Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2014 (05/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA 5 de octubre de 2014

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como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en merito al Acuerdo Nº 750-2014 de la trigesimo primera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Administrativa Nº 244-2014-CE-PJ, de fecha 16 de MORDAZA de 2014, quedando vigente las disposiciones contenidas en la Resolucion Administrativa Nº 215-2014-CE-PJ, de fecha 18 de junio de 2014. Articulo Segundo.- Disponer que el plazo establecido en el articulo primero de la Resolucion Administrativa Nº 215-2014-CE-PJ, de fecha 18 de junio de 2014, se aplique con eficacia al 1 de setiembre de 2014. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, Comision Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1146577-8

expedita para sentenciar ni cuente con vista de causa al 31 de octubre de 2014. Articulo Tercero.- Disponer que la Corte Superior de Justicia del Callao, en coordinacion con la Gerencia General del Poder Judicial, realice las acciones de administracion que se requieran para ejecutar lo dispuesto en el articulo primero de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de las Cortes Superiores de Justicia del Callao y Ventanilla - MORDAZA Noroeste, Comision Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1146577-12

Dejan sin efecto la Res. Adm. Nº 2442014-CE-PJ, quedando vigente la Res. Adm. Nº 215-2014-CE-PJ
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 311-2014-CE-PJ MORDAZA, 10 de setiembre de 2014 VISTO: El Oficio Nº 736-2014-GO-CNDP-CE-PJ, cursado por la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa Nº 2152014-CE-PJ, de fecha 18 de junio del ano en curso, se dispuso que la Sala Laboral Permanente de Chimbote, Corte Superior de Justicia del MORDAZA, remita a la 1º Sala Civil de Chimbote, de la misma Corte Superior de Justicia, novecientos (900) expedientes en tramite bajo los alcances de la Ley Nº 26636, para que en adicion a sus funciones y por un periodo de siete (7) meses, proceda a su liquidacion. Asimismo, se amplio con eficacia al 1 de junio del presente ano y por un plazo de cinco (5) meses, la competencia de la 2º Sala Civil de Chimbote, Corte Superior de Justicia del MORDAZA, para que en adicion a sus funciones, liquide procesos laborales tramitados al MORDAZA de la referida ley. Segundo. Que mediante Resolucion Administrativa Nº 244-2014-CE-PJ, de fecha 16 de MORDAZA del ano en curso, se dispuso en su articulo primero, prorrogar las funciones de la 2º Sala Civil de Chimbote, Corte Superior de Justicia del MORDAZA, a efectos de que continue liquidando procesos laborales con la Ley Nº 26636, hasta el 31 de agosto del presente ano. Asimismo, en el articulo MORDAZA de dicha resolucion se dispuso a partir del 1 de agosto de 2014, que la 1º Sala Civil de Chimbote, Corte Superior de Justicia del MORDAZA, en adicion a sus funciones, liquide hasta el 31 de agosto del ano en curso los procesos laborales bajo el MORDAZA de la Ley Nº 26636. Tercero. Que, al respecto, de conformidad con el Oficio Nº 736-2014-GO-CNDP-CE/PJ, de la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal, se verifica que las disposiciones contenidas en la Resolucion Administrativa Nº 244-2014-CE-PJ, de fecha 16 de MORDAZA de 2014, entre otras, respecto a los plazos establecidos, no resultan concordantes con los senalados en la Resolucion Administrativa Nº 215-2014-CE-PJ, de fecha 18 de junio de 2014, razon por la cual deviene en conveniente dejar sin efecto la mencionada resolucion, quedando vigente las disposiciones establecidas en la Resolucion Administrativa Nº 215-2014-CE-PJ. Cuarto. Que el articulo 82º, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina

Modifican la Res. Adm. Nº 209-2014CE-PJ
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 313-2014-CE-PJ MORDAZA, 10 de setiembre de 2014 VISTOS: El Oficio Nº 676-2014-ETII.NLPT-CE-PJ e Informe Nº 216-2014-ST-ETIINLPT-CE-PJ, del Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y, Oficio Nº 1012-2013-P-CSJHNPJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huanuco; sobre modificacion de disposiciones emitidas en la Resolucion Administrativa Nº 209-2014-CE-PJ, de fecha 18 de junio del ano en curso, que aprueba la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de Huanuco. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolucion Administrativa Nº 160-2014-CE-PJ, de fecha 7 de MORDAZA del ano en curso, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso entre otros aspectos, modificar, a partir del 1 de MORDAZA de 2014, la denominacion del 1º y 2º Juzgados Mixtos Permanentes y el Juzgado Mixto Transitorio del Distrito de MORDAZA, por el de Juzgados Civiles Permanentes y Transitorio del mismo distrito, respectivamente. Segundo. Que, posteriormente, por Resolucion Administrativa Nº 209-2014-CE-PJ, de fecha 18 de junio del presente ano, a fin de realizar la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otros aspectos, dispuso lo siguiente: i) En el punto dos, del articulo tercero: Que el Juzgado Mixto Transitorio de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, se convierta en Juzgado Especializado de Trabajo de

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