Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2014 (30/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA 30 de noviembre de 2014

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EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: El Informe Nº 311-2014-MDLM-GDUESGOPHU de la Subgerencia de Obra Privadas y Habilitaciones Urbanas, el Informe Nº 111-2014-MDLMGDUE de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico, el Informe Nº 501-2014-MDLM-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Memorando Nº 1032-2014-MDLMGM de la Gerencia Municipal, mediante los cuales se solicita la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 280 que establece "Beneficio de Regularizacion Extraordinaria de Edificaciones Ejecutadas sin Licencia Municipal en el Distrito de La Molina"; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 28607, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 280, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 21 de octubre del 2014, se establecio un plazo extraordinario para la regularizacion de diversas edificaciones sin licencia municipal de uso residencial, ejecutadas entre el 21 de MORDAZA de 1999 y el 31 de diciembre de 2013, estableciendo en la Primera Disposicion Final que la mencionada Ordenanza estara vigente hasta el 30 de noviembre de 2014; siendo que la Tercera Disposicion Final de dicha Ordenanza, faculta al senor MORDAZA a aprobar mediante Decreto de Alcaldia la prorroga correspondiente; Que, mediante Informe Nº 311-2014-MDLM-GDUESGOPHU la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas propone la prorroga de la Ordenanza Nº 280, que establece "Beneficio de Regularizacion Extraordinaria de Edificaciones Ejecutadas sin Licencia Municipal en el Distrito de La Molina", hasta el 30 de diciembre de 2014, de manera que se puedan mantener las facilidades de acceso a la formalidad de los grupos humanos que han realizado Edificaciones sin contar con las autorizaciones legales correspondientes contempladas en la referida Ordenanza, teniendo en cuenta que existen vecinos residentes en La MORDAZA que no han podido acogerse a los alcances de dicha Ordenanza; siendo ratificado lo solicitado mediante Informe Nº 111-2014-MDLM-GDUE de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico; en dicho extremo la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 501-2014-MDLM-GAJ, opina favorablemente sobre la referida prorroga; siendo que la Gerencia Municipal a traves del Memorando Nº 1032-2014-MDLMGM, en consideracion a los Informes tecnicos y juridico senalados precedentemente, opina por la procedencia de la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 280; Que, a la fecha, la Ordenanza Nº 280, que establece "Beneficio de Regularizacion Extraordinaria de Edificaciones Ejecutadas sin Licencia Municipal en el Distrito de La Molina", ha tenido un efecto positivo entre los vecinos del distrito, quienes vienen regularizando sus edificaciones, por lo que siendo politica de la actual gestion otorgar facilidades para el cumplimiento por parte de los vecinos de sus obligaciones administrativas, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 280; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en los articulos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 280 que establece "Beneficio de Regularizacion Extraordinaria de Edificaciones Ejecutadas sin Licencia Municipal en el Distrito de La Molina", hasta el 30 de diciembre de 2014. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico, a la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, a la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, asi como a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusion del presente Decreto de Alcaldia, de acuerdo a sus competencias y atribuciones.

Que, mediante Ordenanza Nº 279, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 21 de octubre del 2014, se aprobo el Beneficio Extraordinario de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La MORDAZA, a favor de los administrados que, durante la vigencia de la referida Ordenanza, mantengan deudas pendientes de pago por concepto de multas administrativas con la Municipalidad de La MORDAZA, estableciendose en el Articulo MORDAZA de la mencionada Ordenanza que la misma esta vigente hasta el 30 de noviembre de 2014; siendo que la Tercera Disposicion Final de dicha Ordenanza, faculta al senor MORDAZA a aprobar mediante Decreto de Alcaldia la prorroga correspondiente; Que, mediante Informe Nº 868-2014-MDLM-GDUESGFA la Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa propone la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 279, que aprueba el "Beneficio Extraordinario de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el distrito de La Molina" hasta el 31 de diciembre de 2014, de manera que se puedan mantener las facilidades contempladas en la referida Ordenanza para que los administrados puedan regularizar su situacion administrativa; siendo ratificado lo solicitado mediante Informe Nº 110-2014-MDLM-GDUE de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico; en dicho extremo la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 500-2014-MDLM-GAJ opina favorablemente sobre la referida prorroga; siendo que la Gerencia Municipal a traves del Memorando Nº 1031-2014-MDLMGM, en consideracion a los Informes tecnicos y juridico senalados precedentemente opina por la procedencia de la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 279; Que, siendo politica de la actual gestion, otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones administrativas, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 279; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en los articulos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 279 que aprueba el "Beneficio Extraordinario de Regularizacion de Deudas No Tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito de La Molina", hasta el 31 de diciembre de 2014. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico, a la Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa, y al Ejecutor Coactivo Administrativo, asi como a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusion del presente Decreto de Alcaldia, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del texto del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, la publicacion en la pagina web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA 1170431-1

Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 280 que establece el "Beneficio de Regularizacion Extraordinaria de Edificaciones Ejecutadas sin Licencia Municipal en el Distrito de La Molina"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 043-2014 La MORDAZA, 27 de noviembre de 2014

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