores de competencias en las ocupaciones de: Extensionista rural especialista en Ganaderia de Bovinos, Extensionista en el Manejo Productivo de Camelidos Domesticos y Carpintero Industrial
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 043-2014-COSUSINEACE/CDAH-P MORDAZA, 24 de noviembre de 2014 VISTOS: Los Oficios N° 026-2014 SINEACE/ST-DEC-EBTP y N° 032-2014 SINEACE/ST-DEC-EBTP; asi como los Informes N° 035-2014-SINEACE/ST-DEC-EBTP, N° 0432014/SINEACE/ST-DEC-EBTP, 037-2014-SINEACE/STDEC-EBTP y 044-2014-SINEACE/ST-DEC-EBTP, de la

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