Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 82

El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014 538824 Artículo 20-E°.- Funciones de la Unidad de Prensa y Comunicaciones Son funciones de la Unidad de Prensa y Comunicaciones: 1. Elaborar las Notas de Prensa y Comunicados de la Corte Suprema de Justicia de la República. 2. Organizar conferencias de prensa y eventos análogos. 3. Preparar material periodístico para su difusión a través del Portal de Noticias en Plataforma Virtual de la Agencia de Noticias Judiciales y el Canal de Información Judicial - JUSTICIA TV. 4. Editar publicaciones (revistas, boletines, folletos, material publicitario, presentaciones, entre otros) dirigidas al público interno y externo, de acuerdo a los planes aprobados por el área. 5. Brindar cobertura periodística, de las actividades de la Presidencia del Poder Judicial y eventos en general en las distintas sedes y/o dependencias a nivel nacional. 6. Organizar, mantener y cautelar el archivo del material fotográfi co y/o audiovisual, originados en las actividades diarias. 7. Atender las comunicaciones a través de las redes sociales (Twitter, Facebook, blogs, entre otros), a fi n de difundir información orientada a fortalecer la imagen institucional. 8. Aclarar información, rectifi car rumores o informes erróneos, mediante comunicados ofi ciales. 9. Organizar, coordinar y/o desarrollar campañas y actividades de fortalecimiento de la imagen institucional. 10. Mantener actualizado el portal web institucional. 11. Ser enlace con las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia y Gerencia General, en todo lo relativo al área de comunicaciones. Desarrolla sus actividades en estrecha coordinación con los responsables de Prensa y Comunicaciones de dichos órganos, de manera que se efectúen las acciones comunicacionales de forma efectiva a nivel nacional, contribuyendo a la difusión de la Agenda Pública, sin menoscabo de las actividades que en lo comunicacional dichas áreas efectúan en sus respectivas dependencias bajo la dirección de los Presidentes de Corte Superior de Justicia. 12. Coordinar las necesidades comunicacionales de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia y Gerencia General del Poder Judicial. 13. Mantener estrecha coordinación con la Ofi cina de Protocolo en el desarrollo de sus actividades; así como con los Programas y Proyectos cuyas actividades impliquen el fortalecimiento de la imagen institucional. 14. Las demás funciones que le asigne el Director de Imagen y Comunicaciones. Artículo 20-F°.- Canal de Información Judicial - JUSTICIA TV El Canal de Información Judicial, cuya abreviatura es JUSTICIA TV, es la unidad orgánica, dependiente de la Dirección de Imagen y Comunicaciones, encargada de difundir en formato audiovisual de señal de video, las actividades del Poder Judicial, en lo jurisdiccional e institucional; así como constituirse en un foro virtual en todo lo relacionado con la administración de justicia en el ámbito nacional. Tiene a su cargo el Área de Producción y el Área Técnica y Operaciones. Artículo 20-G°.- Funciones del Canal de Información Judicial - JUSTICIA TV Son funciones del Canal de Información Judicial - JUSTICIA TV: 1. Diseñar y producir la programación a emitirse por medio del Canal de Información Judicial. 2. Elaborar el rol de la programación del Canal de Información Judicial, tanto con la programación de producción propia como aquella suministrada por terceros cuyo contenido es concurrente con los objetivos del Canal de Información Judicial. 3. Dirigir y supervisar la producción de la programación a ser emitida por el canal, elaborada por terceros mediante convenio. En todo momento la línea editorial de los contenidos se mantendrá en control de los funcionarios respectivos del canal. 4. Emitir programación de corte noticioso, utilizando la información producida por la Unidad de Prensa y Comunicaciones. 5. Producir programación consistente en la divulgación de la posición del Poder Judicial y sus principales representantes en materia de asuntos relativos a la administración de justicia. 6. Producir mesas redondas con los principales actores de las materias de interés del Poder Judicial y la administración de justicia en general. 7. Producir y emitir material audiovisual destinado a orientar al ciudadano sobre la justicia, con énfasis en la manera en que se puede acceder a ella. 8. Gestionar la obtención de programación de terceros que coincidan con los objetivos comunicacionales del canal y la Agencia de Noticias. 9. Difundir las actividades institucionales y académicas del Poder Judicial. 10. Desarrollar las demás funciones que le asigne el Director de Imagen y Comunicaciones. Artículo 20-H°.- La Unidad de Imagen, Estudios de Medios y Opinión Pública. La Unidad de Imagen, Estudios de Medios y Opinión Pública, es la unidad de apoyo dependiente de la Dirección de Imagen y Comunicaciones, encargada de diseñar la estrategia de imagen institucional, con enfoque ciudadano, monitoreando la opinión pública a través del análisis de lo publicado en medios de comunicación y otras herramientas de sondeos y opinión, de manera que se tenga conocimiento de la reacción de la comunidad nacional ante los temas relativos a la Agenda Pública del Poder Judicial y de los hechos de coyuntura que afectan directa o indirectamente a este Poder del Estado. Artículo 20-I°.- Funciones de la Unidad de Imagen, Estudios de Medios y Opinión Pública Son funciones de la Unidad de Imagen, Estudios de Medios y Opinión Pública: 1. Diseñar, ejecutar y evaluar las estrategias de Imagen Institucional, orientados a potenciar los servicios de administración de justicia, con enfoque ciudadano. 2. Formular documentos de gestión técnico- normativos para la ejecución de las actividades de Imagen Institucional, acordes a las estrategias de Imagen, Comunicaciones, Publicidad, Marketing y Prensa, que establezca la Dirección de Imagen y Comunicaciones de la Corte Suprema de Justicia de la República. 3. Monitorear la prensa impresa, radial, televisiva y de Internet de manera continua, a través de convenios con entidades especializadas en la materia. 4. Analizar y evaluar la información, utilizando los discriminantes que sean necesarios, para poder distinguir causas, consecuencias, tendencias y oportunidades, de manera que la alta dirección pueda diseñar o ajustar políticas y estrategias comunicacionales. 5. Compilar y reportar el resultado del monitoreo y del análisis en formatos amigables para facilitar la comprensión de los mismos a los receptores de la información. 6. Preparar reportes diarios, semanales y mensuales con información oportuna a la Presidencia, Jueces Supremos, y demás autoridades pertinentes, cuando sea requerido. 7. Diseñar y ejecutar sondeos de opinión cualitativos y cuantitativos para una mejor comprensión de las necesidades ciudadanas. 8. Generar análisis sobre el posicionamiento y prestigio, a partir de la información monitoreada, con el objetivo de conocer el posicionamiento, perfi l de imagen de la institución y sus autoridades, a partir de la publicación y emisión de los medios de comunicación. 9. Generar y administrar una base de datos histórica de la información de medios de comunicación. 10. Utilizar de ser el caso, los servicios de entidades especializadas, tales como empresas de monitoreo de medios, encuestadores y similares, para el uso efi ciente del recurso humano. 11. Desarrollar las demás funciones que le asigne el Director de Imagen y Comunicaciones. Artículo Sétimo.- Disponer que la Dirección de Imagen y Comunicaciones de la Corte Suprema de