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El Peruano Domingo 5 de octubre de 2014 534228 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el “Acuerdo sobre Cooperación Financiera 2012 entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú” DECRETO SUPREMO N° 047-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo sobre Cooperación Financiera 2012 entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú” fue formalizado mediante el canje de Notas, Nota Verbal N° 1181/2013 de la Embajada de la República Federal de Alemania, de fecha 23 de setiembre de 2013, y Nota RE (DAE-DCI) N° 6-5/83 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 08 de noviembre de 2013, y aprobado por Resolución Legislativa N° 30245, del 20 de setiembre de 2014; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo sobre Cooperación Financiera 2012 entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República del Perú”, formalizado mediante el canje de Notas, Nota Verbal N° 1181/2013 de la Embajada de la República Federal de Alemania, de fecha 23 de setiembre de 2013, y Nota RE (DAE-DCI) N° 6-5/83 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 08 de noviembre de 2013, y aprobado por Resolución Legislativa N° 30245, del 20 de setiembre de 2014. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1146724-3 Reconocen Cónsul Honorario de Portugal en Cusco, con circunscripción en los departamentos de Cusco y Puno RESOLUCIÓN SUPREMA N° 164-2014-RE Lima, 4 de octubre de 2014 VISTA: La Nota Nº 49, de fecha 05 de julio de 2012, de la Embajada de Portugal en Lima, mediante la cual remite copia de las Letras Patentes expedidas por el Gobierno de Portugal para efectos de reconocimiento del señor Carlos Milla Vidal como Cónsul Honorario de Portugal en Cusco, con circunscripción en los Departamentos de Cusco y Puno; CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Nº 6, de fecha 09 de febrero de 2012, la Embajada de Portugal, solicitó el reconocimiento del señor Carlos Milla Vidal, como Cónsul Honorario de Portugal en Cusco, con circunscripción en los Departamentos de Cusco y Puno; Que, mediante Nota RE (CON) Nº 6-36/2 de fecha 15 de febrero de 2012, de conformidad con el artículo 13 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, se admitió provisionalmente al señor Carlos Milla Vidal en el ejercicio de sus funciones como Cónsul Honorario de Portugal en Cusco, con circunscripción en los Departamentos de Cusco y Puno, durante el lapso que demande el trámite de recepción de las Letras Patentes y la expedición del Exequátur correspondiente; Que, mediante la Nota de visto, la Embajada de Portugal en Lima remitió copia de las Letras Patentes expedidas por el Gobierno de Portugal para efectos del trámite de reconocimiento del señor Carlos Milla Vidal como Cónsul Honorario de Portugal en Cusco; Que, con Ofi cio Nº 624-2012-RNC-RENAJU-GSJR- GG/PJ, el Registro Nacional de Condenas del Poder Judicial informó que el ciudadano peruano Carlos Milla Vidal no registra antecedentes penales; Que, asimismo, con constancia de fecha 20 de febrero de 2012, la Policía Nacional del Perú informó que el ciudadano Carlos Milla Vidal, no registra antecedentes policiales; Cumplimentado el procedimiento interno de verifi cación, con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, para el reconocimiento del señor Carlos Milla Vidal, como Cónsul Honorario de Portugal en Cusco, con circunscripción en los Departamentos de Cusco y Puno; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, inciso 11 y 13, de la Constitución Política del Perú, así como los artículos 9º, Inciso 1), 12º y 13°, de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Reconocer al señor Carlos Milla Vidal, como Cónsul Honorario de Portugal en Cusco, con circunscripción en los Departamentos de Cusco y Puno. Artículo 2°.- Extender el Exequátur correspondiente. Artículo 3°.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1146724-9 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) en Cusco (Perú)” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 165-2014-RE Lima, 4 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) en Cusco (Perú)”, suscrito el 21 de julio de 2014 en París, República Francesa;