Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2014 (30/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA 30 de noviembre de 2014

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ORDENANZA "QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE SUPERVISION Y CONTROL DE ALIMENTOS DE CONSUMO HUMANO" Articulo Primero.- APRUEBESE EL REGLAMENTO DE SUPERVISION Y CONTROL DE ALIMENTOS DE CONSUMO HUMANO, que consta de 08 Titulos y 35 Articulos, que forman parte del anexo adjunto a la presente Ordenanza Municipal. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Sub Gerencia de Salud, OMAPED y DEMUNA Dependencia de la Gerencia de Desarrollo Social y Economico; la Sub Gerencia de Policia Municipal y Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana dependencia de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalizacion y Control, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- DISPONER que el CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS aprobados en la presente Ordenanza se incorporen y adecuen al CISA aprobado por Ordenanza Municipal 0112014-MPH. Articulo Cuarto.- AUTORICESE al Senor MORDAZA a emitir las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieren para la aplicacion de la presente Ordenanza, mediante Decreto de Alcaldia. Articulo Quinto.- DISPONGASE la Publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en la Pagina Web de la Institucion Municipal (www.munihuaral. gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial REGLAMENTO DE SUPERVISION Y CONTROL DE ALIMENTOS DE CONSUMO HUMANO TITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- Objetivo La Municipalidad provincial de Huaral, tiene como objetivo fundamental el de velar por el bienestar de la Comunidad Huaralina, mediante el presente dispositivo ejerce las funciones de normar, evaluar, supervisar los

Planeamiento y Racionalizacion, emite opinion favorable para la Aprobacion del Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Reglamento de Supervision y Control de Alimentos de Consumo Humano. Que, mediante Memorandum Nº 778-2014-MPHGSCFC de fecha 07 de agosto del 2014, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalizacion y Control, emite opinion favorable para la Aprobacion del Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Reglamento de Supervision y Control de Alimentos de Consumo Humano. Que, mediante Informe Nº 964-2014/MPH/GSCyGA de fecha 22 de agosto del 2014, la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental, emite opinion favorable para la Aprobacion del Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Reglamento de Supervision y Control de Alimentos de Consumo Humano. Que, mediante Informe Nº 1859-2014/MPH-GAF de fecha 15 de setiembre del 2014, la Gerencia de Administracion y Finanzas, emite opinion favorable para la Aprobacion del Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Reglamento de Supervision y Control de Alimentos de Consumo Humano. Que, mediante Informe Nº 0893-2014-MPH-GAJ de fecha 16 de setiembre del 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, considera VIABLE la Aprobacion del Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Reglamento de Supervision y Control de Alimentos de Consumo Humano; debiendo remitir el presente informe y sus antecedentes al Concejo Municipal de nuestra Entidad, para su conocimiento, tramite y aprobacion respectiva. Que, mediante Dictamen Nº 009-2014/MPH/CSSAE de fecha 09 de octubre del 2014, la Comision de Salud, Saneamiento y Ecologia del Concejo Municipal, RECOMIENDA al Pleno del Concejo: Articulo Primero: Aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Reglamento de Supervision y Control de Alimentos de Consumo Humano, propuesto por la Sub Gerencia de Salud, OMAPED y DEMUNA. Articulo Segundo: La Sub Gerencia de Salud, OMAPED y DEMUNA, debera efectuar las correcciones recomendadas por el abogado de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalizacion y Control, a fin de que se Publique de manera correcta. Que, estando a los fundamentos MORDAZA expuestos y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º, numeral 8º Articulo 20 numeral 5º y Articulo 39º y 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" con el MORDAZA Unanime de los Senores Miembros del Pleno del Concejo y con la Dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente:

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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