Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2014 (05/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia el 01 de octubre del 2014. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1146415-1

El Peruano MORDAZA 5 de octubre de 2014

Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 444-MDJM, que aprobo beneficios para el pago fraccionado de deudas tributarias y administrativas
DECRETO DE ALCALDIA Nº 024-2014-MDJM MORDAZA MORDAZA, 30 de setiembre del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTO, el Memorando Nº 567-2014-MDJM-GR de fecha 30 de setiembre del 2014 emitido por la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Articulo II del Titulo Premilitar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; Que, a traves de la Ordenanza Nº 444-MJM, se aprobaron diversos beneficios para el pago fraccionado de

deudas tributarias y administrativas, para que de manera excepcional, los contribuyentes e infractores pudieran regularizar sus obligaciones pendientes, con las mayores facilidades, fijandose el vencimiento para el 29 de agosto del 2014; Que, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza mencionada faculta al MORDAZA para prorrogar el vencimiento de los beneficios que la misma preve; Que, mediante el Decreto de Alcaldia Nº 022-2014MDJM se prorrogo el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 444-MDJM hasta el 30 de septiembre del 2014; Que, sin embargo resulta necesario ampliar los beneficios otorgados en dicho cuerpo normativo, a fin de que un numero mayor de vecinos, pueda dar cumplimiento a la totalidad de sus obligaciones; Estando a las atribuciones conferidas por el articulo 42º y el inciso 6 del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGASE, hasta el 31 de octubre de 2014, la vigencia de la Ordenanza Nº 444MDJM. Articulo Segundo.- ENCARGUESE, a la Gerencia de Rentas y a la Subgerencia de Informatica, el cumplimiento de la presente MORDAZA en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones, la difusion y publicacion de la misma. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia el 01 de octubre del 2014. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1146415-2

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