Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2014 (30/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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Que, la Ordenanza Nº 1081-MML publicada el 07 de octubre del 2007 aprueba el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos de Suelo del distrito de San MORDAZA de Lurigancho que forman parte de las Areas de Tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana y la Ordenanza Nº 1015-MML de fecha 14 de MORDAZA del 2007 que aprueba las normas generales de zonificacion de los usos de suelo del Area de Tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana y establece los MORDAZA Resumen para las Zonificaciones Residenciales, Comerciales e Industriales, definiendo el area del lote minimo, frente minimo, altura de edificacion, area libre y el numero de estacionamientos requeridos; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 0077 de fecha 28 de noviembre del 2013, el Concejo Distrital de San MORDAZA de Lurigancho declara de interes local la peticion de Cambio de Zonificacion Residencial de Densidad Media (RDM) a Residencial de Densidad Alta (RDA) para el predio ubicado en la MORDAZA 11, Lote 02, Manzana N, Urbanizacion Parcelacion Campoy, distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, la Ordenanza Nº 1781-MML publicada el 10 de marzo del 2014 aprueba modificar el plano de zonificacion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho aprobado mediante Ordenanza Nº 1081-MML de Residencial de Densidad Media (RDM) a Residencial de Densidad Alta (RDA) del predio ubicado en la MORDAZA 11 s/n esquina MORDAZA 10 s/n, Mz - N Lote 02, Urbanizacion Parcelacion Campoy; Que, el Informe Nº 121-2014-SGPUC/GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de fecha 25 de MORDAZA del 2014, sustenta tecnicamente la necesidad de dictar la MORDAZA que complementen la Ordenanza Nº 1081-MML, Nº 1015-MML y Nº 1781-MML, referida a la altura de edificacion, en los predios ubicados con frente a vias colectoras, vias locales jirones, calles y con frente a MORDAZA dentro del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, el Informe Nº 448-2014-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 26 de noviembre del 2014, opina por la procedencia legal de la MORDAZA complementaria en lo referido la altura de edificacion, en los predios ubicados con frente a vias arteriales y colectoras, vias locales jirones, calles y con frente a parque; La identificacion de areas estrategicas para la propuesta de altura de edificacion, se MORDAZA en la tendencia del crecimiento MORDAZA territorial que se viene generando actualmente y debido a la jerarquia que se desea dar a nivel MORDAZA la propuesta contempla definir las alturas maximas de edificacion frente a lotes ubicados en vias metropolitanas, arteriales o con la tendencia y proyeccion al crecimiento MORDAZA progresivo; El actual distrito de San MORDAZA de Lurigancho continua siendo una MORDAZA mixta de estrato social medio dentro del ambito de MORDAZA Metropolitana, a pesar de los cambios acelerados de uso MORDAZA que se han ido estableciendo a lo largo de los anos y que se ve reflejado en la creciente presencia de actividades comerciales y de servicios de caracter interdistrital y metropolitano sectorizados, configurando una nueva dinamica MORDAZA a lo largo y ancho del distrito. Cabe mencionar que cualquier planteamiento o cambio de uso MORDAZA sea de servicio o actividades comerciales responden a una demanda y necesidad de una poblacion determinada, estas deberan estar sujetas al actual MORDAZA de renovacion MORDAZA residencial que se establezca, el cual en la actualidad y en consideracion a la situacion fisica y territorial del distrito se enmarcan por el cambio de los patrones de asentamiento de uso residencial de las edificaciones de tipologia unifamiliar a edificaciones de tipologia multifamiliar, es decir al planteamiento y desarrollo de las zonas de servicios y de comercio sectorizado a lo largo y ancho del distrito. Ante lo cual es necesario complementar los MORDAZA normativos vigentes que regulan los parametros urbanisticos edificatorios vigentes, en relacion a la altura de edificacion siendo el aspecto mas proximo y el que influye de manera directa en la homogenizacion del perfil MORDAZA, la que estara definida a lo largo de los ejes viales materia de la presente. Estando a lo expuesto precedentemente y en aplicacion a numeral 8) del articulo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, contando con el MORDAZA Mayoritario del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente:

