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El Peruano Domingo 30 de noviembre de 2014 539045 CODIGO INFRACCION UIT SANCION MULTA S/. MEDIDAS COMPLEMEN- TARIAS 32015 No contar con servicios higiénicos o si se tienen, que no estén operativos o en cantidad sufi ciente o estén en el mal estado de funcionamiento, o sin higiene. 20% 760.00 32016 Tener iluminación o ventilación defi ciente o no contar con ellas. 20% 760.00 32017 Por no contar con las condiciones de ventilación, iluminación y con un área sufi cientemente amplia que no impida o limiten una adecuada atención y seguridad a los trabajadores y/o usuarios. 20% 760.00 32018 Por carecer o tener inoperativa la campana extractora y/o ducto hacia el exterior. 20% 760.00 CLAUSURA TEMPORAL 32019 Por comercializar alimentos y bebidas falsifi cados, adulterados, de origen desconocido, con fecha de vencimiento expirada y sin el respectivo registro sanitario. 30% 1,140.00 CLAUSURA TEMPORAL 32020 Por utilizar y/o tener a disposición utensilios, envases y cualquier otro elemento de material inadecuado, antihigiénico. 20% 760.00 RETENCIÓN 32021 Por carecer o tener vencido certifi cado de Fumigación. 20% 760.00 32022 Por transportar alimentos para consumo humano, sin contar con las condiciones que prevengan su contaminación o alteración; de acuerdo al tipo de producto. 30% 1,140.00 30% 1,140.00 DECOMISO Y/O INMOVILI- ZACIÓN 32023 Impedir, oponerse, obstaculizar o negarse a la inspección sanitaria y/o toma de muestras, y/o aplicación de medidas sanitarias de seguridad. 25% 950.00 CLAUSURA TEMPORAL 32024 Agresión física y/o verbal al inspector sanitario. 30% 1,140.00 CLAUSURA TEMPORAL 32025 Contar con personal que labore en condiciones antihigiénicas, sin uniforme de acuerdo a las operaciones que realiza tales como guantes, mascarilla, delantal, botas, cubre cabellos. 25% 950.00 32026 Contar con manipuladores de alimentos, que presentan o son portadores de enfermedades infecto contagiosas, o tienen heridas expuestas ulceraciones, o fuma o comen, en los ambientes donde se manipulan alimentos. 30% 1,140.00 32027 No cuenta con gabinetes o módulos para el lavado de manos, vestuarios o servidores higiénicos o botiquín de primeros auxilios personal que elabora alimentos. 25% 950.00 La imposición de sanciones por infracciones a lo dispuesto en la presente ordenanza, se sujetará a las reglas del procedimiento sancionador y benefi cios previstos en el Reglamento Sancionador de la Municipalidad Provincial de Huaral y Ley General de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444. ANEXO 1 DE LAS DEFINICIONES Alimento Apto: Un alimento es apto cuando cumple con las características de inocuidad, idoneidad y aquellas establecidas en la norma sanitaria aprobada por la Autoridad de Salud. Autoridad Municipal Sanitaria: Se refi ere a la Sub Gerencia de Salud, OMAPED y DEMUNA de la Municipalidad Provincial de Huaral. Calidad Sanitaria: Conjunto de requisitos microbiológicos, físicos – químicos y organolépticos que debe reunir un alimento para ser considerado inocuo para el consumo humano. Inocuidad: La garantía de que los alimentos no causara daño al consumidor cuando se preparen o consuman de acuerdo con el uso a que se destinan. Muestra de Alimento: Es el conjunto de unidades representativas de un lote que han sido seleccionados para ser analizadas. Propietario: Personal natural o jurídico, titular de la actividad comercial, industrial o de servicio. Conductor y/o Administrador: Persona natural o jurídica encargada de la conducción y administración de establecimiento comercial, industrial o de servicios. Dependiente: Personal natural que en grado de subordinación ejerce su actividad en el establecimiento comercial, industrial o de servicios. Manipulador de Alimentos: Toda persona que en razón de su actividad laboral, entra en contacto con los mismos, ya sea que: a) Intervienen en la producción, transporte, distribución de productos frescos. b) Intervienen en cualquiera de las atapas que comprenden los procesos de producción, transporte, elaboración, envasado y otras actividades, de alimentos de origen animal, vegetal y/o bebidas. c) Intervienen en la preparación culinaria, servicios y/ o supervisión de alimentos y/o bebidas para el consumo directo, en su condición de propietario, conductor o dependiente. d) Aquellos que intervienen en la crianza de animales para consumo humano, así como de sus subproductos y/o pares de estos. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL SUB GERENCIA DE SALUD, OMAPED Y DEMUNA ANEXO 2 ACTA DE INSPECCIÓN Nº …………… En ……………………….……… a las ………..…… horas del día ……….………… de ……………. de ………………… se apersonó el inspector (a) de la Sub Gerencia de Salud, OMAPED y DEMUNA de la Municipalidad Provincial de Huaral, ……………………………………………………………………. en ……… ………………………………………………………………… dedicada a la actividad …………..…………………………………………………… con Licencia de Funcionamiento Nº …………………… ubicado en ………………………………… ………………………………, Teléfono ……………………….. con la asistencia de ………………………………………………………. como …………………………… con DNI Nº ……………………, requiriéndole para que facilite o informe la inspección, poniéndose de manifi esto: ……………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………..... ____________________________ _____________________________ SELLO Y FIRMA DEL INSPECTOR FIRMA DEL PROPIETARIO / ADMINISTRADOR O RESPONSABLE DEL ESTABLECIMIENTO 1171095-1