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El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014 538830 Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia (e) de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla- Lima Noroeste; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER, a partir del 14 de noviembre de 2014, el inicio del funcionamiento del Juzgado Civil de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste, el cual asumirá el conocimiento de los procesos que sean de su competencia. Artículo Segundo.- DISPONER que, en tanto se ubique y acondicione un local apropiado para su traslado defi nitivo, el Juzgado Civil de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste, inicie sus funciones en las instalaciones de la Sede de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Ofi cina de Administración Distrital, Alcaldías y Comisarías de la jurisdicción, y demás interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. JACKELINE YALAN LEAL Presidenta (e) 1169743-3 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA – LIMA NOROESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 059-2014-P-CSJVLNO/PJ Ventanilla, 13 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 128- 2014-CE-PJ del 23 de abril de 2014, complementada por las Resoluciones Administrativas N° 219, 288 y 317-2014- CE-PJ de fechas 27 de abril, 27 de agosto y 17 de agosto de 2014 respectivamente, se creó el Distrito Judicial de Ventanilla - Lima Noroeste, con sede en el Distrito de Ventanilla, y cuyo ámbito de competencia comprende los distritos de Ancón, Santa Rosa, Ventanilla y Mi Perú. Asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 279- 2014-CE-PJ del 12 de agosto de 2014, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 06 de setiembre de 2014, se dispuso el funcionamiento del citado Distrito Judicial, a partir del 30 de setiembre de 2014. Segundo.- Por Resolución Administrativa Nº 318- 2014-CE-PJ de fecha 17 de setiembre de 2014, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 05 de octubre de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y/o reubicar a partir del 01 de noviembre de 2014, al 12° Juzgado Penal Reos Libres del Callao como Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste. Tercero.- Si bien actualmente no se cuenta con un local apropiado para la implementación del Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste, ello no debe ser óbice para retrasar el inicio de funciones del mismo; por lo que, corresponde que se dicten las medidas administrativas pertinentes para su funcionamiento como tal, y de manera provisional, en las instalaciones de la Sede de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, en tanto se ubique y acondicione un local apropiado para el traslado defi nitivo del citado órgano jurisdiccional. Cuarto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo, dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables, y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para adoptar las medidas administrativas correspondientes, en aras de mejorar y optimizar la conducción de la Corte de Justicia a su cargo. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia (e) de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla- Lima Noroeste; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER, a partir del 14 de noviembre de 2014, el inicio del funcionamiento del Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste, el cual asumirá el conocimiento de los procesos que sean de su competencia. Artículo Segundo.- DISPONER que, en tanto se ubique y acondicione un local apropiado para su traslado defi nitivo, el Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste, inicie sus funciones en las instalaciones de la Sede de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Ofi cina de Administración Distrital, Alcaldías y Comisarías de la jurisdicción, y demás interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. JACKELINE YALAN LEAL Presidenta (e) 1169743-5 Designan jueces supernumerarios en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA – LIMA NOROESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 056-2014-P-CSJVLNO/PJ Ventanilla, 13 de noviembre de 2014 VISTA: La Resolución Administrativa N° 051-2014-P- CSJVLNO/PJ de fecha 07 de noviembre de 2014, por la cual se ofi cializa el acuerdo de Sala Plena de fecha 03 de noviembre de 2014, referido a la aprobación por unanimidad de la Segunda Nómina de Abogados aptos para el desempeño como Jueces Supernumerarios en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste. CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 055- 2014-P-CSJVLNO/PJ de fecha 13 de noviembre de 2014, esta Presidencia (e), ha dispuesto el inicio de funciones del Juzgado de Familia de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla – Lima Noroeste, correspondiendo por tanto, designar al magistrado que se hará cargo del citado órgano jurisdiccional. Segundo.- Siendo así, y estando a la Segunda Nómina de Abogados aptos para el desempeño como Jueces Supernumerarios en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - Lima Noroeste, aprobada en Sala Plena de fecha 03 de noviembre de 2014, y ofi cializada mediante la resolución administrativa de vista, esta Presidencia (e) considera que la abogada Mery Lucía Rivera Jáuregui, además de reunir los requisitos exigidos por Ley, presenta el perfi l adecuado para ser designada como Jueza Supernumeraria del Juzgado de Famillia de Ventanilla