Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2014 (05/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 318-2014-CE-PJ MORDAZA, 17 de setiembre de 2014 VISTOS: Los Oficios Nº 763 y 423-2014-GO-CNDP-CE/PJ; e Informe Nº 057-2014-GO-CNDP-CE/PJ, de la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal y Oficio Nº 250-2014-GA-P-PJ, de la Jefatura del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, respecto a la reubicacion de organos jurisdiccionales permanentes de la Corte Superior de Justicia del Callao a la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - MORDAZA Noroeste. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa Nº 0292008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modificatorias, se establece que la finalidad de la Comision Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; asi como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que, mediante Directiva Nº 001-2012CE-PJ denominada "Lineamientos Uniformes para el funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal", aprobada por Resolucion Administrativa Nº 031-2012-CE-PJ y modificatorias, se establece que la Comision Nacional de Descarga Procesal tiene como finalidad conducir el seguimiento y monitoreo del MORDAZA de descarga procesal de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes; asi como proponer las acciones necesarias que permitan operativizar dicho proceso. Tercero. Que la Resolucion Administrativa Nº 2452012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre de 2012, que aprueba los estandares de expedientes resueltos a nivel naciona en sedes principales de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, establece en su articulo MORDAZA que "Las posibles necesidades de incremento de organos jurisdiccionales (...) deberan ser cubiertas prioritariamente mediante la reubicacion y/o conversion de otros organos jurisdiccionales, o mediante la creacion de nuevos organos jurisdiccionales, siempre que se tenga el respectivo financiamiento". Cuarto. Que mediante Resolucion Administrativa Nº 128-2014-CE-PJ, de fecha 23 de MORDAZA de 2014, se crea el Distrito Judicial de MORDAZA Nor Oeste - Ventanilla, con sede en el Distrito de Ventanilla, estableciendose mediante Resolucion Administrativa Nº 288-2014-CE-PJ, del 27 de agosto del ano en curso, su competencia territorial en los Distritos de Ancon, MORDAZA MORDAZA, Ventanilla y Mi Peru. Posteriormente, por Resolucion Administrativa Nº 3172014-CE-PJ, de fecha 17 de los corrientes, se modifica la denominacion del Distrito Judicial de MORDAZA Nor Oeste - Ventanilla, por el de Distrito Judicial de Ventanilla - MORDAZA Noroeste. Asimismo, el articulo primero de la Resolucion Administrativa Nº 279-2014-CE-PJ, de fecha 12 de agosto ultimo dispuso la entrada en funcionamiento de dicho Distrito Judicial a partir del 30 setiembre del presente ano. Quinto. Que mediante Informe Nº 057-2014-GOCNDP-CE/PJ, remitido mediante Oficio Nº 423-2014-GOCNDP-CE/PJ, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal informo al Presidente de este Poder del Estado, entre otros aspectos, que las plazas de Jueces Titulares del 1º Juzgado de Familia, 2º Juzgado Civil y 12º Juzgado Penal Reos Libres Permanentes del Distrito del Callao, Corte Superior de Justicia del Callao, se encuentran vacantes; por lo que recomendo su conversion y/o reubicacion al Distrito de Ventanilla, de la misma Corte Superior de Justicia, con la finalidad de fortalecer el servicio de justicia en dicha

El Peruano MORDAZA 5 de octubre de 2014

localidad; asi como en el recientemente creado Distrito de Mi Peru. Posteriormente, la Jefatura del Gabinete de Asesores de la Presidencia de este Poder del Estado, mediante Oficio Nº 250-2014-GA-P-PJ, remitio la referida propuesta a la Secretaria General del Consejo Ejecutivo; y en sesion de este Organo de Gobierno de fecha 6 de agosto del presente ano, se acordo solicitar al Consejo Nacional de la Magistratura que las plazas de Jueces Superiores y Especializados, convocadas para la Corte Superior de Justicia del Callao, MORDAZA consideradas para el MORDAZA Distrito Judicial de MORDAZA Nor Oeste - Ventanilla, decision que se materializo mediante Oficio Nº 69072014-CE-PJ. Sexto. Que, en ese contexto, mediante Oficio Nº 7632014-GO-CNDP-CE/PJ, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal puso informa a este Organo de Gobierno que el Consejo Nacional de la Magistratura, mediante Comunicado de fecha 5 de setiembre de 2014, pone en conocimiento que el Pleno de dicho organismo constitucional MORDAZA en sesion de fecha 28 de agosto de 2014, en funcion a lo informado por el Presidente del Consejo Ejecutivo de este Poder del Estado mediante Oficio Nº 6907-2014-CE-PJ, acordo en relacion a la Convocatoria Nº 004-2014-SN/CNM, modificar el cuadro de las dos (2) plazas vacantes del Distrito Judicial del Callao, correspondientes a Juez de Familia (Modulo Corporativo Laboral - Familia) y Juez Especializado en lo Civil (Modulo Corporativo Civil), las mismas que pasan a formar parte del Distrito Judicial de MORDAZA Nor Oeste - Ventanilla; asi como disminuir una (1) plaza vacante de Juez Especializado en lo Penal (Modulo Corporativo Penal) del Distrito Judicial del Callao, al haber sido convertida en Juzgado de MORDAZA y Seguridad Vial de Ventanilla, Distrito Judicial de MORDAZA Nor Oeste - Ventanilla; por lo que, la referida Gerencia Operacional reconsidera su propuesta de conversion y/o reubicacion del 1º Juzgado de Familia, 2º Juzgado Civil y 12º Juzgado Penal Reos Libres Permanentes de la Corte Superior de Justicia del Callao, para que se destinen al Distrito de Ventanilla, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Nor Oeste-Ventanilla, en virtud a la necesidad del servicio que conlleve al optimo funcionamiento del MORDAZA Distrito Judicial. Setimo. Que el articulo 82º, incisos 25) y 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la reubicacion de MORDAZA de Cortes Superiores y Juzgados a nivel nacional; asi como, la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo Nº 781-2014 de la trigesimo MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer, a partir del 1 noviembre de 2014, la conversion y/o reubicacion de los siguientes organos jurisdiccionales permanentes:
Denominacion del organo Denominacion actual del organo jurisdiccional a partir del 1 de Nº jurisdiccional en la Corte noviembre de 2014, en la Corte Superior de Justicia del Callao Superior de Justicia de Ventanilla - MORDAZA Noroeste 1 1º Juzgado de Familia del Callao 2 2º Juzgado Civil del Callao Juzgado de Familia de Ventanilla Juzgado Civil de Ventanilla

12º Juzgado Penal Reos Libres del Juzgado de MORDAZA y Seguridad Vial 3 Callao de Ventanilla

Articulo Segundo.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, redistribuya de manera equitativa a los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios de las respectivas especialidades, la carga procesal pendiente de los referidos organos jurisdiccionales, que no se encuentre

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