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El Peruano Domingo 5 de octubre de 2014 534233 Vista la solicitud de EMPRESA PÚBLICA TAME LÍNEA AÉREA DEL ECUADOR “TAME EP”, sobre Modifi cación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 287-2013- MTC/12 del 05 de julio del 2013, se otorgó a TAME LÍNEA AÉREA DEL ECUADOR “TAME EP”, Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 15 de agosto del 2017; Que, con documento de Registro Nº 2014-010006 del 13 de febrero del 2014 y N° 036358 del 26 de febrero del 2014, EMPRESA PÚBLICA TAME LÍNEA AÉREA DEL ECUADOR “TAME EP”, requiere la Modifi cación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, a fi n de modifi car rutas, frecuencias y derechos aerocomerciales e incrementar material aeronáutico; así como precisar que la denominación social de la compañía es EMPRESA PÚBLICA TAME LÍNEA AÉREA DEL ECUADOR “TAME EP”; Que, el Consejo Nacional de Aviación Civil de Ecuador ha designado a EMPRESA PÚBLICA TAME LÍNEA AÉREA DEL ECUADOR “TAME EP”, para realizar el Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, en las rutas solicitadas; Que, según los términos del Memorando N° 273-2014- MTC/12.LEG, Memorando Nº 048-2014-MTC/12.POA, Memorando Nº 087-2014-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 110-2014-MTC/12.07.PEL e Informe Nº 252-2014- MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° numeral 2) de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo “, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar que la denominación social de la compañía es EMPRESA PÚBLICA TAME LÍNEA AÉREA DEL ECUADOR “TAME EP”. Artículo 2°.- Modifi car – en el extremo pertinente – el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 287-2013- MTC/12 del 05 de julio del 2013, que otorgó a EMPRESA PÚBLICA TAME LÍNEA AÉREA DEL ECUADOR “TAME EP” el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, en los siguientes términos: RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: (Adicional a lo autorizado) CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - QUITO Y/O GUAYAQUIL – LIMA Y VV., hasta siete (07) frecuencias semanales. CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA, CUARTA Y QUINTA LIBERTAD DEL AIRE: - QUITO Y/O GUAYAQUIL – LIMA – SAO PAULO Y VV., hasta siete (07) frecuencias semanales. MATERIAL AERONÁUTICO: (Adicional a lo autorizado) - AIRBUS A-330. Artículo 3º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 287-2013-MTC/12 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER B. HURTADO GUTIERREZ Director General de Aeronáutica Civil (e) 1139248-1 Autorizan ampliación de local a la Escuela de Conductores Señor de Huanca Cusco Sociedad Anónima Cerrada, ubicada en el departamento del Cusco RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3837-2014-MTC/15 Lima, 12 de setiembre de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 125912, 132046, 145514, 147403, 051222 y 066623, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES SEÑOR DE HUANCA CUSCO SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - ECOSEDEHUAN S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 4533- 2011-MTC/15 de fecha 23 de noviembre de 2011, se autorizó a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES SEÑOR DE HUANCA CUSCO SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - ECOSEDEHUAN S.A.C., con RUC Nº 20490677551 y domicilio en Av. Micaela Bastidas Nº 329, Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento de Cusco, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una Licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III, y de la Clase B Categoría II-c, así como los cursos de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y Cursos de Recategorización y Reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categorías II y III; Que, mediante Resolución Directoral Nº 4994-2011- MTC/15 de fecha 28 de diciembre de 2011, se autorizó a La Escuela, para impartir los cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoría I; Que, mediante Parte Diario Nº 125912 de fecha 16 de julio de 2014, La Escuela solicita autorización de ampliación de local ubicado en Av. General Gamarra Nº 278, Distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención y departamento de Cusco, a fi n de instalar las ofi cinas administrativas, aulas de enseñanza para las clases teóricas y el taller de enseñanza teórico- práctico de