El Peruano MORDAZA 30 de noviembre de 2014

ORDENANZA QUE COMPLEMENTA LOS PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS, PARA LAS CONSTRUCCIONES QUE SE EJECUTEN EN LOS PREDIOS UBICADOS CON FRENTE A VIA ARTERIAL, VIAS COLECTORAS, VIAS LOCALES JIRONES, CALLES Y CON FRENTE A MORDAZA DENTRO DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO TITULO I CAPITULO I OBJETIVOS Y ALCANCES Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto: 1.1. Regular los Parametros Urbanisticos y Edificatorios para los proyectos de tramites de Licencia de Obra, en concordancia con el Reglamento Nacional de Edificaciones y en consideracion a las vias arteriales, vias colectoras, vias locales jirones, calles y con frente a MORDAZA, en donde se ubiquen los predios. 1.2. Revalorar e identificar las Avenidas que en consideracion a su clasificacion (Arterial, Colectoras y/o Locales Jirones, Calles y con frente a Parque) y caracteristicas fisicas, influyen directamente y permiten regular la altura de edificacion, de los predios ubicados a lo largo de su eje longitudinal, manteniendo un crecimiento ordenado, paulatino y en respuestas a las necesidades de renovacion MORDAZA del distrito. 1.3. Normar las alturas maximas de edificacion, para la construccion de edificaciones en los predios ubicados con frente a avenidas calificadas como vias arterial, colectoras, locales jirones, calles y con frente a parque. CAPITULO II DE LA VIA ARTERIAL, COLECTORAS, LOCALES JIRONES, CALLES Y CON FRENTE A MORDAZA EN EL DISTRITO Articulo 2º.- Conforme a la evaluacion realizada de las vias existentes dentro del distrito, se determina que el caracter funcional de las mismas y el papel que cumplen dentro de la estructura MORDAZA del distrito, contribuyen a la prestacion de servicios de los predios existentes y ubicados a lo largo de su seccion longitudinal. 2.1 Se ha identificando dentro del distrito; la existencia de cinco (05) vias que en consideracion a su caracter funcional y al papel que cumplen en la estructura MORDAZA del distrito; contribuyen a la prestacion de servicios a los predios existentes a lo largo de su seccion longitudinal, calificadas mediante la Ordenanza 341-MML como Via Arterial, Colectoras, Vias Locales, Jirones, Calles y con frente a Parque; configurandose a futuro como ejes viales importantes que comunican a los diferentes nucleos urbanos del area central y permiten un nivel de accesibilidad adecuada y fluida, e interconectada a la red vial metropolitana del distrito de San MORDAZA de Lurigancho situacion que favorece el cambio solicitado y regulan la homogeneidad en las alturas de edificacion, manteniendo un crecimiento ordenado, paulatino y en respuestas a las necesidades de renovacion MORDAZA del distrito, las vias son las siguientes:
NOMBRE DE LA VIA AV. MORDAZA GRANDE. CA. LOS NARANJOS JR. LAS ESTRELLAS MORDAZA 11. JR. LOS TERRAZOS AV. LURIGANCHO CLASIFICACION COLECTORA VIA LOCAL - MORDAZA VIA LOCAL ­ MORDAZA VIA LOCAL ­ MORDAZA VIA LOCAL - MORDAZA VIA COLECTORA ­ AVENIDA TRAMO Av. El Sol- Av. El Bosque Plazoleta de volteo ­ Pasaje Los Naranjos Av. El Sol ­ Jr. MORDAZA Av. Los Proceres ­ Avenida C Av. Los Jardines ­ Jr. Enargita Av. Portada MORDAZA ­ Jr. Los Condores SECCION EN METROS 26.00 ­ 29.00 ml. 9.00 ml. 13.30 ml 13.80 ml. 12.20 ml. 44.00 ml.

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