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El Peruano Domingo 5 de octubre de 2014 534241 de 2014, respectivamente, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; Que, la Sustainable Stock Exchanges (SSE) Initiative es una plataforma de aprendizaje para explorar cómo las bolsas pueden trabajar junto con los inversionistas, los reguladores y las empresas, para mejorar la transparencia corporativa. Asimismo, para mejorar el desempeño en aspectos como los ambientales, sociales y de gobierno corporativo (ESG por sus siglas en inglés), con el objetivo de fomentar enfoques de inversión responsable y de largo plazo; Que, la UNCTAD, a través de uno de sus representantes, invita a la Superintendente del Mercado de Valores a la sesión 31 del UNCTAD’s Intergovernmental Working Group of Experts on International Standards of Accounting and Reporting (ISAR), y solicita su participación como expositora para presentar el caso peruano en temas como el monitoreo y la supervisión de informes corporativos y los retos pendientes para asegurar reportes corporativos de alta calidad; Que, en el marco de los temas solicitados, las invitaciones a los mencionados eventos constituyen oportunidades excepcionales para promover diversos avances que se dan en nuestro mercado, tanto desde los aspectos normativos como en los de actuación institucional, ante un amplio número de representantes del sector público y del sector privado a nivel mundial, acordes con los lineamientos de política económica del Gobierno contenidos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2011-PCM, en orden a contar con mercados fi nancieros transparentes y efi cientes, así como instituciones sólidas que faciliten el fi nanciamiento y la inversión; Que, dichos eventos constituyen acciones de promoción, intercambio de opiniones y de difusión de alto nivel y gran importancia para el Perú, así como de interés institucional para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Superintendencia del Mercado de Valores; Que, en tal sentido, se considera necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos de transporte aéreo serán fi nanciados por la UNCTAD y los que corresponden a hospedaje y alimentación serán asumidos con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, dispone que los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; y, De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, y en la Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, así como en la Resolución de Superintendente N° 104-2014-SMV/02 del 25 de septiembre de 2014; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora Lilian del Carmen Rocca Carbajal, Superintendente del Mercado de Valores, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 11 al 18 de octubre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución por concepto de transporte aéreo serán asumidos por la UNCTAD y los gastos referidos a hospedaje y alimentación serán con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, de acuerdo con el siguiente detalle: - Viáticos US$ 3 240,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria deberá presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. OMAR GUTIÉRREZ OCHOA Superintendente del Mercado de Valores (e) 1146478-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Reubican y convierten órganos jurisdiccionales en diversos distritos judiciales RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 308-2014-CE-PJ Lima, 10 de setiembre de 2014 VISTOS: El Ofi cio Nº 709-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe Nº 099-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, respecto a la propuesta de reubicación de un órgano jurisdiccional para la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 029- 2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modifi catorias, se establece que la fi nalidad de la Comisión Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; así como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como fi nalidad monitorear el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fi n de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fi nes se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales materia de evaluación. Segundo. Que la Directiva Nº 001-2012-CE- PJ, denominada “Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal”, aprobada por Resolución Administrativa Nº 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de 2012, y sus modifi catorias, establece normas para la organización y funcionamiento de la Comisión Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, con el fi n de alcanzar una efectiva descongestión de expedientes. Tercero. Que, asimismo, mediante Resolución Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre de 2012, se aprobaron los estándares de expedientes resueltos a nivel nacional, en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia; además, dicha resolución prevé en su artículo cuarto que “Las posibles necesidades de incremento de órganos jurisdiccionales (...) deberán ser cubiertas prioritariamente mediante la reubicación y/o conversión de otros órganos jurisdiccionales, permanentes o transitorios, o mediante la creación de nuevos órganos jurisdiccionales siempre que se tenga el respectivo fi nanciamiento”. Cuarto. Que mediante Resolución Administrativa Nº 274-2014-CE-PJ, de fecha 6 de agosto del año en curso, se dispuso ampliar a partir del 1 de setiembre de 2014, la competencia territorial del Distrito Judicial de Lima Sur, con la incorporación del Distrito de Chorrillos.