Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2014 (30/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA 30 de noviembre de 2014

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CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldia el organo ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza Nº 282 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 31 de octubre de 2014, que establece el Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria en la Jurisdiccion de San MORDAZA de Lurigancho, vigente hasta el 30 de noviembre del presente ano; Que, mediante Ordenanza Nº 282, en su Sexta Disposicion Final, faculta al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las Disposiciones Complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para establecer prorrogas en la vigencia de la misma; Que, la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 060-2014-GR/MDSJL de fecha 25 de noviembre de 2014, precisa que al MORDAZA de lo establecido en la MORDAZA VII del Titulo Preliminar y el articulo 41º del TUO del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1332013-EF, y estando por vencer la fecha de vigencia de la Ordenanza Nº 282, y teniendo en cuenta que aun existe un gran numero de contribuyentes que no han cumplido con sus Obligaciones tributarias y No Tributarias, resulta conveniente prorrogar dicho plazo hasta el 13 de diciembre de 2014; Estando a lo MORDAZA expuesto, con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica segun Informe Nº 500-2014-GAJ/MDSJL, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Unico.- Prorrogar hasta el 13 de diciembre de 2014, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 2822014-MDSJL. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1171513-1

(4) Las Municipalidades Distritales podran proponer requerimientos de estacionamientos distintos al senalado en el presente cuadro, para su ratificacion por la Municipalidad de Lima.

NOTAS: a) Se considera un area minima de 75 m2 para departamentos de 23 dormitorios. Se podra incluir departamentos de 2 y 1 dormitorio con aereas y en porcentajes a definir. Se contara como dormitorio todo ambiente cuyas dimensiones permitan dicho uso. b) Se permite utilizar hasta el 100 de area de los lotes comerciales para el uso residencial. c) El requerimiento de estacionamientos de usos especiales se regira por lo senalado en las especificaciones normativas. d) En zonas residenciales se podra construir vivienda familiar en cualquier lote superior a 90 m2. e) La calificacion vivienda taller (VT) se aplicara a aquellas aereas actualmente calificadas como I1- R4. esta calificacion permite el uso mixto de vivienda (120 m2 ­ 180 m2) y/o talleres (150 m2 ­ 180 m2), segun el indice de uso y los niveles operacionales. En MORDAZA de vivienda taller se permitira hasta una altura de 5 pisos si se destina todas las edificaciones a uso residencial. En esta MORDAZA se permitira la permanencia de aquellos establecimientos exclusivamente adecuarse a las condiciones de funcionamiento y plazos que se definan para tal efecto. No se permitira nuevos establecimiento industriales. f) Las municipalidades distritales podran proponer requerimientos de establecimientos distintos al senalado en el presente cuadro, para su ratificacion por la municipalidad de Lima. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Las normas no contenidas en la presente Ordenanza se regiran por el Reglamento Nacional de Edificaciones y las Ordenanzas especificas vigentes emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Segunda.- Las normas contenidas en la presente Ordenanza sera tambien de aplicacion a la Ley Nº 26912 que crea el Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda ­ FONDO MI VIVIENDA y sus Modificatorias D.S. Nº 053-98-PCM, el D.S. Nº 030 - 2002 ­ MTC y D.S. Nº 14-2002-VIVIENDA, D.S. Nº 11-2003-VIVIENDA y D.S. Nº 13-2012-VIVIENDA . Tercera.- Los planos aprobados por la presente Ordenanza seran publicitados en el Diario Oficial "El Peruano" y adicionalmente a traves del MORDAZA Web de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho. Cuarta.- Encarguese el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a las subgerencias que la conforman. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1171508-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 180-2014-MDSL que aprueba beneficios para el pago de deudas tributarias y no tributarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2014-MDSL San MORDAZA, 28 de noviembre de 2014 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 180 - 2014-MDSL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de noviembre de 2014, el Concejo Municipal establecio Ordenanza que Aprueba Beneficios para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias del distrito de San Luis; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Final de la referida Ordenanza, fija la vigencia de la mencionada MORDAZA hasta el 29 de noviembre de 2014; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la MORDAZA acotada, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar las fechas de vencimiento; Que, con el objeto de atender el requerimiento de los vecinos del distrito y darles mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones de caracter tributario

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 282-2014-MSJL, que establecio Beneficio de Regularizacion Tributaria y No Tributaria en la jurisdiccion del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016 San MORDAZA de Lurigancho, 28 de noviembre de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Memorandum Nº 804-2014-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 500-2014-GAJ/ MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 060-2014-GR/MDSJL de la Gerencia de Rentas; y,

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