Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2014 (28/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014

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RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER, a partir del 14 de noviembre de 2014, el inicio del funcionamiento del Juzgado de Familia de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - MORDAZA Noroeste, el cual asumira el conocimiento de los procesos que MORDAZA de su competencia. Articulo Segundo.- DISPONER que, en tanto se ubique y acondicione un local apropiado para su traslado definitivo, el Juzgado de Familia de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla- MORDAZA Noroeste, inicie sus funciones en las instalaciones de la Sede de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion, Ministerio de Justicia, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Comision Nacional de Descarga Procesal, Oficina de Administracion Distrital, Alcaldias y Comisarias de la jurisdiccion, y demas interesados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. JACKELINE MORDAZA MORDAZA Presidenta (e) 1169743-1 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA ­ MORDAZA NOROESTE RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 057-2014-P-CSJVLNO/PJ Ventanilla, 13 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolucion Administrativa N° 1282014-CE-PJ del 23 de MORDAZA de 2014, complementada por las Resoluciones Administrativas N° 219, 288 y 317-2014CE-PJ de fechas 27 de MORDAZA, 27 de agosto y 17 de agosto de 2014 respectivamente, se creo el Distrito Judicial de Ventanilla - MORDAZA Noroeste, con sede en el Distrito de Ventanilla, y cuyo ambito de competencia comprende los distritos de Ancon, MORDAZA MORDAZA, Ventanilla y Mi Peru. Asimismo, mediante Resolucion Administrativa N° 2792014-CE-PJ del 12 de agosto de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de setiembre de 2014, se dispuso el funcionamiento del citado Distrito Judicial, a partir del 30 de setiembre de 2014. Segundo.- Por Resolucion Administrativa Nº 3182014-CE-PJ de fecha 17 de setiembre de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 05 de octubre de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y/o reubicar a partir del 01 de noviembre de 2014, al 2° Juzgado Civil del Callao como Juzgado Civil de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - MORDAZA Noroeste. Tercero.- Si bien actualmente no se cuenta con un local apropiado para la implementacion del Juzgado Civil de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - MORDAZA Noroeste, ello no debe ser obice para retrasar el inicio de funciones del mismo; por lo que, corresponde que se dicten las medidas administrativas pertinentes para su funcionamiento como tal, y de manera provisional, en las instalaciones de la Sede de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, en tanto se ubique y acondicione un local apropiado para el traslado definitivo del citado organo jurisdiccional. Cuarto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo, dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables, y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para adoptar las medidas administrativas correspondientes, en aras de mejorar y optimizar la conduccion de la Corte de Justicia a su cargo. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del Articulo 90° del

Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Comision Nacional de Descarga Procesal, Comision de Transferencia para la Implementacion de este Distrito Judicial, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Informatica y demas interesados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. JACKELINE MORDAZA MORDAZA Presidenta (e) 1169742-3

Disponen el funcionamiento de Juzgados de Familia, Civil y de MORDAZA y Seguridad Vial de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - MORDAZA Noroeste
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA ­ MORDAZA NOROESTE RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 055-2014-P-CSJVLNO/PJ Ventanilla, 13 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolucion Administrativa N° 1282014-CE-PJ del 23 de MORDAZA de 2014, complementada por las Resoluciones Administrativas N° 219, 288 y 317-2014CE-PJ de fechas 27 de MORDAZA, 27 de agosto y 17 de agosto de 2014 respectivamente, se creo el Distrito Judicial de Ventanilla - MORDAZA Noroeste, con sede en el Distrito de Ventanilla, y cuyo ambito de competencia comprende los distritos de Ancon, MORDAZA MORDAZA, Ventanilla y Mi Peru. Asimismo, mediante Resolucion Administrativa N° 2792014-CE-PJ del 12 de agosto de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de setiembre de 2014, se dispuso el funcionamiento del citado Distrito Judicial, a partir del 30 de setiembre de 2014. Segundo.- Por Resolucion Administrativa Nº 3182014-CE-PJ de fecha 17 de setiembre de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 05 de octubre de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y/o reubicar a partir del 01 de noviembre de 2014, al 1° Juzgado de Familia del Callao como Juzgado de Familia de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de VentanillaLima Noroeste. Tercero.- Si bien actualmente no se cuenta con un local apropiado para la implementacion del Juzgado de Familia de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - MORDAZA Noroeste, ello no debe ser obice para retrasar el inicio de funciones del mismo; por lo que, corresponde que se dicten las medidas administrativas pertinentes para su funcionamiento como tal, y de manera provisional, en las instalaciones de la Sede de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, en tanto se ubique y acondicione un local apropiado para el traslado definitivo del citado organo jurisdiccional. Cuarto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo, dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables, y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para adoptar las medidas administrativas correspondientes, en aras de mejorar y optimizar la conduccion de la Corte de Justicia a su cargo. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del Articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, la Presidencia (e) de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla- MORDAZA Noroeste;

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