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El Peruano Domingo 30 de noviembre de 2014 539032 Que, la Ordenanza Nº 1081-MML publicada el 07 de octubre del 2007 aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos de Suelo del distrito de San Juan de Lurigancho que forman parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana y la Ordenanza Nº 1015-MML de fecha 14 de mayo del 2007 que aprueba las normas generales de zonifi cación de los usos de suelo del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana y establece los Cuadros Resumen para las Zonifi caciones Residenciales, Comerciales e Industriales, defi niendo el área del lote mínimo, frente mínimo, altura de edifi cación, área libre y el número de estacionamientos requeridos; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 0077 de fecha 28 de noviembre del 2013, el Concejo Distrital de San Juan de Lurigancho declara de interés local la petición de Cambio de Zonifi cación Residencial de Densidad Media (RDM) a Residencial de Densidad Alta (RDA) para el predio ubicado en la Calle 11, Lote 02, Manzana Ñ, Urbanización Parcelación Campoy, distrito de San Juan de Lurigancho; Que, la Ordenanza Nº 1781-MML publicada el 10 de marzo del 2014 aprueba modifi car el plano de zonifi cación del distrito de San Juan de Lurigancho aprobado mediante Ordenanza Nº 1081-MML de Residencial de Densidad Media (RDM) a Residencial de Densidad Alta (RDA) del predio ubicado en la Calle 11 s/n esquina Calle 10 s/n, Mz - N Lote 02, Urbanización Parcelación Campoy; Que, el Informe Nº 121-2014-SGPUC/GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de fecha 25 de mayo del 2014, sustenta técnicamente la necesidad de dictar la norma que complementen la Ordenanza Nº 1081-MML, Nº 1015-MML y Nº 1781-MML, referida a la altura de edifi cación, en los predios ubicados con frente a vías colectoras, vías locales jirones, calles y con frente a parque dentro del distrito de San Juan de Lurigancho; Que, el Informe Nº 448-2014-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 26 de noviembre del 2014, opina por la procedencia legal de la norma complementaria en lo referido la altura de edifi cación, en los predios ubicados con frente a vías arteriales y colectoras, vías locales jirones, calles y con frente a parque; La identifi cación de áreas estratégicas para la propuesta de altura de edifi cación, se basa en la tendencia del crecimiento urbano territorial que se viene generando actualmente y debido a la jerarquía que se desea dar a nivel urbano la propuesta contempla defi nir las alturas máximas de edifi cación frente a lotes ubicados en vías metropolitanas, arteriales o con la tendencia y proyección al crecimiento urbano progresivo; El actual distrito de San Juan de Lurigancho continúa siendo una zona mixta de estrato social medio dentro del ámbito de Lima Metropolitana, a pesar de los cambios acelerados de uso urbano que se han ido estableciendo a lo largo de los años y que se ve refl ejado en la creciente presencia de actividades comerciales y de servicios de carácter interdistrital y metropolitano sectorizados, confi gurando una nueva dinámica urbana a lo largo y ancho del distrito. Cabe mencionar que cualquier planteamiento o cambio de uso urbano sea de servicio o actividades comerciales responden a una demanda y necesidad de una población determinada, estas deberán estar sujetas al actual proceso de renovación urbana residencial que se establezca, el cual en la actualidad y en consideración a la situación física y territorial del distrito se enmarcan por el cambio de los patrones de asentamiento de uso residencial de las edifi caciones de tipología unifamiliar a edifi caciones de tipología multifamiliar, es decir al planteamiento y desarrollo de las zonas de servicios y de comercio sectorizado a lo largo y ancho del distrito. Ante lo cual es necesario complementar los marcos normativos vigentes que regulan los parámetros urbanísticos edifi catorios vigentes, en relación a la altura de edifi cación siendo el aspecto más próximo y el que infl uye de manera directa en la homogenización del perfi l urbano, la que estará defi nida a lo largo de los ejes viales materia de la presente. Estando a lo expuesto precedentemente y en aplicación a numeral 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el Voto Mayoritario del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE COMPLEMENTA LOS PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS, PARA LAS CONSTRUCCIONES QUE SE EJECUTEN EN LOS PREDIOS UBICADOS CON FRENTE A VÍA ARTERIAL, VÍAS COLECTORAS, VÍAS LOCALES JIRONES, CALLES Y CON FRENTE A PARQUE DENTRO DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO TÍTULO I CAPÍTULO I OBJETIVOS Y ALCANCES Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto: 1.1. Regular los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios para los proyectos de trámites de Licencia de Obra, en concordancia con el Reglamento Nacional de Edifi caciones y en consideración a las vías arteriales, vías colectoras, vías locales jirones, calles y con frente a parque, en donde se ubiquen los predios. 1.2. Revalorar e identifi car las Avenidas que en consideración a su clasifi cación (Arterial, Colectoras y/o Locales Jirones, Calles y con frente a Parque) y características físicas, infl uyen directamente y permiten regular la altura de edifi cación, de los predios ubicados a lo largo de su eje longitudinal, manteniendo un crecimiento ordenado, paulatino y en respuestas a las necesidades de renovación urbana del distrito. 1.3. Normar las alturas máximas de edifi cación, para la construcción de edifi caciones en los predios ubicados con frente a avenidas califi cadas como vías arterial, colectoras, locales jirones, calles y con frente a parque. CAPÍTULO II DE LA VÍA ARTERIAL, COLECTORAS, LOCALES JIRONES, CALLES Y CON FRENTE A PARQUE EN EL DISTRITO Artículo 2º.- Conforme a la evaluación realizada de las vías existentes dentro del distrito, se determina que el carácter funcional de las mismas y el papel que cumplen dentro de la estructura urbana del distrito, contribuyen a la prestación de servicios de los predios existentes y ubicados a lo largo de su sección longitudinal. 2.1 Se ha identifi cando dentro del distrito; la existencia de cinco (05) vías que en consideración a su carácter funcional y al papel que cumplen en la estructura urbana del distrito; contribuyen a la prestación de servicios a los predios existentes a lo largo de su sección longitudinal, califi cadas mediante la Ordenanza 341-MML como Vía Arterial, Colectoras, Vías Locales, Jirones, Calles y con frente a Parque; confi gurándose a futuro como ejes viales importantes que comunican a los diferentes núcleos urbanos del área central y permiten un nivel de accesibilidad adecuada y fl uida, e interconectada a la red vial metropolitana del distrito de San Juan de Lurigancho situación que favorece el cambio solicitado y regulan la homogeneidad en las alturas de edifi cación, manteniendo un crecimiento ordenado, paulatino y en respuestas a las necesidades de renovación urbana del distrito, las vías son las siguientes: NOMBRE DE LA VÍA CLASIFI- CACIÓN TRAMO SECCIÓN EN METROS AV. CANTO GRANDE. COLECTORA Av. El Sol- Av. El Bosque 26.00 – 29.00 ml. CA. LOS NARANJOS VIA LOCAL - CALLE Plazoleta de volteo – Pasaje Los Naranjos 9.00 ml. JR. LAS ESTRELLAS VIA LOCAL – JIRON Av. El Sol – Jr. Venus 13.30 ml CALLE 11. VIA LOCAL – CALLE Av. Los Próceres – Avenida C 13.80 ml. JR. LOS TERRAZOS VIA LOCAL - JIRON Av. Los Jardines – Jr. Enargita 12.20 ml. AV. LURIGANCHO VIA COLECTORA – AVENIDA Av. Portada del Sol – Jr. Los Cóndores 44.00 ml.